El ministro de Justicia, Eduardo Arana intentó restar responsabilidad al gobierno de Dina Boluarte por la aprobación de la ley de impunidad que prescribe delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos antes del 2022.
Durante la conferencia tras la sesión de Consejo de Ministros, Arana recordó que la norma no fue aprobada por el Ejecutivo, sino por el Congreso y que tras su promulgación son los jueces y fiscales los que deben decidir si la aplican o no.
«Ya es un hecho consumado. La ley está vigente y corresponde a los jueces y fiscales aplicarla. El Ejecutivo no aplica esta norma (…) Desde luego, corresponderá a los jueces y fiscales disponer desde su perspectiva si aplican control difuso, control de convencionalidad o eventualmente si es que ponen una acción que el Tribunal Constitucional tenga que resolver», respondió.
Sin embargo, Arana parece haber olvidado que el Ejecutivo tenía la prerrogativa de observar esta, pero no lo hizo pese a los pronunciamientos de diversos organismos que advertían sobre las consecuencias negativas que tendría en los procesos por violaciones a los derechos humanos.
Arana agregó que el Ejecutivo respeta las posturas de las instituciones sobre la norma, por lo que también se mantendrá al margen de las acciones que se tomen en contra de la misma.
«En ese sentido, respetamos profundamente las posiciones que institucionalmente las entidades, como la Conferencia Episcopal y el Ministerio Público, puedan tener respecto al contenido, vigencia y alcance de la ley, ya corresponde a ellos hacerlo y desde el gobierno nosotros vamos a tener que estar al margen de ello», comentó.
Eduardo Arana responsabiliza al Congreso por ley de impunidad
Ante los cuestionamientos sobre la inacción del Ejecutivo en la aprobación de la ley de impunidad, el titular del Minjus evitó responder y se limitó a responsabilizar al Congreso por esto: «Hay que precisar que esta ley no ha sido promulgada por el Congreso. Esta ley ha sido promulgada por orden el Congreso de la República», indicó.
En otro punto, recordó que se presentará una demanda de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional contra la norma, por lo que será el Congreso quien defienda su legalidad.
«Por que está siendo objeto de una demanda de inconstitucionalidad en la que le corresponderá al Congreso responder desde su Procuraduría, los inconvenientes o aquellos aspectos que desde estas instituciones consideren que no son aplicables», respondió.
Finalmente, recordó que la posición del gobierno de Boluarte es que se cumplan las normas promulgadas por el Congreso y, nuevamente, dejó la decisión de aplicarla o no, en manos de los operadores de justicia.
«La posición del gobierno es del cumplimiento de las normas que el Congreso expide. No existe otra disposición al momento que no corresponda a ser aplicada. Pero esta norma, está efectivamente destinada a ser aplicada por los jueces y fiscales», puntualizó.
La mandataria Dina Boluarte nombró en el cargo de prefecto regional a ocho personas que fueron recomendadas por su hermano Nicanor Boluarte. Al confesar su participación en la presunta organización criminal Los Waykis en la Sombra, Víctor Torres Merino, amigo íntimo de los hermanos Dina y Nicanor Boluarte, mencionó los nombres y apellidos de los ciudadanos que resultaron designados a las prefecturas regionales, a pedido del hermano mayor de la presidenta.
La República obtuvo las Resoluciones Supremas que confirman que la jefa de Estado adjudicó el cargo de prefecto regional de San Martín, Cusco, Ica, Cajamarca, Junín, Puno, Apurímac y Lima, a allegados de Nicanor Boluarte, conforme a las manifestaciones de Víctor Torres en su condición de aspirante a colaborador eficaz. Dijo Torres ante el Equipo Especial de Fiscales Contra la Corrupción (Eficcop):
“Voy a realizar el esclarecimiento de hechos (sobre) las prefecturas y subprefecturas, donde se han hecho las designaciones bajo la indicación de Nicanor Boluarte Zegarra. (…) En la reunión se planteó, bajo la indicación de Nicanor Boluarte, la estrategia de la designación de prefectos y subprefectos, ya que él mencionó que tenía el apoyo de la presidenta de la República (Dina Boluarte) para la designación de prefectos y subprefectos (…)” .
A SOLA FIRMA
Seguidamente, Víctor Torres mencionó a los allegados de Nicanor Boluarte que fueron designados prefectos regionales. Este diario verificó que dichos ciudadanos fueron nombrados al cargo por la presidenta Dina Boluarte en las siguientes fechas:
-12.01.2023, Armando Villalobos Leyva, prefecto regional de San Martín (Resolución Suprema 003-2023-IN).
