El Poder Judicial confirmó la prisión preventiva de 19 meses contra el magistrado Iván Noguera

El Poder Judicial confirmó el mandato de prisión preventiva por 19 meses que se le impuso al exintegrante del desactivado Consejo Nacional de la Magistratura Iván Noguera, en uno de los procesos penales que afronta por el caso denominado ‘Los Cuellos Blancos del Puerto’.

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema también confirmó «la declaratoria de contumacia» que pesa sobre Iván Noguera lo que originó que se ordene su ubicación y captura a nivel nacional e internacional a raíz de este caso.

La sala suprema declaró infundado el recurso de apelación que presentó Iván Noguera para dejar sin efecto la resolución que emitió el juez supremo Juan Carlos Checkley el 5 de diciembre del 2023 en la que revocó el mandato de comparecencia con restricciones que se le había impuesto y dictó las mencionadas medidas en su contra por no haber retornado al Perú luego que la Fiscalía Suprema, asignada al caso, autorizara su salida del país del 14 al 17 de noviembre del 2023 para participar en conferencia organizada por la Universidad Nacional de la Matanza en la ciudad de Buenos Aires, Argentina.

La defensa legal de Iván Noguera argumentaba en su recurso de apelación que su patrocinado salió del país con autorización de dicha Fiscalía Suprema y se excedió en su permanencia en el extranjero debido al peligro inminente que representa para su vida el regresar al Perú, pues está probado que está siendo amenazado de muerte a través de correos electrónicos y que estuvo vigilado en las afueras de su hogar por un hombre que luego lo amenazó con atentar contra su vida el 6 de noviembre del 2023.

En ese sentido, precisó que «se está dando más importancia al desarrollo del proceso judicial en vez de proteger la vida del recurrente quien expreso sus intenciones de regresar al país si se le ofrece la protección debida».

No obstante, el tribunal presidido por el juez supremo César San Martin desestimó estos argumentos al determinar que la resolución apelada se encuentra objetivamente «arreglada a ley» ya que Iván Noguera tenía pleno conocimiento que debía volver al país y presentarse ante la Fiscalía Suprema el 20 de noviembre del 2023  y no regresó en el tiempo que se le otorgó en el permiso respectivo  actualmente sigue en el extranjero, por lo que de este modo quebrantó la restricción impuesta de no ausentarse del lugar en que reside sin autorización del Ministerio Público.

«En el caso que nos ocupa no se trata de un simple incumplimiento de la obligación de no ausentarse del lugar en que reside sin autorización del Ministerio Público sino de una conducta que quebranta el peligrosísimo procesal en su vertiente de peligro de fuga que el recurrente ha concretizado al no haber regresado al país lo que implica que trata de eludir la acción de la justicia pues pese a que se le requirió que retornase a su lugar de residencia y concurriera a las instalaciones de la Fiscalía Suprema no cumplió con hacerlo», precisó el colegiado supremo en su resolución a la que tuvo acceso RPP.

La sala suprema también compartió la tesis del juez supremo Checkley Soria respecto a que no se encuentra probado que Iván Noguera haya denunciado dichas amenazas de las que dice ser víctima que van desde el 2018 y que las mismas tampoco fueron puestas en conocimiento de la Fiscalía Suprema antes que solicitará un permiso de salida del país lo que implica una mala fe en su accionar.

Poder Judicial llama la atención a Anibal Torrres por comunicarse con testigo pese a prohibición

El Poder Judicial llamó este viernes la atención al expresidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, por haber infringido una de las reglas de conducta que le dictó el juzgado al reunirse con un testigo de la investigación que se le sigue por el golpe de Estado que intentó Pedro Castillo en 2022.

El juez Juan Carlos Checkley, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, fue quien declaró fundado el apercibimiento al exprimer ministro. Una medida que había sido solicitada por la Fiscalía.

Anibal Torres admitió en la última audiencia haber incumplido una de las reglas de conducta que le impuso la Corte Suprema tras conversar con Gustavo Bobbio, exministro de Defensa, quien está como testigo en el caso. El Poder Judicial le recordó que el expremier no puede reunirse ni hablar con demás personas comprendidas en la misma investigación. 

«Ha habido negligencia por no haber advertido yo que el señor Bobbio es testigo. Por ello pido disculpas a usted señor magistrado y, por su intermedio, al señor fiscal, hecho que no se va a volver a repetir», expresó Torres en dicha sesión.

Este llamado de atención obliga a Aníbal Torres a no reiterar estas infracciones, de lo contrario podría revocarse la comparecencia con restricciones que pesa en su contra por un mandato de prisión preventiva.

Congreso aprueba informe en su contra 

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) aprobó en enero pasado el informe final que recomienda inhabilitar para el ejercicio de la función pública al exjefe del Gabinete Aníbal Torres por diez años.

«Señores congresistas el informe final propuesto sobre la denuncia constitucional 290 ha sido aprobado por mayoría con 13 votos a favor, 4 en contra y 3 abstenciones», indicó la presidenta del grupo de trabajo, Lady Camones.

