Juez dicta impedimento de salida del país a Keiko Fujimori y Mark Vitto por caso Cócteles

El juez Víctor Zúñiga Urday impuso impedimento de salidad del país a la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori Higuchi, su exesposo Mark Vito Villanela y otros seis dirigentes y/o colaboradores del referido partido político, con miras al desarrollo del próximo juicio público contra ellos por delito de lavado de activos.

Los dirigentes y colaboradores de Fuerza Popular incluidos en la medidas son Vicente Silva Checa, Ana Herz Garfias de Vega, Adriana Tarazona Martínez, Jaime Yoshiyama Tanaka, José Chlimper Ackerman y Pier Figari Mendoza. Para todos ellos, la prohibición para viajar fuera del país es por 36 meses.

En tanto, denegó el pedido de la Fiscalía para impone una vigilancia judicial al partido político Fuerza Popular por los próximos tres años, en que debe realizarse el juicio público por los presuntos aportes ilícitos en las campañas electorales

El juez acogió en parte el pedido de la fiscal Paulina Roque de equiparar las reglas de conducta que deberán cumplir mientras se desarrolla el juicio público.

Así, el juez les impuso la obligación de no variar su actual domicilio, sin previa autorización del 4to Juzgado de Investigación preparatoria nacional; comparecer cada 30 días al registro de control biometrico para registrar su huella e informar al juzgado de sus actividades; presentarse a las citaciones de la fiscalía y al juzgado cada vez que sean citados para alguna diligencia y la prohibición de comunicarse con coimputados, testigos o peritos de este proceso.

Sobre esta última regla de conducta, el juez aclaró que estan exceptuados los familiares hasta el quinto grado de consanguinidad y tercero de afinidad y/l con otras personas cuando se deba realizar un contacto por motivos profesionales. Luego, vía aclaración precisó que también se exceptua la prohibición de comunicarse entre Fujimori y Vito por su condición de tener hijas en común.

Además, el pago de caución para Vicente Silva Checa, de 20 mil soles; Ana Herz, 15 mil soles; Climper Ackerman, 40 mil soles; y Mark Vito, 10 mil soles, que deberán abonar dentro del plazo de 10 días hábiles, a partir de la presente resolución.

La Fiscalía y los abogados apelaron la decisión del juez, por lo que la medida será revisada por la Sala de Apelaciones Nacional. El Ministerio Público había pedido otras 16 reglas de conducta que el juzgado consideró infundados.

Al termino de la audiencia, Zúñiga Urday anunció que en los próximos días emitirá la resolución para pasar al juicio público.

Gobierno observó autógrafa que elimina octógonos en fórmulas para bebés

El Poder Ejecutivo observó esta noche la autógrafa de ley aprobada por el Congreso, la cual establece que las fórmulas de bebés y suplementos no lleven octógonos de advertencia.

Hoy 30 de mayo era el último día de plazo para que el Ejecutivo se pronuncie, de lo contrario, el Congreso quedaba con la vía libre para promulgar la ley.

La observación del Ejecutivo señala que la ley del Congreso contraviene a las acciones dispuestas por el Gobierno en defensa de los niños, niñas y adolescentes. Además, exhortaron a que se cumpla con consignar los octógonos en estos productos, incluso, aquellos de regímenes especiales como los sucedáneos de la leche materna (es decir, las fórmulas y suplementos en cuestión).

“Por tanto, de la revisión de dicha definición, se concluye que los sucedáneos de leche materna y alimentos infantiles destinados para menores de 24 meses son considerados alimentos procesados y, por ende, les corresponde consignar las advertencias publicitarias”, subraya el documento de observación enviado por el Ejecutivo.

En horas de la mañana, el Decano del Colegio Médico del Perú, Raúl Urquizo, pidió observar la autógrafa en mención, debido a que el Congreso no convocó al Colegio Médico del Perú, Colegio de Nutricionistas y otros gremios para la elaboración del proyecto de ley.

La propuesta en mención se denomina “Ley que regula la elaboración y comercialización de los alimentos de regímenes especiales para poblaciones vulnerables” y fue presentada por las congresistas de la bancada de Alianza para el Progreso, Rosio Torres y Elva Julón.