-04.07.2023, Carlos Sáenz Quinteros, prefecto regional de Lima (Resolución Suprema 009-2023-IN).
Todas las Resoluciones Supremas llevan la rúbrica de la presidenta Dina Boluarte.
Víctor Torres también afirmó que el operador de Nicanor Boluarte en el Ministerio del Interior (Mininter) para la designación de autoridades fue Jorge Ortíz Marreros. Como parte del plan, Ortíz fue nombrado por la presidenta Dina Boluarte en el cargo de director de Gobierno Interior del Mininter. Torres aceptó que él actuó como nexo entre Nicanor Boluarte y Jorge Ortíz, entregándole los documentos que serían designados como prefectos o subprefectos regionales. Así lo expresó ante el Eficcop:
“En la lista de propuestas de regiones, tanto prefecturas y subprefecturas, bajo la indicación de Nicanor Boluarte de cubrir estos espacios, es ilícito en lo que hemos actuado. Y soy parte de ello. Y para esclarecer los hechos, voy a relatar los nombres que me acuerdo y muchas de estas (designaciones) directas de Nicanor (Boluarte). (Estas) prefecturas y subprefecturas tenían que canalizar las propuestas a través de mi persona para hacerle llegar a (Jorge) Ortíz Marreros” .
LA MISMA MANO
Como en el caso de los prefectos regionales, Víctor Torres nombró a los 16 personajes seleccionados por Nicanor Boluarte, según recordó en el momento de sus declaraciones, para que el operador Jorge Ortíz Marreros, como director general de Gobierno Interior (DGIN), los designara en el cargo de subprefecto distrital. Efectivamente, La República encontró las respectivas resoluciones firmadas por Ortíz:
-13.01.2023, subprefecta de Puente Piedra, Dinela Canta Cullampe (004-2023-IN-VOI-DGIN).
-13.01.2023, subprefecto de Breña, Jhonatan German Cori (004-2023-IN-VOI-DGIN).
-13.01.2023, subprefecta de Independencia, Diana Quispe Zúñiga (004-2023-IN-VOI-DGIN).
-13.01.2023, subprefecta de Ate, Mariana Chávez Ramírez (004-2023-IN-VOI-DGIN).
-31.01.2023, subprefecta de San Juan de Lurigancho, Olinda Salazar Curi (010-2023-IN-VOI-DGIN).
-09.02.2023, subprefecta de Villa María del Triunfo, Graciela Chagua Taco (019-2023-IN-VOI-DGIN).
-16.02.2023, subprefecto de Villa El Salvador, Milton Lluque Sosa (029-2023-IN-VOI-DGIN).
-27.02.2023, subprefecto de Carabayllo, Anthony Yarmas Polo (040-2023-IN-VOI-DGIN).
-12.07.2023, subprefecta de San Miguel, Ángela Ramírez Aguirre (207-2023-IN-VOI-DGIN).
-31.07.2023, subprefecto de Ventanilla, Richard Melendres Campo (224-2023-IN-VOI-DGIN).
-20.07.2023, subprefecto de Concepción ( Junín), Carlos Travezaño Floriano (216-2023-IN-VOI-DGIN).
-04.08.2023, subprefecta de Santa Anita, Blanca Buga Jara (232-2023-IN-VOI-DGIN).
-07.08.2023, subprefecta de El Agustino, Nataly Ato Pulido (272-2023-IN-VOI-DGIN).
-11.09.2023, subprefecta del Callao, Evelyn Thorne Babilonia (274-2023-IN-VOI-DGIN).
-26.10.2023, subprefecto de Chaclacayo, Leoncio Paz Ayala (308-2023-IN-VOI-DGIN).
Todas las resoluciones directorales llevan la firma del exdirector general de Gobierno Interior, Jorge Ortíz Marreros, señalado por Víctor Torres, y confirmado por otros testigos, como el operador de Nicanor Boluarte en el Mininter.
Como parte del plan, Jorge Ortíz Marreros fue delegado al Mininter en el cargo de director general de Gobierno Interior. Por cierto, fue la presidenta Dina Boluarte quien lo ubicó en el cargo el 28 de diciembre de 2022.
Pocos días después de su nombramiento, en coordinación con la jefa de Estado, el 12 de enero de 2023 en un solo día fueron designado 3 prefectos regionales. Y al día siguiente, 13 de enero de 2023, 4 subprefectos distritales.