La denuncia constitucional contra Aníbal Torres fue formulada por el parlamentario Jorge Montoya e ingresada el 16 de agosto del 2022 a la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, por los presuntos delitos de motín, conspiración para una rebelión y omisión de resistencia a rebelión, sedición o motín y terrorismo. 

Jorge Angulo: Poder Judicial admite a trámite demanda para que regrese a cargo de comandante general

El Poder Judicial ha aceptado para su análisis la demanda de amparo presentada por Jorge Angulo, excomandante general de la Policía Nacional del Perú (PNP), dirigida contra la Presidencia de la República y el Ministerio del Interior. Esto, debido a una «supuesta infracción al principio de legalidad por haberse dado por terminada su nombramiento» en el elevado puesto que ocupó en la PNP.

Asimismo, señaló que la evaluación de dicho recurso será llevada a cabo en una audiencia “única”, que realizará el próximo 22 de mayo del 2024 a partir de las 3:15 p. m. Dicho procedimiento será de manera virtual y se espera la participación de las partes procesales.

Esta decisión del Poder Judicial es informada por medio de sus canales oficiales, tras la solicitud que realizó a Angulo Tejada de presentar la Resolución Suprema N°019-2024-IN, que dio por concluida su labor como comandante general de la PNP, y luego de declarar improcedente la demanda de amparo por no contener dicho documento.

Jorge Angulo: «Tengo pruebas contra el ministro del Interior»

El saliente comandante general de la PNP, Jorge Angulo Tejada, indicó que su pase al retiro fue de forma “abrupta, irregular e ilegal”. Además, señaló que el ministro del Interior, Víctor Torres, y la presidenta, Dina Boluarte, lo destituyeron de la PNP con argumentos “fútiles que generan inestabilidad en la conducción de la institución”.  

“Durante mis 38 años de servicio, siempre fui un oficial y suboficial respetuoso y disciplinado, virtudes que me permitieron comandar mi institución. En atención a ello es que el día de hoy me permito rechazar rotundamente la decisión de pasar al retiro al alto mando de la Policía Nacional. Una vez más, en forma abrupta, irregular e ilegal, pretendiendo con ello mellar la moralidad de una institución”, manifestó Jorge Angulo.

En otro momento, señaló que tiene pruebas que evidencian la comisión de actos irregulares por parte del funcionario Torres, debido a que habría interferido en los ascensos y pases al retiro de la PNP.

«Tengo pruebas de la interferencia del ministro del Interior en las declaraciones del comando policial. Es un conjunto de evidencias, como documentos, audios y conversaciones por el chat (de WhatsApp), que serán entregados en su momento al fiscal», señaló.

Jorge Angulo: “Dina Boluarte me ha decepcionado”

El excomandante Angulo indicó que la presidenta de la República, Dina Boluarte, lo ha “decepcionado” por las decisiones que se toman en torno a la PNP. En esa línea, aseguró que cuando él asumió el alto cargo en la PNP no permitió que ninguna persona intervenga en los procesos de cambios o designaciones en la institución.

«No permito que nadie meta la mano en los procesos (de ascensos y asignaciones de cargos) y eso parece que no le ha gustado al ministerio del Interior (Víctor Torres). (…) La decisión de la presidenta, Dina Boluarte, me ha decepcionado, por la forma como se está tratando a la institución policial. Aquí hay un tema de institucionalidad», declaró a La República.

Poder Judicial iniciará el lunes 1 de julio el juicio oral contra Keiko Fujimori por el ‘caso Cócteles’

El Poder Judicial iniciará el próximo lunes 1 de julio el juicio oral contra la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, por los aportes a sus campañas presidenciales de 2011 y 2016, en el denominado ‘caso Cócteles’. 

El Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional dispuso que la audiencia de instalación de este juicio oral se realice en la fecha señalada desde las 9 de la mañana, en la sede del Poder Judicial ‘Carlos Zavala’, ubicada al costado del Palacio de Justicia en el Cercado de Lima y fijó como sesión subsiguiente el martes 2 de julio a las 9 de la mañana en la misma sede judicial.

Junto a Keiko Fujimori serán sometidos a juicio oral, su exesposo Mark Vito, así como los exdirigentes del partido político Fuerza Popular, José ChlimperPier FigariAna HertzJaime YoshiyamaAdriana Tarazona, entre otros implicados.

Además, el mencionado partido político y la empresa MVV Bienes Raíces S.A.C, que están comprendidos como «personas jurídicas dentro de este proceso penal. 

El colegiado notificará a los acusados, bajo advertencia de ser declarados contumaz, en caso de inconcurrencia injustificada a la audiencia, y ordenarse su conducción compulsiva o en su caso, el archivo provisional del proceso con la correspondiente emisión de órdenes de captura.