Así, la propuesta de ley se aprobó pese a que la Ley de Alimentación Saludable vigente señala que si los alimentos alcanzan o superan los niveles de azúcar, sodio y grasas saturadas, deben de llevar los octógonos de advertencia.

Día Nacional de la Papa: Conoce un poco más sobre nuestro alimento bandera

Hoy 30 de mayo es el Día Nacional de la Papa y es una ocasión propicia para resaltar las variedades del superalimento peruano, así como sus aportes para la salud y su carga sociocultural.

Nuestro país es el principal centro de origen de la papa, cuya antigüedad es mayor a 8 mil años. Este tubérculo se convirtió en parte fundamental para el desarrollo del Perú desde tiempos de antaño y salvó al mundo del hambre.

Así, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) declaró en 2005 el Día Nacional de la Papa, el tercer cultivo más importante a escala mundial (después del trigo y arroz) y es considerado por la ONU como uno de los alimentos fundamentales.

Aporte nutricional

La papa contiene diversos nutrientes: vitamina C, potasio, fósforo, calcio, hierro y zinc, entre otros. Posee también 189 % más de antioxidantes, presentes sobre todo en la cáscara y, su consumo, genera solo 89 kilocalorías debido a que tiene solo 35 % de materia seca.

Su fácil digestión permite sea consumido por público de cualquier edad teniendo en cuenta que, al contener una alta cantidad de antioxidantes, previene enfermedades degenerativas y relacionadas al envejecimiento.

Las variedades con una pulpa amarilla intensa protegen de la degeneración visual al concentrar betacaroteno, compuesto químico que puede convertirse en vitamina A. Las de pulpa morada y roja tienen propiedades antioxidantes.

La fácil digestión de la papa permite que sea consumido por personas de cualquier edad. (Foto: Andina)
La fácil digestión de la papa permite que sea consumido por personas de cualquier edad. (Foto: Andina)

Por otro lado, las papas nativas tienen poder antiinflamatorio y contribuyen a combatir los problemas digestivos y protegen contra el cáncer de estómago.

Variedades

Hay 3 mil 500 variedades de papa en el Perú, con diferentes propiedades, contenidos y cualidades, gracias a la loable labor de conservación de las comunidades de pequeños agricultores que habitan sobre todo en las zonas altoandinas.

La papa se siembra desde los 200 metros sobre el nivel del mar (msnm), aunque en el caso de las papas nativas es por encima de los 3 mil a 4 mil 200 msnm, donde ningún otro cultivo prospera.

Cultura y expansión

La papa ha contribuido fuertemente al “boom” gastronómico peruano. Con ella se elaboran una gran diversidad de potajes regionales de creciente aceptación y reconocimiento internacional, como la causa limeña, la papa a la huancaína, la papa rellena, el pastel de papas, entre otros.

Al estar disponible todos los días del año, la papa logró atender a más de 32 millones de peruanos con una producción de 5.45 millones de toneladas, más aún durante la pandemia de la covid-19.

La Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) destacó que la papa es un alimento básico en la alimentación mundial y confirmó la función que este cultivo puede desempeñar en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

Actualmente, el tubérculo peruano se cultiva en más de 100 países, desde el Círculo Ártico hasta el extremo austral de América del Sur y en todas las latitudes intermedias. Los perfiles de los principales productores del mundo revelan la extraordinaria trayectoria de la papa.

Regiones productoras

El Midagri informó que el cultivo de papa a nivel nacional se distribuye en 19 regiones del país y es el sustento de 711 mil 313 familias productoras. Las áreas agrícolas de mayor producción al año son Puno (850 mil toneladas) y Huánuco (745 mil toneladas).

Le siguen La Libertad con 533 mil toneladas; Ayacucho con 449 mil toneladas y Cusco con una producción de 440 mil toneladas.

Ya no se deberá usar mascarillas en templos o centros de salud

Una serie de exigencias sanitarias, implementadas para frenar el avance del COVID-19 –que desde su aparición en el país, en febrero de 2020, hasta el 22 de mayo de 2023 ha causado 220,673 muertes–, han sido derogadas el lunes 29 de mayo por el Ministerio de Salud (Minsa). Estas estaban relacionadas, principalmente, al uso de protectores faciales y mascarillas en centros de salud, en lugares de culto religioso y durante la práctica de actividades recreativas al aire libre.

