Poder Judicial evaluará el 22 de enero la apelación de Pedro Castillo para archivar proceso por fallido golpe de Estado

La suerte del expresidente Pedro Castillo quedó en poder de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema que el lunes 22 de enero evaluará si ordena archivar el proceso penal que se le sigue por el fallido golpe de Estado que protagonizó el 7 de diciembre del 2022.

En una audiencia virtual a realizarse desde las 9:00 a. m., el tribunal supremo analizará la apelación que presentó el exmandatario para que se revoque la resolución que emitió el magistrado Juan Carlos Checkley el pasado 23 de junio en la que rechazó el recurso de excepción de improcedencia de acción que interpuso para que se archive este proceso penal.

La instancia judicial, presidida por el juez supremo César San Martín, escuchará ese día al exmandatario, así como a los representantes legales de las partes involucradas, para emitir un veredicto definitivo.

La defensa legal del exmandatario sostuvo en su recurso que los hechos que se le imputan a su patrocinado no constituyen delito, por lo que se debe disponer el archivo definitivo de la causa.

Ministerio Público pidió 34 años de prisión

No obstante, Juan Carlos Checkley concluyó que los hechos por los cuales la Fiscalía formalizó la investigación preparatoria contra el exmandatario por presunta rebelión, y alternativamente por el cargo de conspiración, “si constituyen delito” y si el alzamiento de armas efectivamente se produjo deberá ser determinado en el estadio procesal pertinente tras la valoración probatoria correspondiente.

Sobre el argumento de la defensa legal de Pedro Castillo respecto a que no correspondería procesarlo penalmente por este caso ya que fue sancionado políticamente por el Congreso de la República que lo despojo de su investidura presidencial, el juez precisó que no nos encontramos ante un juicio de naturaleza política o parlamentaria, sino ante un procesamiento judicial en razón de una imputación de naturaleza penal por la presunta comisión de diversos delitos, por lo que la vacancia presidencial que determinó el Parlamento Nacional no lo exime de responsabilidad penal.

La Segunda Fiscalía Suprema Transitoria especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos pidió que el expresidente Pedro Castillo, que cumple 18 meses de prisión preventiva en el penal de Barbadillo, ubicado en el distrito limeño de Ate, sea condenado a 34 años de prisión al acusarlo de los presuntos delitos de rebelión, abuso de autoridad y grave perturbación a la tranquilidad pública.

Martín Vizcarra: Poder Judicial dicta 12 meses de impedimiento de salida del país contra expresidente

El Poder Judicial (PJ) dictó impedimiento de salida del país por el plazo de 12 meses contra el expresidente de la República, Martín Vizcarra, quien se encuentra siendo investigado por el presunto delito de cohecho pasivo propio.

¡Importante!

Mediante un expediente, el PJ detalló que esta medida fue ordenada por el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional.

«Se impone la medida de impedimiento de salida del país, por el plazo de 12 meses respecto del acusado Martín Alberto Vizcarra Cornejo», se lee en el documento.

De tal modo, se conoció que esta orden se da por el requerimiento presentado por la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en delito de Corrupción de Funcionarios.

El fiscal Germán Juárez Atoche, del Tercer Despacho de la Fiscalía había pedido dicha restricción por un plazo de 18 meses, sin emargo el Poder Judicial dictó solo 12 meses.

«Se resuelve declarar fundado en parte el requerimiento presentado por el fiscal provincial del Tercer Despacho de la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en delito de Corrupción de Funcionarios», precisaron.

Fundamentos de dispocisión

Cabe mencionar que, también se ordenó que se oficie dicha medida a las autoridades correspondientes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en la resolución emitida este jueves 04 de enero.

En su dictamen, el Quinto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional indicó que tomó esta decisión con el objetivo de garantizar el curso adecuado del proceso y prevenir el riesgo de fuga por parte de Martín Vizcarra.

Según la carpeta fiscal, al expresidente peruano se le está investigando por el supuesto cobro de S/ 2 millones 300 mil cuando era presidente del Gobierno Regional de Moquegua.

