Keiko Fujimori, lideresa de Fuerza Popular, anunció la tarde de este miércoles el deceso de su padre Alberto Fujimori “después de una larga batalla con el cáncer”.
A través de un breve mensaje en su cuenta de X, la excandidata presidencial pidió a quienes lo apreciaron que acompañen a su familia con una oración.
Asimismo, expresó junto a sus hermanos un agradecimiento a su padre.
En diálogo con Exitosa, la exministra de Justicia, Delia Muñoz, indicó que la investigación por obstrucción a la justicia en el caso ‘Cócteles’ podría terminar archivada tras resolución del Poder Judicial (PJ).
La letrada basó su pronóstico por el tiempo en que tomaría reiniciar la investigación por el delito en específico y teniendo en cuenta los años que pasaron desde la formulación de la acusación.
«Probablemente se termine en el archivo del caso porque han pasado seis años y probablemente los temas hayan prescrito, es decir, que ya no haya la posibilidad de continuar con esta persecución del eventual delito», analizó.
Delito imputado a Keiko Fujimori
En otro momento, Delia Muñoz se refirió específicamente a lo que significa el fallo del Tribunal Constitucional (TC), el cual fue la base para que el Poder Judicial anule el delito de obstrucción a la justicia contra la lideresa de Fuerza Popular y otros 41 implicados.
En torno a ello, sostuvo que lo resuelto por el TC quiere decir que «el fiscal contamina» el caso y, por ende, toda la investigación «está viciada de nulidad» porque estuvo siendo revisado por una persona «que no tenía la competencia», resultando una «afectación» al proceso.
«El proceso vuelve al momento del inicio de la investigación, hace maso menos seis años, le dice tu como fiscal más aún si eres agraviado estás vulnerando las garantías del debido proceso. No puedes investigar, el fiscal Vela que te autorizó hacerlo tiene que anular esos actos, o sea que todo se va a tener que canalizar a las instancia correspondiente», explicó.
¿Delito podría prescribir?
Al ser consultada sobre si la comisión de obstrucción a la justicia podría prescribir, afirmó que hay dos supuestos. El primero es que con la nueva norma hay un plazo entre los hechos que se investigan y el momento de la formulación de la acusación.
Otro plazo es cuando la investigación sin juzgamiento dura más que el tiempo previsto como pena, que se puede aplicar a la persona por ese delito. Tras la interpretación, dijo que el caso ‘Cócteles’ estaría en el primer supuesto.
En ese mismo pensar estuvo el abogado penalista, Andy Carrión, en conversación con Exitosa, considerando que el fallo del TC tiene un efecto «trascendental» porque originó que de los cinco delitos imputados ahora se queden con cuatro. Añadió que Domingo Pérez incluso tendría una etiqueta jurídica de «fiscal parcializado».
Bajo estos argumentos, la exministra de Justicia, Delia Muñoz, indicó que la investigación por obstrucción a la justicia en el caso ‘Cócteles’ podría terminar archivada tras resolución del Poder Judicial (PJ).
El fiscal del Equipo Especial del caso Lava Jato, José Domingo Pérez solicitó al Tercer Juzgado Penal Colegiado que solo cumpla la sentencia del Tribunal Constitucional respecto al jurista y catedrático Arsenio Oré Guardia, rechace la nulidad respecto a los demás acusados y se continúe con las audiencias del juicio público del caso Cócteles.
Los jueces del Tercer Juzgado Penal Colegiado, Juana Mercedes Caballero, Nayko Coronado y Max Vengoa escucharon a la fiscalía, la procuraduría y los abogados defensores antes de tomar una decisión. Los magistrados han pasado a discutir en privado su decisión. La audiencia se encuentra en receso.
Pérez explicó que frente a la sentencia del Tribunal Constitucional el Juzgado Penal Colegiado tiene dos alternativas. La primera postura, que comparte la fiscalía, es ejecutar única y exclusivamente la exclusión del abogado y catedrático de derecho penal, Arsenio Oré Guardia, en una decisión razonable.
La segunda alternativa o postura, que la fiscalía no comparte, es la exclusión de todos los acusados por obstrucción a la justicia. Lo que suceder, dijo, es esperar el nuevo pronunciamiento del fiscal superior y coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela Barba.
¿Ustedes tienen las atribuciones y facultades para extender los alcances de la sentencia a las personas que no fueron incluidas en el proceso de Amparo? preguntó el fiscal a los jueces. «Un proceso de Amparo en el que no fui emplazado, a pesar que me reconoce como agraviado», anotó Pérez.
Agregó que los otros procesados que se sientan incluidos en esta sentencia tendrán que accionar y pedir su derecho en ejecución de sentencia. El Juzgado Penal Colegiado no tiene la facultad para excluir a todos, cuando existen las vías legales para que ellos pueden hacerlo, explicó.