Al respecto, el fiscal José Domingo Pérez Gómez, solicitó penas de hasta más de 30 años de prisión contra Keiko Fujimori y otros 45 implicados, además de la disolución del partido Fuerza Popular al acusarlos por los presuntos delitos de organización criminal, lavado de activos y otros en agravio del estado.

Caso complejo

El colegiado precisó que fijó la fecha de instalación del juicio oral, el 1 y 2 de julio, por la complejidad del caso, además de que hay 5 acusados que se encuentran fuera del país y la tramitación de notificación a los países donde residen, que se realizará mediante la cooperación judicial internacional, según procedimientos similares en otros juicios orales requiere un plazo de cuatro meses aproximadamente. 

Asimismo, precisó que los testigos y peritos serán convocados en la oportunidad respectiva, sujeto a la instalación del juicio y a la realización de los actos procesales en relación con los acusados. 

Para este proceso, el Ministerio Público ha consignado un total de 1 031 testigos, entre los cuales se encuentran los directivos de la empresa brasileña Odebrecht, así como empresarios nacionales y personas que habrían entregado aportes irregulares a la agrupación política de Keiko Fujimori. La defensas técnicas de los acusados también consignaron sus defensas para el inicio de este proceso penal.

Para las contiendas electorales de 2011 y 2016 Fuerza Popular realizó ‘cócteles’, eventos de recaudación de fondos que consistían en lujosas cenas, a las que se podía acceder mediante el pago de hasta 500 dólares. De acuerdo con el Equipo Especial del caso Lava Jato, estos ‘cócteles’ organizados no eran más que una fachada destinada a recibir aportes irregulares de diversas empresas.

Poder Judicial validó resolución fiscal sobre incautación de dinero durante fallido golpe de Estado de Pedro Castillo

El Poder Judicial «validó» la resolución que rechazó la solicitud fiscal para que se confirmara la incautación de 1700 soles que se le encontró al expresidente Pedro Castillo cuando fue detenido por la Policía Nacional del Perú (PNP), tras su fallido golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022.

La Sala Penal Permanente de Corte Suprema adoptó está medida en atención a que el Ministerio Público se desistió del recurso de apelación que había presentado para revocar está resolución que emitió el juez supremo Juan Carlos Checkley el 5 de setiembre del 2023 dentro de este proceso penal.

El fiscal supremo provisional Alcides Chinchay ya había explicado en una audiencia virtual realizada el 22 de diciembre del 2023 que este dinero incautado no es instrumento del delito ni corresponde realizar diligencias ya que no forma parte del objeto de esta investigación pues solo fue un hallazgo.

Ante ello, la sala presidida por el juez supremo César San Martín resolvió aprobar el desistimiento fiscal de su recurso de apelación y declarar «Firme» la resolución que emitió el magistrado Juan Carlos Checkley respecto a este asunto.

El caso

El juez supremo Juan Carlos Checkley determinó que “no se evidencia o acredita” que dicha suma de dinero estuviera efectivamente destinada a financiar dicho golpe de Estado como lo sostuvo inicialmente la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos

“Es más se trata de una suma que en términos reales no tendría relevancia significativa en el contexto del delito que se imputa (rebelión o conspiración) que por su propia naturaleza implica recursos de mayor valor; en ese sentido, los 17 billetes de cien soles cada uno incautados, en consideración de este Juzgado, no tienen relación con la investigación seguida contra Castillo Terrones, por lo que la solicitud de confirmatoria de incautación debe ser desestimada” sostuvo el magistrado en su resolución, a la que tuvo acceso RPP.

Mauricio Fernandini: Poder Judicial decidirá este jueves si revoca prisión preventiva a periodista

El Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional informó que este jueves 18 de enero a las 3:00 p.m. se determinará si el periodista Mauricio Fernandini sigue o no en la cárcel tras recibir 30 meses de prisión preventiva al mantenerse como investigado en el caso Fondo MiVivienda.

Cabe indicar que el conductor de televisión viene cumpliendo la medida coercitiva desde octubre del año pasado en el penal Castro Castro. Fernandini mantiene la condición de investigado por los presuntos delitos de colusión y lavado de activos.

¿DE QUÉ SE ACUSA A MAURICIO FERNANDINI?

La tesis fiscal sostiene que la empresaria Sada Goray, exgerenta general de la inmobiliaria Marka Group, pagó más de S/ 5 millones a Salatiel Marrufo, exjefe del gabinete de asesores del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y al titular de dicho sector Geiner Alvarado.

La finalidad de la entrega ilegal del dinero de Goray a Marrufo fue el copamiento del fondo Mivivienda y de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales para beneficiar a los negocios inmobiliarios de Sada Goray.

Por su parte, el periodista Mauricio Fernandini habría sido el intermediario en las presuntas coimas que entrego Sada Goray a Marrufo. Además, el periodista admitió que alquiló su departamento a S/10 mil mensuales para las reuniones entre la empresaria y el exasesor. 

Según la tesis fiscal, el periodista obtuvo dinero a cambio de estas gestiones.