Congreso blindó a ministro de Economía José Arista y se salva de ser censurado

El Pleno del Congreso rechazó la moción de censura contra el ministro de Economía y Finanzas, José Arista Arbildo, tras una votación en la que 57 se pronunciaron en contra, 41 a favor y 14 se abstuvieron. A pesar que el titular del MEF fue cuestionado por “falta de liderazgo e incompetencia” a ocho meses de su gestión, no se alcanzaron los votos para su destitución. La iniciativa fue enviada al archivo gracias a los votos en bloque de la bancada de Fuerza Popular (FP) y Alianza para el progreso (APP).

Congresistas de diferentes bancadas presentaron la iniciativa para censurar a José Arista por un supuesto mal manejo en el sector para reducir la pobreza y para impulsar mejoras. Por ello se le acusa de una presunta “incompetencia” para asumir un rol responsable sobre la paralización de obras en diferentes gobiernos regionales y locales y por vulnerar los derechos laborales de los trabajadores del Estado, así como la línea de carrera en el rubro salud.

En el debate, la congresista Kelly Portalatino, sustentó la iniciativa afirmando que la situación financiera del territorio nacional se deterioró bajo la gestión del titular del MEF, e indicó que se paralizaron más de 2,400 proyectos de inversión y se incurrió en la falta de asignación presupuestal para sectores importantes como Salud y Agricultura; no obstante, finalmente, el ministro de Economía se salvó de ser censurado.

Juez Concepción Carhuancho declara inaplicable la Ley 32108 en caso Los Waykis en la Sombra

El juez Richard Concepción Carhuancho declaró inaplicable la ley 32108 que modificó la descripción legal del delito de crimen organizado, en el caso ‘Los Waykis en la Sombra’, al rechazar un pedido de excepción de improcedencia de acción presentada por la defensa de Zenovia Griselda Herrera Vásquez.

Concepción Carhuancho es el segundo juez de la Corte Superior de Justicia Penal Especializada, con competencia nacional, que se pronuncia en contra de la referida ley, aplicando el control difuso y control de convencionalidad. El primero en hacerlo, fue el juez de investigación preparatoria Jorge Chávez Tamariz, a través de una interpretación de derecho comparado.

» DECLARAR INAPLICABLE AL PRESENTE CASO CONCRETO de la investigada Zenovia Griselda Herrera Vásquez los artículos 1 y 2 de la Ley 32108, publicado el 09 de agosto del 2024 en el Diario Oficial El Peruano por vulnerar los derechos a la tranquilidad, seguridad personal, verdad y a vivir en una sociedad libre de corrupción, violentando la Constitución Política del Perú, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención de las Naciones Unidades contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos (Convención de Palermo)», concluye el magistrado.

Resolución del Juez Richard Concepción Carhuancho

Resolución del Juez Richard Concepción Carhuancho

Se trataría de una Ley con nombre propio

En sus argumentos, el juez Concepción Carhuancho subraya que «se trataría de una ley con nombre propio que habría entrado en vigor con el objeto de favorecer a quien promovió dicha ley, prueba de ello es que el congresista Waldemar José Cerrón Rojas, autor de la referida ley, y que a la vez se encuentra investigado por los delitos de organización criminal y tráfico de influencias en el Expediente 69-2021-0 (caso Dinámicos del Centro), (…), peticionó una excepción de improcedencia de acción en contra del delito de organización criminal que se le imputó», resume el juez.

Explica que en esa solicitud, Waldemar Cerrón Rojas solicitó que se archive la investigación en su contra, «citando la Ley 32108 que él mismo había promovido, bajo el argumento que la presunta organización criminal del cual formaría parte sería atípico, porque dicho grupo criminal no habría cometido delito superior a los seis años (delito de tráfico de influencias) y no buscaría beneficio económico».

