Juan José Santivañez denuncia falta de apoyo del Ministerio Público: «Son una piedra en el zapato»

Juan José Santiváñez, ministro del Interior, denunció la falta de apoyo por parte del Ministerio Público y lo responsabilizó de la liberación de delincuentes.

«Lamentablemente, no tenemos el apoyo del Ministerio Público y quiero denunciarlo. En Arequipa, en Yanahuara, agredieron a un efectivo policial. Dos ciudadanos venezolanos, le rompieron la mano, la nariz y terminó hospitalizado. Ellos fueron detenidos por la Policía, ¿y qué hizo el Ministerio Público? Los ha soltado», expresó.

Asimismo, Santiváñez señaló que las incompetencias del Ministerio Público perjudican a la ciudadanía y lo calificó de «piedra en el zapato».

«El Ministerio Público, lamentablemente, es una piedra en el camino para el ciudadano, para la ciudadanía», indicó.

El titular del Mininter afirmó que el accionar de la Fiscalía, en muchos casos, estropea la labor de la policía. En ese sentido, anunció que denunciará a los fiscales que liberen a delincuentes.

«Hacemos todo lo posible, pero nada ganamos si el Ministerio Público continúa soltándolos y esa es la frustración que tenemos. El fiscal en lugar de favorecer a la ciudadanía está liberando a los delincuentes, entonces, para nosotros, es otro criminal, así que hay que comenzar a denunciarlos», sentenció.

Obispos: ley de impunidad es “inaceptable” y afecta la justicia

El Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal Peruana (CEP) ha emitido un firme rechazo a la Ley N.º 32107, conocida como “Ley de Impunidad”. Esta legislación, que restringe la aplicación y el alcance de los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra a hechos cometidos a partir de julio de 2002, ha sido calificada por el CEP como “inaceptable”. La declaración del Consejo se centra en la preocupación por las implicaciones de esta ley en la justicia y la memoria histórica de los crímenes graves en Perú.

Un fuerte pronunciamiento contra la Ley N.º 32107, más conocida como “Ley de Impunidad”, que limita la aplicación y los alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra a hechos cometidos desde julio del 2002, lanzó el Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal Peruana (CEP). Califica esta norma de “inaceptable”.

Hace un llamado urgente a las autoridades, a organismos tutelares del Estado de Derecho en el Perú y a la sociedad civil organizada para “accionar los mecanismos constitucionales a fin de buscar los caminos para obtener lo más pronto posible la nulidad de esta ley”, para que las víctimas alcancen justicia y reparación, lo que el Estado peruano está obligado a garantizar.

“Queremos manifestar nuestro profundo desconcierto y desilusión, porque de esta manera, una vez más, con esta decisión se está sacrificando el respeto a la vida y la defensa de la justicia, causando un irreparable daño a las víctimas de la violencia, a las familias afectadas, y a todos los que esperamos que nuestras autoridades trabajen por el bien común, en especial de los más vulnerables, dentro de un Estado de Derecho”, señala el comunicado, que además fue grabado en video por el presidente la CEP, monseñor Miguel Cabrejos.

El también obispo de Trujillo recalca que “el contenido de esta ley es inaceptable porque pone en grave riesgo la aplicación de una verdadera justicia, así como la responsabilidad sobre el daño causado y el resarcimiento a las víctimas y sus familiares por las graves violaciones de los derechos humanos”.

Incluso remarca que nuestro país “no puede -ni debe- contradecir ni apartarse de tratados internacionales de Derechos Humanos suscritos y ratificados en el ejercicio de su soberanía”, en referencia a la Convención Americana de Derechos Humanos, y la obligación de acatar las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Precisamente, esta última emitió una resolución en el marco de medidas provisionales para las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta, requiriendo a los poderes del Estado a no aprobar, promulgar ni ejecutar una ley que permite la prescripción de delitos de lesa humanidad.

