Este viernes 7, último día para que organizaciones políticas comuniquen candidaturas definitivas ante la ONPE

Este viernes 7 de noviembre de 2025 es el último día para que el órgano electoral central (OEC) de cada organización política habilitada para participar en los comicios generales del 2026, comunique, de manera digital y a través del Registro de Elecciones Primarias (REP), las candidaturas definitivas y los cargos a los que postulen en las elecciones primarias ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE).

Por ese motivo, para aquellas agrupaciones que lo necesiten, el organismo electoral facilitó desde el lunes 3 de noviembre un ambiente en su local institucional para que puedan cumplir con esta actividad.

Hasta el jueves 6 de noviembre han acudido a la sede institucional las siguientes organizaciones políticas: Un camino diferente, Partido Democrático Somos Perú, Partido Demócrata Unido Perú, Podemos Perú, Primero La Gente – Comunidad, Ecología, Libertad y Progreso, Partido Patriótico del Perú, Ahora Nación -AN, Partido Político Perú Acción, Partido País para todos y Fuerza Popular.

La entrega de la citada información es dispuesta en el reglamento de las elecciones primarias de las organizaciones políticas en el ámbito de las Elecciones Generales 2026, aprobado mediante Resolución Jefatural n.° 000063-2025-JN/ONPE.

Allí se establece que en caso los órganos electorales descentralizados se encuentren a cargo de la inscripción de las candidaturas en sede partidaria, el responsable de comunicar ante la ONPE es el OEC, en el mismo plazo mencionado, es decir, el 7 de noviembre de 2025. Asimismo, es responsabilidad del OEC que las candidaturas en las elecciones primarias cumplan los requisitos y no estén incursos en los impedimentos de ley.

Según el reglamento, las organizaciones políticas que no declaren ante la ONPE en el plazo establecido sus candidaturas definitivas y los cargos a los que postulen, no participarán en las elecciones primarias.

Igualmente, dispone que las organizaciones políticas determinan los requisitos, la forma de presentación de candidaturas ante el OEC y el número de sus postulantes de acuerdo con su normativa interna y en cumplimiento de las normas electorales. Las candidaturas podrán considerar candidatos conforme a sus estatutos.

Además, establece que las personas candidatas en las elecciones primarias deben haberse afiliado hasta el 12 de julio de 2024, en la organización política por la que deseen postular y estar registrados en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones, conforme lo establece el segundo párrafo de la decimoctava disposición transitoria de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE),

Están sujetas a elecciones primarias las candidaturas a los siguientes cargos: fórmula presidencial (presidente y dos vicepresidentes), senadores por distrito único, senadores por distrito múltiple, diputados por distrito múltiple y representantes ante el Parlamento Andino.

Confirman condena de cárcel a exgerente de la ONPE que pidió 60 mil dólares a candidata para favorecerla

Seis años de prisión efectiva es la condena que ha sido confirmada por el Poder Judicial contra Jonathan Guzmán, exgerente de Informática y Tecnología Electoral de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), por el delito de cohecho pasivo propio. Así lo informó la Cuarta Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lima, entidad que logró que se ratifique esta condena.

Guzmán fue sentenciado, en primera instancia, el 9 de enero de 2025 por haber solicitado una coima a una candidata a cambio de manipular resultados electorales a su favor. Pese a que interpuso recurso de apelación, el juzgado a cargo declaró infundada su solicitud y confirmó la condena requerida por el representante del Ministerio Público, el fiscal adjunto superior Juan Manuel Fernández Castillo a cargo del caso.

La sentencia también inhabilitó a Guzmán para ejercer cualquier cargo público por cinco años. Además, deberá pagar al Estado el equivalente a 365 días de multa y una reparación civil de S/ 60 000.

¿Cuál fue la denuncia? 

El fiscal Fernández Castillo, a cargo del caso y del juicio oral, demostró que Jonathan Guzmán, cuando se desempeñaba como gerente de la ONPE, pidió la suma de USD 60 000 a una candidata a la alcaldía de Barranca por el partido Juntos por el Perú, a cambio de manipular el sistema informático de recuento de votos y asegurarle el triunfo electoral.

El hecho fue denunciado por la propia candidata, quien incluso grabó la conversación que se realizó entre el exfuncionario de la ONPE y ella. Luego de que el audio fuera sometido a una pericia acústica, se concluyó una alta probabilidad de compatibilidad con la voz del sentenciado, además de revisar una serie de declaraciones testimoniales y registros telefónicos, detalló la Fiscalía.

Cabe indicar que los intermediarios que promovieron la reunión entre Guzmán y la candidata ya fueron sentenciados por el delito de tráfico de influencias.

