Poder Judicial dictó 36 meses de arresto domiciliario contra Martina Hernández, madre de alias ‘El Monstruo’

De momento, no irá a prisión. El Poder Judicial dictó ayer, viernes, un mandato de arresto domiciliario de 36 meses contra Martina Esther Hernández de la Cruz, madre de Erick Luis Moreno Hernández, delincuente conocido como ‘El Monstruo’. Ella afronta una investigación fiscal por, presuntamente, integrar la organización criminal que lidera su hijo, prófugo de la justicia.

La decisión fue tomada por el juez Roberth Rimachi Pilco del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Ventanilla, quien además dispuso que la medida sea efectiva con la colocación de un grillete electrónico, es decir, sin resguardo policial presencial. También determinó que Martina Hernández deberá abonar una caución de S/ 5 mil en cuotas mensuales y cumplir con una serie de medidas restrictivas como la prohibición de comunicarse con su hijo y otros imputados en el caso.

Durante la audiencia, la imputada alegó una discapacidad física severa que le impedía cumplir con la prisión preventiva que solicitaba la Fiscalía, pues requeriría asistencia permanente. Además, presentó un certificado médico del Ministerio de Salud (Minsa).

«Soy inocente de todos los cargos que me están imputando (…) Me pongo a prueba a cualquier examen médico para que se verifique mi fractura», indicó al magistrado.

Asimismo, rechazó las acusaciones en su contra y dijo ser víctima de difamación y actos de venganza debido a su vínculo familiar con alias ‘El Monstruo’.

Por su parte, su defensa legal acreditó un domicilio en la urbanización Santo Domingo de Guzmán, en Ica, para cumplir con el arresto domiciliario. No obstante, durante la audiencia se señaló que se había acreditado una nueva dirección en el distrito limeño de Carabayllo, el cual sería alquilado, según reconoció el propio abogado defensor, situación que fue observada por la Fiscalía. 

El fiscal Leonardo Boff, magistrado de la Fiscalía Especializada contra la Criminalidad Organizada de Lima Noreste, anunció que apelará el fallo, pues indicó que no existirían pruebas sólidas que acrediten la discapacidad alegada por la imputada, ya que no se habría hallado en su historia clínica constancia de las fracturas cervicales que padecería. Además, cuestionó la veracidad del certificado médico presentado. 

¿Qué rol habría cumplido Martina Hernández en la organización delictiva de alias ‘El Monstruo’?

El pasado 3 de junio, el Ministerio Público y la Policía Nacional (PNP) ejecutaron un megaoperativo de allanamiento y captura en varios inmuebles vinculados a la organización delictiva ‘Los Injertos del Cono Norte’ que estaría liderada por Erick Moreno Hernández, alias ‘El Monstruo’, uno de los criminales más buscados del país.

La acción estuvo a cargo de la Fiscalía contra la Criminalidad Organizada y las divisiones policiales de Investigación de Crimen Organizado y de Secuestro y Extorsiones, la cual resultó en la captura de 25 presuntos miembros de la referida organización criminal que tenían orden de detención preliminar y 2 personas intervenidas en flagrancia delictiva, entre las cuales se encuentra Martina Esther Hernández de la Cruz, madre de alias ‘El Monstruo’.

La Policía precisó que el megaoperativo fue un potente golpe contra el brazo armado y el brazo financiero de ‘Los Injertos del Cono Norte’, el cual estaba orientado a enviar dinero al extranjero para solventar los gastos de Erick Moreno Hernández, según informó el coronel PNP Manuel Cruz Chamba.

El mando policial precisó que varios de los detenidos se encargaban de recepcionar el dinero y luego, valiéndose de empresas, lo remitían al extranjero. 

«[El] dinero era recepcionado por la mayoría de estas personas, de estas 27, que recepcionaban el dinero y se lo iban pasando a otras personas […], pero también gran parte de ellos han utilizado las empresas que son conocidas en nuestro país para efectos de que enviaran el dinero a diversos países, donde ‘El Monstruo’, conjuntamente con otras personas, se han estado sosteniendo desde el punto de vista financiero y también donde han estado realizando las extorsiones», explicó. 