Estos hechos coinciden notablemente con los testimonios de Víctor Torres Merino y otros testigos que han sido acreditados por el Eficcop para requerir la detención preventiva por 36 meses de Nicanor Boluarte y otros implicados
La defensa del hermano de la presidenta alega que las declaraciones son insuficientes porque no cuentan con la debida corroboración (ver nota aparte). Empero, los documentos expuestos indican una correspondencia con la realidad.
Además, el aspirante a colaborador eficaz, Víctor Torres, solo ha recordado los nombres y apellidos de 8 prefectos y 16 subprefectos seleccionados por Nicanor Boluarte y nombrados durante el gobierno de su hermana Dina Boluarte. Pero son muchos más.
La Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema rechazó el recurso del excandidato presidencial y exministro Daniel Urresti con el que buscaba que se anule la condena de 12 años de prisión que se le impuso por el asesinato con alevosía del periodista Hugo Bustíos, calificado como un delito de lesa humanidad. En consecuencia, ratificó la sentencia de la Tercera Sala Penal Superior Nacional Transitoria Liquidadora de la Corte Superior Nacional de abril de 2023.
Según pudo conocer La República, los 5 magistrados supremos que conforman el colegiado decidieron por unanimidad no anular la condena contra Urresti; sin embargo, hubo una diferencia respecto a la determinación de la pena. Los vocales supremos Ricardo Brousset, Iván Guerrero, Víctor Prado y Gustavo Álvarez votaron por mantener los 12 años de cárcel, mientras que la jueza Susana Castañeda emitió un voto singular en el que propuso reducir la condena a 11 años y 3 meses.
Los jueces supremos resolvieron el recurso del excongresista de PodemosPerú el 19 de julio pasado, antes de que entre en vigencia la Ley 32107, que prescribe delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra.
Resultado de la votación del recurso de nulidad de Daniel Urresti
En el caso de Urresti, el Poder Judicial pudo condenarlo por el crimen contra Hugo Bustíos, luego de más de 30 años de que se haya perpetrado, debido a que este fue calificado como uno de lesa humanidad. Es decir, es imprescriptible. No obstante, las cosas cambiarían si se aplica la nueva norma.
Incluso, en una entrevista con RPP Noticias de julio de este año, el fujimorista Fernando Rospigliosi, autor del proyecto de ley y próximo presidente de la Comisión de Constitución, reconoció que el excandidato de Podemos Perú podría quedar en libertad con la ley.
La República intentó contactarse con el abogado de Daniel Urresti. Sin embargo, al cierre de la presenta publicación, no obtuvimos respuesta. Por este crimen, el excongresista se encuentra recluido en un penal desde el 12 de abril de 2023 y se prevé que salga en libertad el 11 de abril de 2035.
Condena de la Tercera Sala Penal Superior Nacional Transitoria Liquidadora contra Daniel Urresti.
La hija de Hugo Bustíos, Sharmeli Bustíos, dijo en diálogo con el programa Voces del Sur, vía Radio Estación Wari, que espera que la ley de impunidad no sea acatada y expresó su deseo de que en Perú “la justicia sea un derecho irrenunciable y donde los crímenes de lesa humanidad no queden en la impunidad”.
Vladimir Cerrón lleva más de 300 días prófugo desde que la justicia peruana lo condenara por el delito de colusión en perjuicio del Estado en el caso ‘Aeródromo Wanka’. Sin embargo, el ideólogo del partido del lápiz aparece en cualquier evento que se le invite a través de las distintas plataformas digitales. Aunque parezca increible, la Policía Nacional del Perú (PNP), por intermedio de su área de Inteligencia, afirma que Cerrón Rojas estaría utilizando dispositivos de alta tecnología que bloquean su localización. De ser cierto eso, cualquier terrorista que ponga en riesgo la seguridad nacional haría lo que le plazca dentro de nuestro territorio, cometiendo actos criminales sin ser capturado.
En esta última ocasión, el condenado por corrupción reapareció durante una asamblea extraordinaria de su partido. El supuesto prófugo dio un discurso de alrededor de 47 minutos desde la clandestinidad para una reunión de su partido. En este evento se visualiza la presencia de los congresistas Waldemar Cerrón, Kelly Portalatino, Flavio Cruz, Américo Gonza, María Agüero y otros integrantes de la organización política.
“Esta guerra de quinta generación es la guerra jurídica, es la politización de la justicia. Si bien es cierto, no desangra físicamente, pero puede eliminar a un individuo de manera elegante sin hacer un solo tiro […]”, fue parte del discurso del ahora prófugo.
