¿Fin del caso ‘Cócteles’?: TC decidirá si acepta hábeas corpus de Keiko Fujimori para anular acusaciones en su contra

El Tribunal Constitucional (TC) dejó al voto el hábeas corpus presentado por la defensa de Keiko Fujimori, líder de Fuerza Popular, con el objetivo de anular las acusaciones fiscales en su contra por el caso ‘Cócteles’. La decisión del TC se convierte en un factor clave para el futuro del proceso judicial, ya que podría determinar si las imputaciones por lavado de activos y otros cargos se archivan o continúan su curso.

La defensa de Fujimori sustenta el recurso indicando que los hechos imputados no constituían delito en el momento de su comisión, pues el tipo penal de lavado de activos no estaba tipificado en 2011 ni en abril de 2016 y que recién fue incorporado al Código Penal en noviembre de 2016, mediante el Decreto Legislativo 1249.

Esta acción de habeas corpus llegó al Tribunal Constitucional el pasado 2 de julio de 2024, luego de que fue rechazado por el Tercer Juzgado Constitucional de Lima y la Tercera Sala Constitucional de Lima del Poder Judicial. Ahora, tras los argumentos de la Procuraduría y de los abogados de Fujimori frente a los magistrados del TC, el tribunal anunciará su decisión final en los próximos días.

Kiko Fujimori en el caso ‘Cocteles’

Keiko Fujimori, lideresa del partido Fuerza Popular, está involucrada en el denominado «Caso Cócteles», una investigación que la vincula con presuntos delitos de lavado de activos, organización criminal y obstrucción a la justicia relacionados con las campañas presidenciales de 2011 y 2016. La fiscalía sostiene que su partido recibió aportes ilegales a través de eventos como cócteles benéficos, organizados para financiar sus campañas. Estos fondos habrían sido ocultados al JNE, incluyendo presuntos aportes de la constructora brasileña Odebrecht y del holding financiero peruano Credicorp.

El TC tiene la última palabra sobre este recurso del caso Cócteles, y su fallo podría ser determinante en el desenlace del proceso penal. La resolución de este caso no solo afecta la situación judicial de Fujimori, sino también el futuro político de Fuerza Popular y la estabilidad del entorno electoral en Perú, ya que la lideresa del partido ha sido una figura clave en las últimas elecciones presidenciales.

Martín Vizcarra: TC rechaza amparo del expresidente para ser incorporado como congresista de 2021 – 2026

El Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda presentada por el expresidente Martín Vizcarra para ser incorporado como congresista para el periodo 2021 – 2026. En el documento expuesto por el TC, se detalla que al ser una decisión del legislativo es una decisión política, por lo que no pueden admitir su cuestionamiento judicial. 

Martín Vizcarra continuará inhabilitado

Recientemente, Alejandro Salas comentó que el expresidente Martín Vizcarra presentó el recurso de agravio constitucional ante la Corte Superior de Justicia de Lima. Este recurso, implicaría revertir la sanción interpuesta por el Congreso respecto al caso ‘Vacunagate‘, respecto a la inoculación irregular de la vacuna contra el Coronavirus

Aquella inhabilitación, interpuesta solo poco tiempo después de que el otrora mandatario fuera electo con el mayor número de votos, le interpuso la imposibilidad de participar de cargos públicos por 10 años

En el documento del Tribunal, se explica que «Reciente jurisprudencia del TC ha precisado que solo determinados actos del Legislativo son justiciables, como a) el antejuicio, por su carácter político jurisdiccional y b) el juicio público, aunque en este caso únicamente el control puede ser por la forma, ya que la decisión sustantiva es, en puridad, una decisión política», detallan. 

«En los demás casos, como ocurre con las comisiones investigadoras, no resulta admisible su cuestionamiento judicial, salvo cuando se interviene de manera directa en los derechos fundamentales del investigado o citado. En consecuencia, no se advierte vulneración alguna a los derechos fundamentales invocados», continúan.

Inhabilitaciones del Congreso

Recientemente, uno de los varios ministros de Salud que tuvo el otrora mandatario Vizcarra durante la dura época de la pandemia por el Covid-19, fue Víctor Zamora. En su informe final, la Denuncia Constitucional 367, fue aprobada por el Pleno del Congreso de la República, inhabilitándolo de todo cargo público por 10 años. 