“Sorprende que la Ley N.º 32107, repita similar texto legal al que contenía la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1097, del año 2010, el cual fue declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional en su sentencia del año 2011 recaída en el Expediente 0024-2010-PI/TC; más aún cuando su contenido limita y contradice gravemente los principios universales de justicia que todos debemos defender, especialmente cuando afecta a los que no tienen cómo defenderse”, insiste.

Alerta que esta norma al impedir el procesamiento de delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos antes de julio de 2002, refuerza “la impunidad para quienes cometieron crímenes atroces, contraviniendo las normas internacionales que exigen la rendición de cuentas sin importar el tiempo transcurrido”.

No se puede eximir autores de delitos

El Consejo Permanente de los obispos indican que “la ley positiva no puede atentar contra la ley natural y menos contra el valor de la vida que es de origen divino, tal como lo expresa el Génesis cuando dice: “El Señor le replicó: ¿Qué has hecho? La sangre de tu hermano me está gritando desde el suelo”. Por eso, es inaceptable que esta ley permita la prescripción de los crímenes de lesa humanidad y de guerra, así como exima de responsabilidad a los autores de los delitos cometidos”.

Argumentan que la ley promulgada por el Congreso y que la presidenta se negó a observar, “contradice el mandato ético y moral de proteger la dignidad humana, debilita el Estado de Derecho y pone en riesgo la integridad del compromiso cristiano con la justicia y el bien común”.

“Recordemos que la protección de los derechos humanos, la justicia y la legalidad son principios fundamentales que deben ser defendidos con firmeza y sin concesiones, por eso invocamos a los autores de esta ley a que realicen una inmediata rectificación por el bien del Perú”, finaliza el pronunciamiento leído por monseñor Cabrejos.

Luis Cordero plantea que sentenciados por corrupción puedan postular a la presidencia

El congresista Luis Cordero Jon Tay (Somos Perú), ha generado controversia tras presentar un proyecto de ley que busca eliminar la restricción que impide a personas sentenciadas por corrupción postular a la presidencia de la República, incluso después de haber cumplido sus sentencias.

La iniciativa, presentada formalmente el 1 de agosto, ha sido respaldada por otros congresistas de su bancada, incluyendo a Alfredo Azurín, José Jerí, José Pazo, Hitler Saavedra y Héctor Valer.

El proyecto de Cordero Jon Tay propone modificar el literal J del artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones, que actualmente establece que las personas condenadas por delitos de corrupción no pueden postular a la presidencia o vicepresidencias, aun cuando hayan sido rehabilitadas.

En su justificación, el congresista argumenta que esta modificación es necesaria para restablecer “el fin resocializador de la pena, en aplicación del derecho constitucional de elegir y ser elegido”.

La Ley Orgánica de Elecciones, en su artículo 107, detalla quiénes están impedidos de postular a los cargos de presidente o vicepresidente. Entre ellos, se incluye a aquellos funcionarios públicos que han sido condenados por delitos dolosos como colusión, peculado o corrupción de funcionarios, sin importar si han sido rehabilitados.

Además, el mismo artículo establece que aquellos condenados por terrorismo, tráfico ilícito de drogas y violación sexual también están impedidos de postular a estos cargos, incluso después de cumplir sus condenas.

Caso Pativilca: exintegrantes del Grupo Colina piden que se les aplique ley de impunidad

La ‘Ley de Impunidad’ empieza a ser usada por investigados por el presunto delito de lesa humanidad cometidos en el periodo de violencia en el Perú. Este lunes 12 de agosto se desarrolla una audiencia del caso Pativilca y los exmiembros del Destacamento Colina Carlos Pichilingue Guevara y Julio Chuqui Aguirre presentaron un escrito de excepción de prescripción en mérito a la Ley N.°32107 que, hace solo unos días, logró su aprobación en el Congreso.

Durante la audiencia, precedida por la jueza Miluska Cano de la Cuarta Sala Penal Superior Nacional, también se conoció que el exjefe de la División de Fuerzas Especiales del Ejército en los años 90, y Jefe Político Militar del Frente Mantaro Luis Augusto Pérez Documet presentaría un escrito en el mismo sentido.