El fiscal José Domingo Pérez también se pronunció en contra del pedido de los 14 abogados de incluir en los alcances de la sentencia el delito de organización criminal.
La procuraduría general del Estado respaldó la posición del Ministerio Público. Solo se debe acatar respecto de Arsenio Oré y que los demás acusados esperen.
Antes de la intervención del fiscal, los abogados pidieron que se cumpla la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró que se afectaron los abogados de Arsenio Oré Guardia porque José Domingo Pérez investigó un hecho donde el fiscal aparecía como agraviado.
Algunos abogados han pedido la nulidad del proceso no solo por obstrucción a la justicia, sino también por organización criminal y que el caso sea devuelto a la fiscalía, para que se reformule la acusación y se realice un nuevo control de la acusación.
Preguntas del Juzgado
Luego de escuchar al fiscal, la procuraduria y los abogados, los jueces del Tercer Juzgado Penal Colegiado realizaron una serie de preguntas al fiscal.
La presidenta del Juzgado, Juana Mercedes Caballero le preguntó al fiscal que resoluciones se emitieron después del 7 de enero de 2019. Pérez respondió que en esa época el caso se encontraba en investigación preparatoria y todavía no se había presentado la acusación fiscal.
En la disposición N° 93 del 11 de diciembre de 2018 la fiscalía amplió las investigaciones a Oré Guardia y otros por obstrucción a la justicia. En las disposiciones 146 del 6 de diciembre de 2019 y la 206 del 18 de diciembre de 2020 se amplían las investigaciones por obstrucción de las investigaciones en organización criminal y se incluye a Keiko Fujimori y otros.
Abogados: la sentencia debe cumplirse para todos
Christian Salas, abogado de Fuerza Popular
Luego de escuchar al fiscal, el Juzgado Penal Colegiado volvió a escuchar la posición de los abogados defensores. Christian Salas Beteta precisó que el TC no establece que el fiscal José Domingo Pérez sea el perjudicado, sino que al precisar los hechos señala que sería interesado directo en el resultado de la investigación.
«El fiscal debería ceder la intervención del Ministerio Público a su fiscal adjunta, ya no debería intervenir por la sentencia del TC», anotó.
Salas subrayó que la sentencia no dice que anula las resoluciones y disposiciones respecto de Arsenio Oré Guardia, sino que declara la nulidad de todos los actos fiscales posteriores al 7 de enero de 2019, lo que incluye la acusación fiscal por obstrucción a la justicia.
El abogado Percy García explicó que no es cierto que el Tribunal Constitucional no notificará al fiscal José Domingo Pérez, pues en el proceso intervino el fiscal superior coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela Barba.
Humberto Abanto indicó que la sentencia pone en evidencia que el fiscal José Domingo Pérez no debió investigar el delito de obstrucción a la justicia, lo que afectó no solo Arsenio Oré Guardia, sino a todos los demás investigados por los mismos hechos.
Percy García Cavero, abogado de Arsenio Oré Guardia
También organización criminal
«Las resoluciones emitidas por el fiscal Pérez son nulas y la nulidad alcanza a todos los procesados incluidos en esas decisiones, que sean imputados por obstrucción a la justicia, no excluye solo a Oré Guardia. No hay una nulidad parcial», argumentó Gonzalo del Río.
Preciso que esta nulidad alcanza al delito de organización criminal respecto a obstrucción de la justicia.
La abogada de Keiko Fujimori, Giulliana Loza indicó que la sentencia debe cumplirse en sus propios términos y argumentos. Lo que se anula son todas las disposiciones sobre obstrucción a la justicia, pues Oré Guardia no fue el único investigado por este delito, sino también se incluyó a otros procesados.
También rechazaron la posición de la procuraduría, de que cada uno de los investigados por obstrucción a la justicia recurran individualmente a las instancias constitucionales o en ejecución de una sentencia, para solucionar un vicio procesal que ocurrió cuando el fiscal intervino en una investigación donde era agraviado.
En la audiencia del lunes 12 de agosto, en el marco del juicio por el caso Cócteles, Keiko Fujimori Higuchi, ex candidata presidencial de Fuerza Popular, enfatizó ser inocente respecto a los cargos penales que le imputa el fiscal José Domingo Pérez. A diferencia de su padre, Alberto Fujimori, quien solía declarar «soy inocente», Fujimori Higuchi reafirmó su postura sin utilizar la misma frase. El caso Cócteles investiga presuntos aportes ilegales en las campañas electorales de 2011 y 2016.
En una audiencia virtual que no fue trasmitida por Justicia TV, Fujimori Higuchi respondió «no acepto los cargos, ni la reparación civil» cuando la presidenta del Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional, Juana Mercedes Caballero le preguntó si aceptaba reconocer los delitos y acogerse a la terminación anticipada del proceso sin someterse al juicio público.