Ratifican pedido de prisión

Como se recuerda, el último 24 de noviembre, la Fiscalía ratificó ante el Poder Judicial su solicitud de dictar 15 años de pena privativa de la libertad y 9 años de inhabilitación para ejercer algún cargo público contra Vizcarra, en el marco del caso ‘Odebrecht’.

El PJ informó que el pedido es en caso el exmandatario sea hallado culpable del delito de cohecho durante la ejecución de los proyectos Lomas de Ilo Hospital de Moquegua.

De esta manera, el Poder Judicial (PJ) dictó impedimiento de salida del país por el plazo de 12 meses contra el expresidente de la República, Martín Vizcarra, quien se encuentra siendo investigado por el presunto delito de cohecho pasivo propio.

Poder Judicial declara inadmisible otra medida cautelar de Patricia Benavides contra la JNJ

El Poder Judicial declaró «inadmisible» otra medida cautelar presentada por la exfiscal de la Nación Patricia Benavides con la que buscaba suspender el procedimiento disciplinario inmediato que le inició la Junta Nacional de Justicia (JNJ) luego de que se le sindicara como la presunta cabeza de una organización criminal en el Ministerio Público.

El Juez Constitucional Jorge Luis Ramirez Niño de Guzmán adoptó esta medida al determinar que existe «similitud» respecto a esta pretensión con otras demandas presentadas por la suspendida magistrada en otros juzgados del Poder Judicial.

El magistrado precisó que en las dos demandas de amparo presentadas por Patricia Benavides ante su despacho para dejar sin efecto el procedimiento que origino su suspensión en el cargo de Fiscal Suprema Titular por seis meses «las pretensiones seguían siendo las mismas», así como «los derechos invocados y la supuesta afectación también»; y que solo se incluía una «actualización de datos» en el segundo recurso. 

El titular del Quinto Juzgado Constitucional de Lima agrega que si en los otros juzgados se ha solicitado la protección de los mismos derechos , aún cuando haya variaciones en su texto, las decisiones de los juzgados podrían ser eventualmente contradictorias.

Ante ello , el magistrado considero que la exfiscal de la Nación «previamente debe aclarar ese extremo antes de analizar los elementos propios de su solicitud de ( medida ) cautelar».

Otra demanda improcedente de Patricia Benavides

El último 28 de diciembre, el juez constitucional Jorge Luis Ramirez Niño de Guzmán ya había declarado improcedente una de las demandas de amparo interpuestas por Benavides ante su despacho por «duplicidad» de este recurso en otros juzgados. 

Benavides Vargas alega en su demanda una vulneración a su derecho al debido proceso en lo que respecta a ser oída por un órgano competente, a la defensa y a no ser desviado del procedimiento predeterminado por ley.

La Junta Nacional de Justicia le abrió un procedimiento disciplinario sancionador a la exFiscal de la Nación al haber sido sindicada por su entonces asesor, Jaime Villanueva, de dirigir una presunta organización criminal que operó en el Congreso para lograr la remoción de los JNJ, la designación del actual defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez y la inhabilitación de Zoraida Ávalos. 

Poder Judicial ordenó embargo de empresa de repostería vinculada a Nadine Heredia

El Poder Judicial dispuso el embargo en forma de inscripción y orden de inhibición sobre la empresa de repostería Bakery 180 E.I.R.L, vinculada a Nadine Heredia, esposa del expresidente Ollanta Humala, como parte del proceso penal que se le sigue por el caso Gasoducto Sur Peruano, relacionado a Odebrecht.

El juez Leodan Cristóbal Ayala adoptó esta medida al declarar fundada la solicitud que hizo la Procuraduría AD HOC para los casos Odebrecht y Lava Jato a fin de que se ordenara la ejecución de estas medidas cautelares sobre dicho emprendimiento que lleva adelante la esposa del exmandatario desde julio del año 2020.

El magistrado ordenó trabar embargo en forma de inscripción y orden de inhibición hasta por la suma de 7 mil 245 soles, que representa el 100 % de las participaciones que la imputada posee en esta persona jurídica, por lo que ordenó que se cursen los partes correspondientes a los Registros Públicos de la Oficina Registral de la SUNARP Lima para que se proceda con la anotación en la partida registral correspondiente.