Siguiendo el desarrollo de la audiencia, en una próxima fecha se escuchará el sustento de la defensa legal de los procesados. Posteriormente, expondrán su defensa los representantes de las víctimas y, finalmente hará lo mismo la Fiscalía de la Nación.

Sin embargo, esta no es la única vez en la que los acusados intentan beneficiarse. En enero de este 2024, Julio Chuqui Aguirre , quien es investigado por los crímenes de La Cantuta, Barrios Altos y El Santa, así como la desaparición del periodista Pedro Yauri Bustamante, solicitó la prescripción de la deuda pendiente que tiene por concepto de reparación civil, por la sentencia dictada en su contra.

Al respecto, Juan José Quispe, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL), argumentó que Julio Chuqui Aguirre fue condenado por graves violaciones a los derechos humanos, razón por la cual no podría plantear este pedido bajo la interpretación errónea de un artículo del Código Civil.

“Él (Julio Chuqui) ha sido sentenciado por graves violaciones a los derechos humanos. No puede asumir que ya prescribió la reparación con una interpretación del Código Civil, porque en este caso la norma sustancial que aplica es el Código Penal”, explicó.

En tanto, Carlos Pichilingue Guevara, quien purga una pena de 25 años de prisión por violaciones a los derechos humanos, ha presentado más de cinco recursos de habeas corpus en los que solicita cumplir su condena bajo detención domiciliaria.

TC declara infundada demanda de la Defensoría del Pueblo contra ley de contrarreforma universitaria

El Tribunal Constitucional (TC) publicó un documento donde declaró infundadas las demandas de inconstitucionalidad presentadas por la ex Defensora del Pueblo, Eliana Revollar, en contra de la Ley 31520. Esta ley busca modificar la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas.

El documento señala específicamente que las demandas contra los artículos 1 y 3, así como contra la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley 31520, son infundadas. Esto implica que el actual titular de la Defensoría del Pueblo, Josué Gutiérrez, deberá ratificar el recurso presentado.

El TC argumenta que el artículo 1 de la ley no afecta el derecho a la educación universitaria de calidad ni impide su efectividad. Además, el artículo 3, que se refiere al diseño e implementación de herramientas para mejorar la calidad educativa en las universidades, no contraviene las obligaciones constitucionales y convencionales del Estado.

El Tribunal también exhortó al Poder Ejecutivo a coordinar con el Ministerio de Educación y el Ministerio de Economía y Finanzas para la adecuada aplicación de la ley. Asimismo, instó al Poder Legislativo a garantizar la progresividad y no regresividad en la inversión pública en educación, asegurando así una mejora continua en el sistema educativo del país.

También exhortaron al Poder Legislativo a «respetar el principio de progresividad y no regresividad en la inversión pública para la garantía del derecho a la educación» y «exhortar al Poder Ejecutivo» para que «coordinen en el marco de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la fijación de montos y criterios técnicos». 

¿Qué es la contrarreforma universitaria?

La contrarreforma universitaria se refiere a una serie de modificaciones legislativas implementadas a partir de inicios de 2023 en el sistema de educación superior de Perú. Esta ley ha generado controversia por varias razones clave.

En primer lugar, la nueva normativa permite que universidades e instituciones de educación superior registren programas académicos sin necesidad de ser evaluados previamente por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu). Este cambio ha sido criticado porque podría comprometer la calidad educativa al permitir la creación de programas académicos sin una adecuada supervisión.

Además, la contrarreforma modificó la composición del consejo directivo de Sunedu, incluyendo en él a representantes de universidades. Esta inclusión ha sido vista como una amenaza a la autonomía de la Sunedu, ya que podría limitar su capacidad para fiscalizar de manera independiente a las instituciones educativas, dado que los propios representantes de las universidades estarían involucrados en las decisiones de supervisión.