Entre las personas que habrían cumplido esta tarea se encontraría Martina Hernández, madre de alias ‘El Monstruo’, quien «habría recibido dinero de uno de los secuestros». 

«Las investigaciones preliminares a raíz de la trazabilidad del dinero es que ella ha recepcionado el dinero y lo habría trasladado. Tiene movimiento migratorio hacia el Brasil«, indicó. 

Cabe resaltar que Martina Hernández fue detenida en su domicilio de la urbanización Santo Domingo de Guzmán, en la ciudad de Ica, inmueble que también estaba comprendido en la orden de allanamiento judicial. Aunque ella no tenía mandato de detención preliminar, fue detenida en flagrancia, pues en su vivienda se halló material explosivo y una gran cantidad de dinero en efectivo. Además, un celular, un pasaporte, una tarjeta de Western Unión y otra con las inscripciones Fazenda Receita Federal, y un QR de Yape e Izipay que figuraban a su nombre.

El último 4 de junio, el Poder Judicial dictó 15 días de detención preliminar para Martina Esther Hernández , investigada por el presunto delito de organización criminal. La medida se cumplía en la carceleta del Poder Judicial del Callao. 

Caso Metro de Lima: El Poder Judicial dictará el 24 de julio sentencia contra Jorge Cuba y otros acusados

El Poder Judicial (PJ) dictará el 24 de julio, la sentencia -condenatoria o absolutoria- por el caso conocido como “Metro de Lima”, en el que están involucrado el exviceministro Jorge Cuba y otros acusados, exfuncionarios del Gobierno de Alan García.

La Fiscalía pide 35 años de cárcel para Jorge Cuba por el delito de lavado de activos.
La Fiscalía pide 35 años de cárcel para Jorge Cuba por el delito de lavado de activos.

TIEMPOS

Ayer por la mañana, la Corte Superior Nacional informó que dictará una sentencia por el caso el próximo jueves 24.

Esto ocurre luego de que acusados como Jorge Cuba, Edwin Luyo Barrientos, Miguel Navarro Portugal, Jesisca Tejada y otros cinco acusados, dieran sus alegatos finales, la etapa final antes de que se pueda dar un fallo en un caso.

El juicio tardó en promedio dos años y siete meses en realizarse con audiencias que duraban al menos tres horas.

En la actualidad, Jorge Cuba tiene una orden de comparecencia con restricciones, por lo tanto, se espera contar con su presencia el día de la lectura del fallo.

José Domingo Pérez, fiscal del equipo especial Lava Jato, a cargo del caso Metro de Lima. Foto: GEC / César Bueno
José Domingo Pérez, fiscal del equipo especial Lava Jato, a cargo del caso Metro de Lima. Foto: GEC / César Bueno

EL CASO

El proceso inició en el año 2017 como una de las primeras investigaciones del caso Odebrecht en el Perú, en el que la constructora brasileña admitió haber pagado sobornos ilícitos.

De acuerdo con la declaración de Jorge Barata, , fue el entonces viceministro de Comunicaciones, Jorge Cuba, quien buscó al director de Contratos de la constructora, Carlos Nostre, para decirle que “le gustaría mucho que Odebrecht fuera la ganadora de ese proceso”.

“Cuba le hizo una propuesta (a Nostre), de que él podía ayudarnos a cambio de una contrapartida (coima)”, declaró Barata en diciembre del 2016 en la sede de la Procuraduría Federal brasileña en Bahía.

La compañía le habría entregado sobornos a funcionarios del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para poder adjudicarse la construcción de los dos primeros tramos del Metro de Lima.

De acuerdo con la tesis fiscal, la constructora brasileña pagó alrededor de 8.1 millones de dólares.