Reforma legal va en contra de los intereses de la sociedad

«En suma —continúa argumentando—, se trató de una ley que habría sido aprobada y promulgada por un Congreso de la República, sin que haya legislado en nombre del interés general de la sociedad, protegiéndola del crimen organizado, tal como lo exige el artículo 103 de la Constitución Política del Perú, sino en nombre de intereses particulares».

«Para de ese modo, lograr la impunidad de personas investigadas por el delito de organización criminal vinculadas a delitos de corrupción, es por ello que José Ugaz (ex procurador anticorrupción) sostuvo que el Congreso al emitir dicha norma habría representado los intereses del crimen organizado, a su turno, Marianella Ledesma (ex magistrada del Tribunal Constitucional) indicó que el Congreso no legisló para proteger a los ciudadanos, sino a la criminalidad», enfatiza el juez del primer juzgado de investigación preparatoria nacional.

De acuerdo con el Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder (Eficcop), Herrera Vásquez, exjefa del programa Qali Warma se habría vinculado ilícitamente a Nicanor Boluarte, hermano de la presidenta de la República, para recolectar firmas de manera ilícita, para lograr la inscripción del partido político ‘Ciudadanos por el Perú’. Por este hecho, la fiscalía le atribuye el delito de tráfico de influencias y organización criminal.

Discrepancia con la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia

El juez Richard Concepción Carhuancho discrepa y se aparta de la interpretación que la Sala Penal de la Corte Suprema realizó a la Ley 32108 al resolver un pedido de excepción de procedencia de acción presentado por el investigado Mario Castillo Freyre, con ponencia del juez supremo César San Martín Castro. La Corte Suprema sí aplicó la referida ley, que empieza ser utilizada como jurisprudencia por los investigados que piden que sus casos se adecuen a la nueva descripción legal de crimen organizado.

«A su turno, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República en un reciente pronunciamiento, reafirmó la aplicación de la Ley 32108 que modificó el delito de organización criminal, debido a que no habría cuestionado su constitucionalidad, mencionando sus notas características, entre ellos: i) sus tres verbos rectores; ii) estructura desarrollada; iii) compuesta por tres o más personas con carácter permanente; iv) con reparto de roles para la comisión de delitos graves sancionados con pena privativa de la libertad no mayor de seis años; v) obtención de beneficio económico, conforme fluye del Sexto Considerando de la sentencia de casación de fecha 2 de octubre del 2024 (Casación 2637-2023/Nacional)», describe el magistrado.

«Empero, el suscrito (juez Concepción Carhuancho) discrepa muy respetuosamente de dichos pronunciamientos, en vista que la ley 32108 que modificó el delito de organización criminal constituye una ley con nombre propio, el cual ha sido dictado para favorecer a investigados por el delito de organización criminal vinculado a delitos de corrupción, mas no para proteger a la sociedad del crimen organizado, no siendo posible encontrar un sentido interpretativo conforme a la Constitución».

La ex jefa del programa Qali Warma Zenovia Griselda Herrera Vásquez apelará la decisión del juez de investigación preparatoria, al igual que han hecho los otros investigados cuyas solicitudes de adecuación o archivo han sido rechazadas, para la aplicación de la Ley 32108 sea revisada por una Sala Penal Nacional de Apelaciones y es, casi seguro, que de no obtener un fallo favorable, recurrirán hasta la Corte Suprema de Justicia, que definirá el debate.

Gustavo Adrianzén sobre crímenes en pleno estado de emergencia: «Yo no siento que la cifra esté desbordando»

El jefe del Gabinete Ministerial, Gustavo Adrianzén, consideró que los resultados desde la declaración del estado de emergencia en 13 distritos de Lima y uno en el Callao “son buenos”; sin embargo, reconoció que “no son los mejores”.

Asimismo, manifestó que los casos de criminalidad “han decrecido” y que no siente “que la cifra se esté desbordando”.