LO QUE DICEN LAS NORMAS

La Resolución Ministerial N° 505-2023/MINSA, publicada en El Peruano, deja sin efecto la Resolución Ministerial N.° 899-2020-MINSA que obligaba a los feligreses a usar mascarilla y escudo facial para ingresar, permanecer y salir del templo o lugar de culto. También disponía la desinfección de manos (con agua y jabón o alcohol), la toma de temperatura, la prohibición de cantar o hablar y el mantener un distanciamiento de 1.5 metros entre personas.

Por su parte, la Resolución Ministerial N° 506-2023/MINSA elimina la Resolución Ministerial N° 350-2020-MINSA, que señalaba que las actividades físicas y recreativas solo se podían efectuar de lunes a sábado, entre las cinco de la mañana y las seis de la tarde, por tiempo máximo de una hora. Del mismo modo, determinaba la distancia que debía haber entre cada deportista y exigía el empleo de la mascarilla en espacios públicos.

NO MÁS MASCARILLAS

En tanto, la Resolución Ministerial N° 508-2023/MINSA deroga la norma técnica que daba recomendaciones sobre el empleo de escudos faciales en los establecimientos de salud y en la comunidad.

Fuentes del mencionado sector consultadas por Perú21 confirmaron que tampoco va a ser obligatorio el empleo de barbijos en clínicas, postas u hospitales, tal como se venía exigiendo. Del mismo modo, indicaron que se trata de las últimas restricciones implementadas debido a la pandemia en ser derogadas.

Otras de las directivas sanitarias derogadas es la referida al protocolo que establece las medidas de seguridad y prevención para las actividades de la campaña electoral en las Elecciones Generales 2021.

Como se recuerda, el pasado 24 de febrero fue la última vez que el Poder Ejecutivo decidió ampliar, por 90 días, la emergencia sanitaria debido a la pandemia, plazo que se venció el 25 de mayo.

DATOS

  • Lima Metropolitana es la región que más muertes ha registrado por COVID-19, con 89,578 decesos, de acuerdo con información del CDC al 22 de mayo. Le sigue Piura, con 13,249 fallecimientos.
  • Hasta el momento, 1′315,368 personas en Perú ha recibido la vacuna bivalente contra el coronavirus, según el Repositorio Único Nacional de Información en Salud (Reunis) del Minsa.

Cementerio prehispánico de Macatón en Huaral podría albergar a otros Señores del Mar

La fosa, de unos seis metros de profundidad y siete de largo y ancho, resguardaba los restos de un personaje protegido por un gran fardo y acompañado de otros cinco individuos, que posiblemente eran sus familiares, hijos y sirvientes sacrificados, según presumen los arqueólogos.

Además, la tumba atesora una gran variedad de cerca de 25 vasijas de cerámica que, en su interior, contenían ofrendas, principalmente de comida, para servir al muerto en su paso hacia la otra vida.

EPS que no cumplan con verificar medidores podrían ser multadas hasta por más de 2.4 millones de soles

A fin de recibir opiniones, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento (Sunass) prepublicó una propuesta normativa que establece que cada tres años, las empresas prestadoras de servicios de saneamiento (EPS) deberán realizar un muestreo para verificar las condiciones de los medidores que tengan más de 5 años de antigüedad. A partir de los resultados de este muestreo, si el 5% tiene problemas, la empresa debe revisar la totalidad de la zona examinada o en su defecto, cambiar todos los medidores de agua potable.

La propuesta, contenida en la modificación de tres artículos (100, 101 y 105) del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento, busca aumentar y mejorar la micromedición, lo que permitirá liberar recursos para el cierre de la brecha. En la actualidad solo el 73 % de conexiones en el país cuenta con medidores.

Cabe mencionar que las EPS que no cumplan con realizar la verificación posterior o periódica del parque de medidores, pueden ser multadas hasta por más de 2.4 millones de soles.

De acuerdo con la propuesta, los usuarios tendrán mayor seguridad de realizar un pago acorde a su real consumo dado que, con medidores en buen funcionamiento, las EPS contarán con información exacta para la facturación del agua potable.