Uno de los acusados es el exviceministro Jorge Cuba, a quien se le imputa la presunta comisión del delito de lavado de activos.

Cuba habría recibido 1 millón 385 mil dólares por el tramo I de la línea 1 del Metro de Lima como pago del soborno, además, 6 millones 700 mil dólares por el tramo II de la línea 1 de la misma obra.

El Ministerio Público, representado por el fiscal José Domingo Pérez, pide para él una pena de 35 años de cárcel, mientras que para los otros seis acusados se solicitan penas que van entre los 10 a 35 años.

Poder Judicial declara infundado requerimiento de prisión preventiva contra ex presidente Martín Vizcarra

El Poder Judicial (PJ) declaró infundado el requerimiento de seis meses de prisión preventiva solicitado por el Ministerio Público, en la investigación que se le sigue ante la presunta comisión del delito de cohecho pasivo propio en agravio del Estado.

«El Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional resuelve declarar infundado el pedido de prisión preventiva solicitado contra Martín Vizcarra por la presunta comisión del delito contra la administración publica en la modalidad de cohecho pasivo propio previsto en el Código Penal, en agravio del Estado», refirió el juez Víctor Alcocer.

Asimismo, se le impuso medidas de comparecencia con restricciones y reglas de conducta por el plazo de seis meses.

En tal sentido, Martín Vizcarra tendrá la obligación de no concurrir a determinados lugares, como por ejemplo embajadas de otros países.

Además, se dispuso la prohibición de comunicarse con personas vinculadas o allegadas a representaciones diplomáticas.

También, se estableció la obligatoriedad del control biométrico mensual y la justificación de actividades cada 30 días.

De igual modo, se le impuso el impedido de salida del país por el plazo de seis meses, contados a partir del 5 de julio del presente año, plazo en el que no puede ausentarse del territorio nacional, sin previa autorización judicial.

El fiscal provincial Germán Juárez Atoche, miembro del Equipo Especial Lava Jato, apeló la decisión judicial que declaró infundado el pedido de prisión preventiva por seis meses para Vizcarra Cornejo, informó el Ministerio Público en su cuenta en la red social X.

Tras la lectura de la sentencia, asimismo, la defensa del expresidente, anunció que interpondrá un recurso de apelación dentro del plazo legal.

Poder Judicial suspende temporalmente a Patricia Benavides como fiscal suprema y fiscal de la Nación

El Poder Judicial, vía el Juzgado Supremo de Investigación preparatoria, dispone la suspensión temporal en el cargo como fiscal suprema titular y Fiscal de la Nación de Patricia Benavides Vargas, por el plazo de 24 meses, debido a hechos presuntamente cometidos como titular de ese organismo del Estado.

La medida, dispuesta por el Juez Supremo de Investigación Preparatoria, Segismundo León Velasco, tomó esta decisión a requerimiento del Ministerio Público, «decisión judicial emitida en el marco de la investigación seguida a Benavides Vargas por los presuntos delitos de cohecho pasivo específico, abuso de autoridad y encubrimiento personal en agravio del Estado».

Asimismo, fundamenta que, «al haberse generado una sospecha suficiente resulta razonable concluir que la investigada realice conductas en el ejercicio del cargo, las cuales podrían afectar el sistema de administración de justicia, los procesos penales y su objetividad como fiscal suprema», informó el Poder Judicial, a través de redes sociales

En una audiencia realizada el martes, el juez escuchó el requerimiento de la fiscalía de la Nación para suspender a Patricia Benavides por presuntos actos de corrupción y encubrimiento relacionados con el caso «Cuellos Blancos del Puerto». La fiscalía sustentó que Benavides, utilizando sus influencias en la JNJ, trataba de interferir en la buena marcha del Ministerio Público.