El 7 de noviembre de 2025 vence el plazo para que organizaciones políticas comuniquen candidaturas definitivas ante la ONPE

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) recuerda que el órgano electoral central (OEC) de cada organización política, habilitada para participar en los comicios generales del 2026, es responsable de comunicar, de manera digital y a través del Registro de Elecciones Primarias (REP), las candidaturas definitivas y los cargos a los que postulen en las elecciones primarias, como máximo hasta el 7 de noviembre de 2025.

Así lo dispone el reglamento de las elecciones primarias de las organizaciones políticas en el ámbito de las Elecciones Generales 2026, aprobado mediante Resolución Jefatural n.° 000063-2025-JN/ONPE.

Allí se establece que en caso los órganos electorales descentralizados se encuentren a cargo de la inscripción de las candidaturas en sede partidaria, el responsable de comunicar ante la ONPE es el OEC, en el mismo plazo mencionado, es decir, el 7 de noviembre de 2025. Asimismo, es responsabilidad del OEC que las candidaturas en las elecciones primarias cumplan los requisitos y no estén incursos en los impedimentos de ley.

Según el reglamento, las organizaciones políticas que no declaren ante la ONPE en el plazo establecido sus candidatura definitivas y los cargos a los que postulen, no participarán en las elecciones primarias.

Igualmente, dispone que las organizaciones políticas determinan los requisitos, la forma de presentación de candidaturas ante el OEC y el número de sus postulantes de acuerdo con su normativa interna y en cumplimiento de las normas electorales. Las candidaturas podrán considerar candidatos conforme a sus estatutos.

Además, establece que las personas candidatas en las elecciones primarias deben haberse afiliado hasta el 12 de julio de 2024, en la organización política por la que deseen postular y estar registrados en el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones, conforme lo establece el segundo párrafo de la decimoctava disposición transitoria de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE),

Están sujetas a elecciones primarias las candidaturas a los siguientes cargos: fórmula presidencial (presidente y dos vicepresidentes), senadores por distrito único, senadores por distrito múltiple, diputados por distrito múltiple y representantes ante el Parlamento Andino.

ONPE realizará jornadas de capacitación para miembros de mesa

La Oficina Nacional de procesos electoral (ONPE) realizará este domingo 14 de setiembre la primera jornada de capacitación dirigida a miembros de mesa, titulares y suplentes, que asumirán esta función en las Elecciones Municipales Complementarias 2025.

La actividad iniciará a las 8:00 a. m. en cuatro locales de votación habilitados en los distritos cajamarquinos de Pion (Chota) y Ninabamba (Santa Cruz):

· Distrito de Pion: Institución Educativa José Manuel Osores, Calle Amazonas S/N.
· Distrito de Ninabamba: Institución Educativa Señor de los Milagros, Calle Burga Larrea S/N.
· Centro poblado La Alfombrilla: Institución Educativa N.° 10894, frente al Puesto de Salud.
· Centro poblado Achiramayo: Institución Educativa José Carlos Mariátegui, frente a la Plaza Principal.

Durante la jornada de capacitación, el personal especializado de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales (ODPE) Cajamarca brindará instrucciones prácticas sobre el proceso de instalación de mesas, sufragio y el escrutinio de votos. Para ello, se empleará material de capacitación similar al que se utilizará el día de los comicios, como actas electorales, hojas de asistencia de miembros de mesa, hojas borrador y carteles de resultados.

La segunda jornada de capacitación para los miembros de mesa está programada para el 21 de setiembre y se llevará a cabo en los mismos locales de instrucción previamente señalados.

La ONPE recuerda que la multa por no ejercer el cargo de miembro de mesa asciende a S/ 267.50, mientras que quienes cumplan con esta función recibirán una compensación económica de S/ 120.00.

ONPE: Partidos no podrán usar fondos públicos para campaña electoral

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) modificó, a través de una resolución jefatural, diversos artículos del Reglamento de Financiamiento y Supervisión de Fondos Partidarios que, entre otros puntos, establece precisiones respecto del uso que le darán las organizaciones políticas a los fondos percibidos por concepto del financiamiento público directo (FPD).

En esa línea, el renovado reglamento precisa que dichos recursos —entregados a los partidos políticos y alianzas que mantienen su vigencia y obtienen representación en el Congreso de la República— «no deben ser utilizados con fines de lucro, ni con fines distintos» a los establecidos por ley.

En consecuencia, prohíbe la contratación de personal permanente para funcionamiento ordinario o de servicios diversos con personas naturales condenadas con sentencia consentida o ejecutoriada, o con mandato de prisión preventiva vigente por delitos contra la administración pública, tráfico ilícito de drogas, minería ilegal, tala ilegal, trata de personas, lavados de activos, terrorismo o crimen organizado».