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Vicepresidenta del TC aclara que indulto a Fujimori redime su condena pero «sigue siendo un delincuente»

La vicepresidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, se refirió a la decisión de la mencionada institución de restituir el indulto humanitario en favor del expresidente de la República, Alberto Fujimori. La magistrada enfatizó que era un escenario donde tenían que tomar la opción que correspondía y recalcó que ella y sus compañeros de funciones «hicieron lo correcto».

En ese sentido, sostuvo que esta medida no fue otorgada por la máxima institución encargada de interpretar la Constitución política del Perú debido a que este recurso ya había sido brindado anteriormente. Agregó que lo que correspondía en diciembre de 2023 era «ejecutar la sentencia» a pesar de las advertencias anunciadas por organismos internacionales tales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que había señalado que si se restituía el indulto a Fujimori se vulnerarían los derechos humanos de las víctimas de los casos La Cantuta y Barrios Altos.

«Hay dos aspectos. En lo jurídico, la decisión que tomamos era la decisión que correspondía, sigo pensando que hicimos lo correcto. Nosotros no dimos, el indulto ya había sido dado, lo que nos correspondía era ejecutar la sentencia y por qué teníamos que ejecutarla a pesar de que estaba esta resolución de la Corte Interamericana la cual decía que si se indultaba a Alberto Fujimori y quedaba en libertad se vulneraría el derecho a la justicia de las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta», dijo en entrevista con RPP.

Recalcó que los pronunciamientos de la mencionada institución internacional no tienen «mucho sentido», debido a que el indulto humanitario es una medida que es otorgada a una persona que haya cometido un delito y que la misma remita su pena o condena. Sin embargo, todavía «es un delincuente», subrayó que este recurso «indulta la pena, pero no el delito».

«Para mí es algo que no tiene mucho sentido, si se va a afirmar que cuando indultan a alguien se está negando el acceso a la justicia de aquel que fue víctima, esa persona que estuvo en la cárcel, entonces no habría indultos. El indulto trae consigo que aquella persona que haya cometido un delito se le remita la pena o condena, pero sigue siendo un delincuente. El indulto perdona la pena, pero no el delito. Indudablemente, sigue estando condenado, no se ha rehabilitado y no ha pagado la reparación civil», enfatizó al referirse al indulto de Alberto Fujimori.

«Las normas nacionales son más protectoras de los derechos humanos», asegura Luz Pacheco

La integrante del Tribunal Constitucional indicó que cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos se pronunció sobre el caso del expresidente Alberto Fujimori, a su consideración, dicho organismo internacional se encontraba «yendo en contra de la convención». Manifestó que esta institución señala que al momento de que los jueces tienen que tomar decisiones respecto a estos temas, se tiene que «preferir las normas nacionales» debido a que serían «más protectoras de los derechos humanos».

«Ya cuando la corte ha insistido me parecería que la misma corte estaba yendo en contra de la misma convención. La convención dice que a la hora que los jueces al aplicar esas normas tienen que preferir las normas nacionales que son más protectoras de los derechos humanos. En este caso, el Tribunal Constitucional había convalidado un indulto. Si la persona lo merecía o no, eso ya no se encuentra en las posibilidades de nosotros, simplemente estaba», comentó.

Luz Pacheco sobre candidatura de Alberto Fujimori: «No sé si este deseo es de la hija»

Pacheco dijo sentirse desconcertada al enterarse de la intención del exjefe de Estado de participar nuevamente en una nueva contienda electoral a pesar de todo lo que ha pasado estos últimos años. Señaló que no está segura si esta intención parte del propio Alberto Fujimori o de la lideresa del partido político de Fuerza Popular.

«Desconcertante, no pensaba que tenía ese perfil después de todo lo vivido, pero ya es una opinión muy personal. No sé si este deseo de ponerlo como candidato es un deseo de la hija o un deseo de él. O es una manera que la hija (Keiko Fujimori) puede poner a su padre desagraviarlo, no tengo idea, pero eso ya se verá en lo jurídico si se puede inscribirse como candidato. Eso ya es otro nivel», agregó.