El Poder Judicial informó de la suspensión de Benavides en sus redes sociales

El Poder Judicial informó de la suspensión de Benavides en sus redes sociales

Por su parte, la defensa de la ex fiscal de la Nación, a cargo del abogado Humberto Abanto Verástegui, sustentó que no podía ser suspendida pues todavía no había asumido como fiscal suprema titular. Pero, los hechos jugaron en su contra. La JNJ presiona para su reincorporación, amenazando incluso con el uso de la fuerza, y para ejecutar una sesión del pleno de la que hasta el día de hoy no hay constancia que se haya realizado y que no puede sustituirse por un pronunciamiento público, de sólo seis de los siete integrantes de dicha institución.

La defensa de Benavides puede apelar la decisión ante la instancia superior, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema. Pero, en tanto, la resolución judicial esté vigente, no podrá asumir como fiscal suprema titular, ni como se pretende, recuperar el despacho de la fiscalía de la Nación, hasta que se cumplan los 24 meses de suspensión.

La fiscal de la Nación, Delia Espinoza también ha promovido una demanda de Amparo contra la Junta Nacional de Justicia, que ha sido admitida a trámite por el 9° Juzgado Constitucional de Lima, que ha fijado fecha para evaluar el caso, el próximo 8 de agosto, antes de resolver. El Poder Judicial permite en esta oportunidad detener el golpe institucional contra la democracia y la autonomía e independencia del Ministerio Público.

Presidenta del PJ propone suspensión de la pena privativa de la libertad para sentenciados de 80 años a más

La presidenta del Poder Judicial (PJ)Janet Tello Gilardi, presentó esta tarde un proyecto de ley al Congreso, a fin de derogar un artículo del Código Penal, el cual podría beneficiar a algunos sentenciados que vienen purgando condena en los establecimientos penitenciarios del país. 

En ese sentido, el Proyecto de Ley N.º 11711/2024-PJ busca incorporar el segundo párrafo al artículo 68 del Código Penal, derogando el artículo 22 del mismo, vinculado a la Ley N.º 32181.

Proyecto de ley del PJ

Sentenciados podrían recobrar su libertad bajo ciertos términos

De acuerdo con el documento presentado por el PJ, se plantea la figura de la exención de la pena, al incorporar el segundo párrafo al artículo 68 del Código Penal (Decreto Legislativo N.º 635), el cual quedaría de la siguiente manera:

«Excepcionalmente, el juez puede eximir la aplicación de una pena privativa de la libertad al condenado siempre que se reúnan los siguientes requisitos:», detalla la propuesta. 

En esa línea, la condonación de la pena efectiva sería para las personas sentenciadas de 80 años y más. Además, de que el condenado «padezca enfermedad grave, crónica y cuyo tratamiento no sea compatible» con el cumplimiento de la pena impuesta. 

Otro requisito para acceder a este beneficio es que el sentenciado adulto mayor «haya realizado el pago total o el aseguramiento consistente del pago» correspondiente a la reparación civil.

Asimismo, se refiere a la figura de la actuación del condenado. Es decir que, «el hecho punible, comportamiento procesal y la personalidad del agente», permitan suponer que no volverá a cometer otro delito. 

Proyecto de ley del PJ
Proyecto de ley del PJ

Restricciones al beneficio penitenciario 

La propuesta del Poder Judicial puntualiza que el beneficio no podrá aplicarse para los condenados por los delitos relacionados a terrorismo y lavado de activos

Además, tampoco se beneficiarán quienes hayan reincidido en alguna conducta delictiva y tampoco aquellas personas que hayan cometido el delito, siendo parte de una organización criminal

Como disposición final complementaria, señala que la exención de la pena puede ser considerada por los jueces, «a los condenados que se encuentren cumpliendo pena privativa de libertad efectiva para aplicar la remisión de la pena».

De esta manera, la propuesta busca también deshacinar los establecimientos penitenciarios. El texto fue deberá ser evaluado por la Comisión de Justicia del Congreso para admisibilidad o archivo. 