Si, la líder de Fuerza Popular respondía afirmativamente, el tribunal procedía a dictar la sentencia sin esperar a desarrollar el juicio e imponerle una pena menor al mínimo establecido en el Código Penal. La respuesta negativa la somete a la continuación del juicio público.
Derecho a declarar
Los acusados de se reservaron el derecho de declarar en juicio
El fiscal José Domingo Pérez pide una pena total de 30 años y 10 meses de prisión efectiva para Keiko Fujimori,la sumatoria de 15 años y 5 meses por organización criminal, 11 años y 4 meses por lavado de activos, 6 años y 6 meses por obstrucción a la justicia, en concurso real de delitos. Además, 2 años y seis meses por el delito de falsa declaración, que no se suma a las anteriores.
La misma respuesta negativa dieron los demás acusados, como Vicente Silva Checa, Pier Figari, Ana Herz Garfías, Jaime Yochiyama Tanaka, José Chlimper Ackerman, Adriana Tarazona, Mark Vito Villanela, Efraín Goldenberg Schreiber, Ricardo Briceño y los abogados Arsenio Oré Guardia, Giulliana Loza, Edward Garcia, entre otros.
Fujimori Higuchi y la mayoría de los acusados se reservaron el derecho de declarar en el juicio, sea durante la presentación de pruebas o en su alegato final de defensa. Solo dos procesados aceptaron ser interrogados en las audiencias públicas. Uno de ellos, el empresario y ex presidente ejecutivo de la Confiep, Ricardo Briceño.
El abogado Arsenio Oré Guardia expresó su preocupación de que probablemente, dado su avanzada edad, no esté presente cuando el juicio termine. En total, hay cuatro acusados que sobrepasan los 80 años de vida y se calcula, por la cantidad de testigos y documentos presentados por la fiscalía y los abogados defensores, que este proceso se alargue de cinco a seis años de audiencias, y ellos no puedan estar en condiciones físicas de concluir el proceso.
El testigo y aspirante a colaborador eficaz Jaime Villanueva Barreto fue ofrecido como testigo en el juicio que se sigue a la líder de Fuerza Popular, Keiko Fujimori Higuchi y otras 39 personas por el caso Cócteles, en la audiencia que se desarrolló este 12 de agosto, sin presencia de público ni acceso a la prensa.
Por su parte, el fiscal José Domingo ofreció como prueba nueva otros seis testigos y 29 documentos. Entre los nuevos testigos ofrecidos por la fiscalía están Aldo Mariátegui, el ex presidente Martín Vizcarra, el ex fiscal suizo Stefan Lenz, Iván Manchego y Ángel Bautista.
Los jueces del Tercer Juzgado Penal Colegiado realizará mañana, martes 13 de agosto, un debate sobre la necesidad y el aporte que pueden ofrecer estos nuevos testigos, a fin de decidir si son admitidos y escuchados en las audiencias públicas de presentación de pruebas de cargo y descargo.
El abogado de Fuerza Popular, Christian Salas ofreció el testimonio de Jaime Villanueva y le corresponderá sustentar los motivos por los cuales considera que los jueces deben escuchar lo que tenga que decir sobre los aportes de campaña y la organización del referido partido político.
El abogado Humberto Abanto ofreció una serie de documentos emitidos por las autoridades judiciales y fiscales de Brasil como prueba nueva. Otros abogados también presentaron diversa documentación.
Estas nuevas pruebas y documentos se agregan a los más de 1,700 testigos y más de cinco mil documentos, de la fiscalía y los acusados, ya admitidos al juicio durante la etapa de control de acusación. La sobreabundancia probatoria podría hacer que este juicio demore hasta cinco años, para que se dicte sentencia.
La congresista Susel Paredes comentó acerca de la candidatura presidencial de Alberto Fujimori y la pensión vitalicia otorgada a su favor por el Congreso. Al respecto, la legisladora sustentó que se trataría de una estrategia de parte de Fuerza Popular debido a que, hasta ahora, Keiko Fujimori no ha logrado salir victoriosa en las urnas.
«Como Keiko no gana nunca, necesita a Alberto acompañándola en la campaña del 2026. Entonces, ahora sí necesita a su papá porque ve que sin su papá no gana», expresó durante una entrevista.
En tanto, referente a la pensión vitalicia, indicó: «Fujimori es un delincuente condenado. (…) Para tener una pensión no debes de tener acusación y a él se le acusó y se ganó la acusación. En el Poder Judicial arrancan todas las condenas de este delincuentes (…) De manera que no le corresponde. Si lo lees, ves que esa resolución es nula por ilegal».