«Asimismo publicó el 30 de marzo de 2020, la resolución ministerial 139-2020- MINSA, con el fin de brindar un marco procedimental para el uso de la prueba rápida, avalando los actos irregulares para la adquisición de pruebas rápidas realizadas desde el 18 de marzo de 2020, que tenían como argumento principal, la supuesta detección del virus COVID-19«, comentan.

Con 68 votos a favor, se aceptó la denuncia que critica duramente su papel en la crisis del oxígeno y la adquisición de 1’400 millones de pruebas rápidas en medio de la pandemia. Los principales delitos que recaen sobre él son de Omisiónrehusamiento o demora en sus actos funcionales.  Por su lado, el ex alto funcionario resaltó ser parte de un juicio político que carece de pruebas. 

De este modo se pudo conocer que el Tribunal Constitucional declaró infundado el pedido del expresidente Martín Vizcarra respecto a su inhabilitación por 10 años del Congreso de la República.

Martín Vizcarra presenta recurso de agravio constitucional ante el TC para anular su inhabilitación

El expresidente de la República, Martín Vizcarra, presentó un recurso de agravio constitucional ante el Tribunal Constitucional (TC). Esta medida busca anular la inhabilitación de 10 años que pesa en su contra, tras el polémico caso del ‘Vacunagate’.

Vizcarra pide anular inhabilitación en su contra
Luego de que el Poder Judicial (PJ) ratificara el impedimento para el ejercicio de la función pública contra Vizcarra, la defensa legal del exmandatario presentó el recurso de agravio ante el TC. Esta sería una de las últimas instancias del fuero constitucional interno para que la inhabilitación sea anulada.

En tal sentido, allegados al expresidente manifestaron que esta sería una medida extraordinaria, debido a que ya se han utilizado diversas figuras jurídicas para lograr que Vizcarra pueda tentar algún cargo futuro en el sector público.

Como se recuerda, el expresidente fue señalado de haberse vacunado en plena pandemia por Covid-19 mucho antes de que el antídoto sea distribuido a la población en general. Por ello, el Congreso de la República le impuso tal sanción en el año 2021, luego de que fuera vacado de la presidencia.

Las voces a favor de Vizcarra sugieren que esta situación no prescribe que el exmandatario sea impedido de ejercer funciones para el Estado, indicando que no existe ninguna norma en la Constitución que lo especifique. Además, afirman que dicha vacuna en realidad se trataba de una fase experimental.

Parte del recurso que presentó la defensa legal de Martín Vizcarra ante el TC.
Parte del recurso que presentó la defensa legal de Martín Vizcarra ante el TC.

PJ ratificó inhabilitación de 10 años contra Vizcarra

Hace algunas semanas, la Primera Sala Constitucional de Lima volvió confirmó la resolución que inhabilita por 10 años a Vizcarra Cornejo. Además, dicha medida se aplica a su esposa, Maribel Díaz, y a su hermano, César Vizcarra, quienes también estuvieron involucrados en el Vacunagate.

Pese a la apelación presentada por el exjefe de Estado contra la decisión de la primera instancia que desestimó su amparo en abril del 2021, la Sala Constitucional declaró infundado dicho recurso.

TC declara infundada demanda de la Defensoría del Pueblo contra ley de contrarreforma universitaria

El Tribunal Constitucional (TC) publicó un documento donde declaró infundadas las demandas de inconstitucionalidad presentadas por la ex Defensora del Pueblo, Eliana Revollar, en contra de la Ley 31520. Esta ley busca modificar la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas.

El documento señala específicamente que las demandas contra los artículos 1 y 3, así como contra la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley 31520, son infundadas. Esto implica que el actual titular de la Defensoría del Pueblo, Josué Gutiérrez, deberá ratificar el recurso presentado.

El TC argumenta que el artículo 1 de la ley no afecta el derecho a la educación universitaria de calidad ni impide su efectividad. Además, el artículo 3, que se refiere al diseño e implementación de herramientas para mejorar la calidad educativa en las universidades, no contraviene las obligaciones constitucionales y convencionales del Estado.