Dina Boluarte: Poder Judicial rechaza pedido para que se anule su denuncia constitucional por desactivar el Eficcop

El Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria rechazó el pedido de la presidenta Dina Boluarte para anular las diligencias que realizó la Fiscalía en su contra que culminaron con una denuncia constitucional ante el Congreso por la desactivación del Equipo Especial Policial de Apoyo al Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción en el Poder (Eficcop). En consecuencia, el Ministerio Público continuará las investigaciones por el presunto delito de encubrimiento personal.

De esta manera, el despacho del juez Juan Carlos Checkley convalidó las pruebas que presentó la Fiscalía ante el Parlamento en noviembre del 2024. La jefa de Estado intentó anular las declaraciones de testigos brindados al Ministerio Público, incluidos los testimonios de los agentes ‘Carlos’ y ‘Rene’ y el exmiembro de la PNP, Harvey Colchado y Walter Lozano.

La defensa legal de la presidenta, representada por el abogado Juan Carlos Portugal, sostuvo que se realizó una vulneró el derecho a la motivación, a la defensa e igualdad de partes, debido a que no se habría permitido su participación en la diligencias fiscales en contra de su patrocinada.

Sin embargo, el juez supremo, Juan Carlos Checkley, consideró que las pruebas obtenidas por el Ministerio Público están sujetas a la ley y no hubo una vulneración de derechos, como señala la mandataria. La Fiscalía tomó las declaraciones de los miembros de la PNP en secreto debido a que, según indica la constitución, Dina Boluarte es la Jefa Suprema de las Fuerzas Armadas y PNP, por lo que podría haber tomado algún tipo de represalias.

«Declarar infundada la solicitud de tutela de derechos presentada por la defensa de la investigada Dina Ercilia Boluarte Zegarra contra el Ministerio Público, respecto al proceso seguido en la Carpeta Fiscal N°153-2024», se lee en la resolución.

 Fiscalía declaró infundada la tutela de derechos presentada por Dina Boluarte.

Fiscalía declaró infundada la tutela de derechos presentada por Dina Boluarte.

Dina Boluarte quiso anular las declaraciones de Harvey Colchado

Asimismo, la Fiscalía sostiene que en el «Cuaderno Secretos de las comunicaciones-tomo único» contienen las declaraciones de Harvey Colchado, Walter Lozano Pajuelo, Morán Soto, entre otros, en el que señala que existirían «acuerdos ilícitos», en el que el exabogado de Dina Boluarte, Mateo Castañeda, habría ofrecido a Colchado y Lozano para que «la investigación contra Nicanor ya no sea llevada por la Eficcop y que lo ayudará a que ese pedido sea aceptado por la coordinadora Marita Barreto, (…) donde él se encargaría de solucionarlo».

«En esa reunión, el abogado Mateo Castañeda le pidió al coronel Lozano Pajuelo dos cosas, la primera, que la defensa de Nicanor Boluarte, mediante escrito, solicitaría que la carpeta fiscal sea derivada a la fiscalía provincial especializada en corrupción, donde él tenía sus contactos. (…)Lo segundo era que me dijera a mi persona que me iban a cuidado, que no me iba a pasar nada toda vez que el abogado Mateo Castañeda era veía de parte de la presidenta», declaró Colchado.

 Declaración de Harvey Colchado.

Declaración de Harvey Colchado.

Poder Judicial le da la razón a la Fiscalía

El juez Juan Carlos Checkley concluyó de que la tutela de derechos presentada por la defensa legal de Dina Boluarte en enero de este año, semanas después de que la Fiscalía realizó la denuncia constitucional contra la mandataria ante el Congreso. Este punto es clave debido a que, ahora, es competencia exclusiva del Parlamento determinar si hubo o no alguna infracción legal.

«La fiscalía remitió al Congreso la referida denuncia constitucional y la presente tutela de derechos fue presentada a este Juzgado Supremo de investigación Preparatoria el 29/01/2025, esto es, cuando ya no tenía competencia para resolverla. (…) En ese sentido, estando a que el presente proceso se encuentra en el fuero parlamentario, la tutela es desestimada», se lee en el documento.