De acuerdo a la norma aprobada por la ONPE, las agrupaciones políticos no podrán usar los fondos que reciben por financiamiento público directo para «solventar propaganda política o campañas electorales en medios de comunicación radiales, televisivos, escritos, ni en medios digitales (redes sociales) y tampoco campañas a favor o en contra de candidatos durante los procesos de democracia interna». No podrán, además, promover o difundir la imagen de una o varias personas vinculadas a la organización política.

En el listado se incluye, asimismo, la realización de actividades orientadas al financiamiento proselitista, «realizar servicios de mejoras útiles y de recreo o de renovación reparación, ampliación o reparación en bienes inmuebles adquiridos con financiamiento privado».

El reglamento refiere igualmente que para las actividades de formación, capacitación, investigación y difusión de estas, los partidos no podrán contratar la adquisición de bienes o prestación de servicios con aquellos directivos que tengan poder de decisión respecto al uso del FPD.

«El impedimento comprende también a las personas jurídicas vinculadas a ellos, en calidad de socio, accionista y/o representante legal». 

La disposición legal, publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del diario oficial El Peruano, dispone, de otro lado, que las organizaciones políticas beneficiarias del FPD deben elaborar y aprobar una programación calendarizada de sus gastos de actividades ordinarias y específicas (formación, capacitación, investigación y difusión de estas) y el costo de las mismas. 

Mal uso de recursos

A mediados de año, se recuerda, la ONPE detectó serias irregularidades en el uso de los recursos por financiamiento público directo. En su informe de verificación del 31 de mayo de 2025 estableció que Renovación Popular, Perú Libre, Fuerza Popular y Podemos no usaron el dinero para fortalecer los partidos.

Por el contrario, usaron el dinero para pagar a proveedores, como es el caso de Renovación Popular y Perú Libre. En el caso del partido del prófugo Vladimir Cerrón, el ente electoral determinó que desembolsó S/100,000 en favor de una empresa para que dé un curso de diplomado en Gestión Pública para su militancia en convenio con la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica. El supuesto convenio, no obstante, no existió.

Algo similar ocurrió con Fuerza Popular, la ONPE reportó la realización de un programa de maestría en la Universidad ESAN por S/100,000 que incluye actividades académicas programadas para ejecutarse después del término del quinquenio, en el año 2027. “Se ha determinado una presunta infracción a la Ley de Organizaciones Políticas y al Reglamento de Financiamiento, que amerita el inicio del procedimiento administrativo sancionado”, manifestó la institución.

Franja electoral

Otro aspecto que aborda el reglamento publicado hoy es el referido a la franja electoral que para las elecciones generales que se llevarán a cabo en abril del 2026, y elecciones regionales y municipales programadas para octubre del mismo año, contempla espacios no solo en estaciones de radio y televisión de propiedad privada o del Estado de señal abierta, canales nacionales de cable de alcance nacional, sino también medios digitales (redes sociales) a los cuales tendrán acceso «de manera igualitaria y proporcional».

Ello con el fin de que «las organizaciones políticas con inscripción definitiva de sus fórmulas y/o listas de candidatos a la Cámara de Diputados y el Senado del Congreso de la República» puedan difundir sus planes de gobierno nacional «desde los 60 días calendarios anteriores a la realización de los comicios y hasta 2 días calendario previos al acto electoral, con la duración, frecuencia y el horario establecido en la Ley de Organizaciones Políticas».

ONPE habilita el voto digital: entérate cómo registrarte y ejercer tu derecho sin salir de casa

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobó el Reglamento del Voto Digital mediante la Resolución Jefatural Nº 000065-2025-JN/ONPE.

Según lo establecido en dicho reglamento, el voto digital constituye un mecanismo alternativo para el ejercicio del derecho al sufragio, mediante la aplicación de una solución tecnológica auditable que garantiza los atributos de integralidad, integridad, disponibilidad y confidencialidad.

Este mecanismo permite al elector emitir su voto de forma no presencial y segura, utilizando su DNI electrónico (DNIe) con certificados digitales vigentes, en los procesos electorales o de consulta popular organizados por la ONPE.

El registro para acceder al voto digital será voluntario y se efectuará ante la ONPE, conforme a los requisitos establecidos. Solo los ciudadanos que se hayan registrado satisfactoriamente podrán hacer uso de esta modalidad.

El reglamento consta de treinta y nueve (39) artículos, seis (6) disposiciones complementarias finales y una (1) disposición complementaria transitoria.