Mediante una resolución emitida el último 21 de diciembre, el juez Cristóbal Ayala determinó que estas medidas cautelares son idóneas, necesarias y proporcionales al ser un mecanismo eficaz para garantizar los fines de la investigación y la posibilidad de resarcir el daño causado mediante el pago de una reparación civil, así como evitar que dicho bien no se transfiera o sea gravado para que, de esta manera, se pueda responder a la probable reparación civil a establecerse en la sentencia definitiva.

Poder Judicial rechazó pedido de Pedro Castillo para anular prisión preventiva por golpe de Estado

El Poder Judicial declaró infundada la revisión de oficio de la medida de prisión preventiva dictada contra el expresidente José Pedro Castillo Terrones por el fallido golpe de Estado del 7 de diciembre de 2022.

El magistrado Juan Carlos Checkley, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, resolvió que se mantenga «la vigencia de la medida de prisión preventiva por el plazo de dieciocho meses».

Es decir, Pedro Castillo continuara recluido en el Establecimiento Penitenciario de Barbadillo, ubicado en el distrito de Ate.

Al expresidente se le sigue proceso penal como presunto coautor del delito contra los Poderes del Estado y el orden constitucional, modalidad rebelión, previsto y sancionado en el artículo 346 del Código Penal, en agravio del Estado.

Además, el exmandatario también se le investiga alternativamente por el presunto delito contra los Poderes del Estado y el orden constitucional – conspiración, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 349 del Código Penal, en agravio del Estado.

Asimismo, como presunto autor del delito contra la administración pública – abuso de autoridad, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Penal, en agravio del Estado.

Además, como presunto autor del delito contra la tranquilidad pública – delito contra la paz pública, en la modalidad de delito de grave perturbación de la tranquilidad pública, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 315 A del Código Penal, en agravio de la sociedad.

Poder Judicial dictó 18 meses de prisión preventiva para funcionarios del Reniec que declaraban «muertos» a presuntos criminales

El Décimo Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios y Crimen Organizado del Callao impuso este viernes 18 meses de prisión preventiva contra Ericka Lola Coronado Carbajar y Luis Baltazar Halcón Bazán, dos funcionarios del Reniec que declaraban «muertos» a presuntos criminales.

Ambos detenidos serán investigados como presuntos autores del delito contra la administración pública-cohecho pasivo propio y patrocinio ilegal, en perjuicio del Estado peruano. 

Un reportaje de Cuarto Poder emitido el pasado domingo señaló que existiría una supuesta mafia dentro del Reniec que se dedicaba a alterar información para que todo tipo de presuntos delincuentes aparezcan como ‘fallecidos’ en el sistema y no sean procesados por los delitos imputados.  Un caso que abrió la investigación fue el del narcotraficante Edwin Cueva León. 

Esta persona por años figuró en los registros como fallecido, pese a estar vivo, para evitar ser investigado. Por ello, personal de la Policía Nacional y el Ministerio Público desplegaron un operativo sorpresa en varios distritos de Lima para detener a los involucrados de esta irregularidad. 

Ericka Coronado Carbajal fue detenida al ser acusada por las autoridades de tramitar el registro de la supuesta muerte de Cueva Coronado. Las autoridades encontraron los constantes depósitos que se hicieron en su cuenta bancaria.

Luis Baltazar Halcón Bazán fue el segundo detenido. Él es investigado por cambiar los datos personales de una mujer venezolana, a quien le cambió la ciudad de nacimiento, las identidades de sus padres e, incluso, le rebajó la edad; es decir, la ‘nacionalizó’ peruana sin ningún tipo de trámite.

Comparencia con restricciones

Por su parte, los registradores del Reniec, Daniel Fermin Asto Ochoa, Carlos Augusto Cuba Rodríguez y Oscar Alberto Rea León, quienes serían presuntos autores del delito contra la administración pública-cohecho pasivo propio y otros, en perjuicio del Estado peruano-Reniec, se les dictó medidas de comparecencia con restricciones.

Los imputados no deberán ausentarse de la localidad donde reside sin autorización del juzgado y no viajar al extranjero, además tendrán que justificar sus actividades ante el juzgado cada quince días para el control correspondiente, así como pagar una causa económica de cinco mil soles.