“Sí se están dando los resultados, lo que pasa es que son progresivos. Nosotros quisiéramos entregar muchos mayores resultados, pero yo creo que estos se pueden ver, además, con cómo ha decrecido. Yo no siento que la cifra esté desbordando como en algunas ocasiones he escuchado», sostuvo Adrianzén en conferencia de prensa tras sesión del Consejo de Ministros.

“Lo dije ayer y lo repito hoy: los resultados son buenos, per no son los mejores”, añadió.

En ese contexto, el titular del Consejo de Ministros destacó que el arresto de Iván Quispe Palomino pone de relieve que el estado de emergencia decretado por el Gobierno en San Juan de Lurigancho, a raíz de la creciente ola de extorsión y sicariato que afecta a varios distritos de Lima Metropolitana, “ha sido acertado”.

“Pero, a pesar de ello, hay una profunda mezquindad que niega que esto pueda considerarse también un éxito”, cuestionó

En ese sentido, aseguró que el compromiso del Poder Ejecutivo “es seguir trabajando duramente para combatir la criminalidad”.

El jefe de Gabinete sostuvo, además, que está dentro de las posibilidades ampliar el estado de emergencia en otras jurisdicciones a fin de combatir la inseguridad ciudadana.

«No descartamos que podamos incrementar algunos otros distritos dentro de la declaratoria de estado de emergencia, probablemente tengamos que hacerlo. Estamos tratando de contener la delincuencia en estos distritos que nos parecen ahora mismo los más preocupantes, pero si hubiese necesidad, por supuesto trabajaremos en la evaluación de este tema”, detalló.

«No se ha evaluado» renuncia del ministro del Interior 

Por otro lado, Gustavo Adrianzén se refirió sobre la situación de Juan José Santivañez, cuya gestión al frente del Ministerio del Interior viene siendo cuestionada ante los constantes casos de asesinato, extorsión y sicariato que aquejan al país.

Al respecto, afirmó que “no se ha evaluado” la eventual renuncia de algún integrante del Gabinete ministerial.

“Y lo digo en especial del ministro del Interior, no se ha hablado del tema”, aseveró.

Ley 32108: estos son los congresistas que se negaron a derogar la ley, pero aprobaron modificaciones

El Pleno del Congreso aprobó con 81 votos a favor, 23 en contra y 8 abstenciones las modificaciones a la Ley 30077 y otras precisiones sobre la lucha contra el crimen organizado, rechazando así la solicitud de diversos sectores y gremios de derogar la Ley 32108. La sesión, que pasó varias veces a cuarto intermedio, fue escenario de discrepancias entre las bancadas de Fuerza Popular y el Bloque Democrático.

La decisión final preservó las modificaciones al Código Penal y al Decreto Legislativo 635, manteniéndose vigente la Ley 32108 con los cambios recientemente aprobados. Sin embargo, estos ajustes no resultan relevantes, pues continúa la nueva definición sobre qué es una organización criminal y el requisito de contar con un defensor público durante los allanamientos para que las diligencias se puedan llevar a cabo.

¿Quiénes votaron a favor de las modificaciones?
Entre las principales bancadas que votaron a favor de las modificaciones a la Ley 30077 están Fuerza Popular (con 19 votos), Alianza para el Progreso (con 10 votos) y Perú Libre (con 9 votos). Mientras que las bancadas que se mostraron en contra son Cambio Democrático, Bloque Democrático y la Bancada Socialista.