El Tribunal también exhortó al Poder Ejecutivo a coordinar con el Ministerio de Educación y el Ministerio de Economía y Finanzas para la adecuada aplicación de la ley. Asimismo, instó al Poder Legislativo a garantizar la progresividad y no regresividad en la inversión pública en educación, asegurando así una mejora continua en el sistema educativo del país.

También exhortaron al Poder Legislativo a «respetar el principio de progresividad y no regresividad en la inversión pública para la garantía del derecho a la educación» y «exhortar al Poder Ejecutivo» para que «coordinen en el marco de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la fijación de montos y criterios técnicos». 

¿Qué es la contrarreforma universitaria?

La contrarreforma universitaria se refiere a una serie de modificaciones legislativas implementadas a partir de inicios de 2023 en el sistema de educación superior de Perú. Esta ley ha generado controversia por varias razones clave.

En primer lugar, la nueva normativa permite que universidades e instituciones de educación superior registren programas académicos sin necesidad de ser evaluados previamente por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). Este cambio ha sido criticado porque podría comprometer la calidad educativa al permitir la creación de programas académicos sin una adecuada supervisión.

Además, la contrarreforma modificó la composición del consejo directivo de Sunedu, incluyendo en él a representantes de universidades. Esta inclusión ha sido vista como una amenaza a la autonomía de la Sunedu, ya que podría limitar su capacidad para fiscalizar de manera independiente a las instituciones educativas, dado que los propios representantes de las universidades estarían involucrados en las decisiones de supervisión.

larepublica.pe
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Vicepresidenta del TC aclara que indulto a Fujimori redime su condena pero «sigue siendo un delincuente»

La vicepresidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, se refirió a la decisión de la mencionada institución de restituir el indulto humanitario en favor del expresidente de la República, Alberto Fujimori. La magistrada enfatizó que era un escenario donde tenían que tomar la opción que correspondía y recalcó que ella y sus compañeros de funciones «hicieron lo correcto».

En ese sentido, sostuvo que esta medida no fue otorgada por la máxima institución encargada de interpretar la Constitución política del Perú debido a que este recurso ya había sido brindado anteriormente. Agregó que lo que correspondía en diciembre de 2023 era «ejecutar la sentencia» a pesar de las advertencias anunciadas por organismos internacionales tales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que había señalado que si se restituía el indulto a Fujimori se vulnerarían los derechos humanos de las víctimas de los casos La Cantuta y Barrios Altos.

«Hay dos aspectos. En lo jurídico, la decisión que tomamos era la decisión que correspondía, sigo pensando que hicimos lo correcto. Nosotros no dimos, el indulto ya había sido dado, lo que nos correspondía era ejecutar la sentencia y por qué teníamos que ejecutarla a pesar de que estaba esta resolución de la Corte Interamericana la cual decía que si se indultaba a Alberto Fujimori y quedaba en libertad se vulneraría el derecho a la justicia de las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta», dijo en entrevista con RPP.

Recalcó que los pronunciamientos de la mencionada institución internacional no tienen «mucho sentido», debido a que el indulto humanitario es una medida que es otorgada a una persona que haya cometido un delito y que la misma remita su pena o condena. Sin embargo, todavía «es un delincuente», subrayó que este recurso «indulta la pena, pero no el delito».

«Para mí es algo que no tiene mucho sentido, si se va a afirmar que cuando indultan a alguien se está negando el acceso a la justicia de aquel que fue víctima, esa persona que estuvo en la cárcel, entonces no habría indultos. El indulto trae consigo que aquella persona que haya cometido un delito se le remita la pena o condena, pero sigue siendo un delincuente. El indulto perdona la pena, pero no el delito. Indudablemente, sigue estando condenado, no se ha rehabilitado y no ha pagado la reparación civil», enfatizó al referirse al indulto de Alberto Fujimori.

«Las normas nacionales son más protectoras de los derechos humanos», asegura Luz Pacheco

La integrante del Tribunal Constitucional indicó que cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos se pronunció sobre el caso del expresidente Alberto Fujimori, a su consideración, dicho organismo internacional se encontraba «yendo en contra de la convención». Manifestó que esta institución señala que al momento de que los jueces tienen que tomar decisiones respecto a estos temas, se tiene que «preferir las normas nacionales» debido a que serían «más protectoras de los derechos humanos».