A los votos fujimoristas se sumaron los de los siguientes parlamentarios:

  • María Acuña Peralta
  • Roberto Chiabra
  • Manuel García Correa
  • Lidia Heidinger
  • Roberto Kamiche
  • Jorge Marticorena
  • Magaly Ruiz
  • Alejandro Soto
  • Rosio Torres
  • Jose Arriola
  • Guido Bellido
  • Juan Burgos
  • Darwin Espinoza
  • Jorge Luna
  • Francis Paredes
  • María Agüero
  • Waldemar Cerrón
  • Flavio Cruz
  • Américo Gonza
  • Isaac Mita
  • Kelly Portalatino
  • Abel Reyes
  • Maria Taipe
  • Miguel Ciccia
  • María Córdova
  • Noelia Herrera
  • Maria Jauregui
  • Esdras Medina
  • Alejandro Muñante
  • Cheryl Trigoso
  • Norma Yarrow
  • Jorge Zeballos
  • Luis Aragón
  • Raúl Doroteo
  • Ilich López

Ley 32108: ¿qué puntos fueron modificados en el texto sustitutorio?

En lo que respecta a la definición de organización criminal, esta sigue siendo considerada como una «estructura compleja compuesta por tres o más personas». El Pleno del Congreso aprobó reducir la pena privativa de libertad para delitos como extorsión, secuestro y sicariato, de 6 a 5 años, siempre que dichos actos se realicen con el fin de obtener un beneficio económico o material, ya sea directa o indirectamente. Cabe destacar que en el texto sustitutorio se eliminó la inclusión del delito de control de una economía o mercado ilegal.

En cuanto a los procedimientos durante allanamientos, el registro e incautación podrán llevarse a cabo con o sin la presencia del investigado. Sin embargo, será obligatoria la presencia de un abogado de la defensa pública desde el inicio de la ejecución de la medida, bajo la responsabilidad funcional de quienes la ejecuten.

Pleno del Congreso aprueba dictamen que incorpora el delito de criminalidad sistemática al Código Penal

El Pleno del Congreso aprobó este miércoles, con 73 votos a favor, 20 en contra y 15 abstenciones, el texto sustitutorio del dictamen que incorpora el delito de criminalidad sistemática en el Código Penal.

Esta norma fue aprobada en primera votación, por lo que deberá pasar por una segunda dentro de siete días para su confirmación.

Según el dictamen, el delito de criminalidad sistemática es aquel que realiza extorsión en más de una vez usando artefactos explosivos, con la finalidad de alarmar a la población. En ese sentido, la pena que se debe interponer es la cadena perpetua.

Por pedido del presidente de la Comisión de Justicia, Isaac Mita, pasó a un cuarto intermedio el texto sustitutorio del dictamen y tras unos minutos finalmente se pasó a la votación. El dictamen solo tiene un artículo. 

Durante el debate, la legisladora Ruth Luque advirtió que incluir la criminalidad sistemática o el terrorismo urbano no resuelven ni afronta el problema central de la ciudadanía. En ese sentido, recalcó que la generación de un tipo penal no va a terminar solucionando la inseguridad.

“Soy inocente”: Alejandro Toledo se defiende en su alegato final en el juicio por caso Interoceánica

El expresidente Alejandro Toledo (2001-2006) insistió este miércoles en su inocencia, al término del juicio oral que se le sigue por la presunta corrupción para la licitación de la Carretera Interoceánica Sur, tramos 2 y 3, vinculado a Odebrecht.

Durante la audiencia, que se llevó a cabo en una sala acondicionada en el penal de Barbadillo de Ate, el exmandatario de 78 años rechazó las acusaciones del Ministerio Público y negó haber recibido 35 millones de dólares de la constructora brasileña para otorgar la licitación.

“Yo soy inocente”, gritó enérgicamente Toledo Manrique, quien fue extraditado desde Estados Unidos a Perú en abril de 2023, para cumplir los 18 meses de prisión preventiva que se le impuso por este caso.

“Nunca hice ningún arreglo con [Jorge] Barata, mucho menos con el señor [Josef] Maiman. Mi abogado, en una entrevista con el señor Barata en Curitiba, le preguntó: ¿Usted tiene información de que el dinero que le han dado al señor Maiman ha ido a alguna cuenta del presidente Toledo? Y él dijo no”, agregó el exmandatario como parte de sus alegatos finales.