«Ya cuando la corte ha insistido me parecería que la misma corte estaba yendo en contra de la misma convención. La convención dice que a la hora que los jueces al aplicar esas normas tienen que preferir las normas nacionales que son más protectoras de los derechos humanos. En este caso, el Tribunal Constitucional había convalidado un indulto. Si la persona lo merecía o no, eso ya no se encuentra en las posibilidades de nosotros, simplemente estaba», comentó.

Luz Pacheco sobre candidatura de Alberto Fujimori: «No sé si este deseo es de la hija»

Pacheco dijo sentirse desconcertada al enterarse de la intención del exjefe de Estado de participar nuevamente en una nueva contienda electoral a pesar de todo lo que ha pasado estos últimos años. Señaló que no está segura si esta intención parte del propio Alberto Fujimori o de la lideresa del partido político de Fuerza Popular.

«Desconcertante, no pensaba que tenía ese perfil después de todo lo vivido, pero ya es una opinión muy personal. No sé si este deseo de ponerlo como candidato es un deseo de la hija o un deseo de él. O es una manera que la hija (Keiko Fujimori) puede poner a su padre desagraviarlo, no tengo idea, pero eso ya se verá en lo jurídico si se puede inscribirse como candidato. Eso ya es otro nivel», agregó.

TC declara inconstitucional que Contraloría imponga sanciones y exhorta al Congreso a regular sus facultades

Un reciente fallo del Tribunal Constitucional determinó que la potestad sancionadora de la Contraloría está claramente limitada a las dos primeras funciones que el artículo 82 de la Constitución le asigna: supervisar la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado y las operaciones de la deuda pública. Además, estableció que será el Congreso el encargado de regular las competencias sancionadoras de este organismo.

“(Se decide) exhortar al Congreso de la República que legisle delimitando el ámbito material de competencia en materia sancionadora de la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR y de la Contraloría General de la República, conforme a lo precisado en el fundamento 49 de la presente sentencia”, se lee en el documento.

En este sentido, se aclara que la sentencia del TC —que tuvo como ponente al magistrado César Ochoa Cardich— carece de efectos retroactivos sobre los procesos administrativos ya concluidos o que se encuentren con trámite ya iniciado.

El TC aclara que este fallo no significa que la Contraloría “no pueda supervisar la legalidad de los actos de las instituciones sujetas a control conforme a su ley orgánica, y realizar las acciones de control que se deriven de tales competencias”, pero esta su potestad sancionadora “no se extiende a todos los actos que tales entidades realicen, sino que esta solo resulta aplicable respecto de la administración financiera de los bienes y recursos públicos”.

César Aguilar es el nuevo contralor. Foto: difusión

César Aguilar es el nuevo contralor. Foto: difusión

“Este Tribunal interpreta y por tanto concluye que la potestad sancionadora de la Contraloría se encuentra incuestionablemente limitada a las dos primeras funciones que el artículo 82 de la Constitución atribuye a la CGR; esto es, supervisar tanto la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, como la de las operaciones de la deuda pública”, mencionan.

Recordemos que, la Contraloría tiene como rol supervisar y verificar la correcta aplicación de las políticas públicas y el uso de los recursos y bienes del Estado; para ello se apoya en sus gerencias regionales de control, los Órganos de Control Institucional (OCI) y las Sociedades de Auditorías (SOA) a través de acciones de control conforme a sus atribuciones descritas en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control.

César Aguilar es el nuevo contralor en reemplazo de Nelson Shack

Días atrás, la Comisión Permanente del Congreso aprobó el informe que propone designar a César Aguilar como nuevo titular de la Contraloría General de la República, en reemplazo de Nelson Shack. A diferencia de otros cargos públicos, el contralor tiene un periodo de 7 años sin posibilidad de que se le pueda reelegir nuevamente. Esta decisión fue acordada con 28 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

Ese mismo día, una investigación de Canal N, señaló que el ahora alto funcionario habría omisiones en sus declaraciones juradas que no fueron evaluadas por la comisión del Congreso que aprobó su postulación al cargo. Aguilar Surichaqui no declaró, en el 2018, la empresa Aguilar & Motta Abogados, de la cual fue socio y accionista; hasta que realizó la transferencia a terceros en ese mismo año.