MINISTRO SANTIVÁÑEZ JURA QUE YA LO TIENEN UBICADO
Como se recuerda, el último fin de semana, el titular del Ministerio del Interior (Mininter), Juan José Santiváñez, afirmó que ya conocen la ubicación de Cerrón y que su captura se daría pronto. No obstante, diversos titulares han pasado por la cartera con un discurso parecido, pero hasta el momento no hay fecha cierta para su detención.
“Él está en el Perú. Hay cuestiones que nosotros tenemos que ver. Nosotros sabemos el radio donde se ubica, sabemos dónde está en la jurisdicción”, añadió.
EL DATO:
En octubre del año pasado, el Mininter anunció la inclusión de Vladimir Cerrón Rojas en el Programa de Recompensas, ofreciendo S/ 100 mil por información sobre su paradero. La medida sigue a una condena de tres años y seis meses impuesta por el Poder Judicial.
El congresista de Juntos Por El Perú – Voces del Pueblo y exministro de Comercio Exterior y Turismo, Roberto Sánchez, presentó un proyecto que busca derogar la ley que establece una pensión para los expresidentes de la República (Ley N.º 26519).
La iniciativa, respaldada por los legisladores Elías Varas Meléndez, Jorge Coayla Juárez, Guillermo Bermejo Rojas, Nieves Limachi Quispe y Hamlet Echevarría Rodríguez, fue presentada este martes, luego de que a inicios de agosto se conociera que un área administrativa del Legislativo aprobara una pensión vitalicia para el expresidente Alberto Fujimori (1990-2000), a pesar de que, según especialistas, la ley lo prohíbe porque fue condenado a 25 años de cárcel por las matanzas de La Cantuta y Barrios Altos, y haber recibido otras sentencias por actos de corrupción cometidos en su gobierno.
En el dispositivo se argumenta que la pensión que reciben los exmandatarios no constituye un derecho que forma parte de la seguridad social, «sino un privilegio», debido a que «no toma en cuenta otros requisitos que si son considerados en el caso de pensiones no contributivas que son entregadas por el Estado».
Sánchez Palomino objeta que la actual norma conceda pensión a una persona solo por el hecho de haber ejercido el cargo de presidente de la República y sin considerar si el beneficiario o beneficiaria se encuentra en situación de indefensión o no tenga otro ingreso.
Otro cuestionamiento que plantea es el hecho de que una determinada persona reciba una pensión con un sueldo bastante alto, equivalente al ingreso de un parlamentario (S/15 600), solo por haber ocupado un cargo, más aún cuando la mayoría de los peruanos percibe, después de aportar 20 años o más a la Oficina de Normalización Previsional (ONP), un monto que varía entre 500 y 893 soles.
El parlamentario añade que su iniciativa no generará gasto adicional al erario nacional. «Al contrario, traerá un ahorro, puesto que no se pagará un monto a las personas que hayan ejercido el cargo de presidente de la República», se lee en el texto.
El fiscal del Equipo Especial del caso Lava Jato, José Domingo Pérez solicitó al Tercer Juzgado Penal Colegiado que solo cumpla la sentencia del Tribunal Constitucional respecto al jurista y catedrático Arsenio Oré Guardia, rechace la nulidad respecto a los demás acusados y se continúe con las audiencias del juicio público del caso Cócteles.
Los jueces del Tercer Juzgado Penal Colegiado, Juana Mercedes Caballero, Nayko Coronado y Max Vengoa escucharon a la fiscalía, la procuraduría y los abogados defensores antes de tomar una decisión. Los magistrados han pasado a discutir en privado su decisión. La audiencia se encuentra en receso.
Pérez explicó que frente a la sentencia del Tribunal Constitucional el Juzgado Penal Colegiado tiene dos alternativas. La primera postura, que comparte la fiscalía, es ejecutar única y exclusivamente la exclusión del abogado y catedrático de derecho penal, Arsenio Oré Guardia, en una decisión razonable.
La segunda alternativa o postura, que la fiscalía no comparte, es la exclusión de todos los acusados por obstrucción a la justicia. Lo que suceder, dijo, es esperar el nuevo pronunciamiento del fiscal superior y coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela Barba.
¿Ustedes tienen las atribuciones y facultades para extender los alcances de la sentencia a las personas que no fueron incluidas en el proceso de Amparo? preguntó el fiscal a los jueces. «Un proceso de Amparo en el que no fui emplazado, a pesar que me reconoce como agraviado», anotó Pérez.
Agregó que los otros procesados que se sientan incluidos en esta sentencia tendrán que accionar y pedir su derecho en ejecución de sentencia. El Juzgado Penal Colegiado no tiene la facultad para excluir a todos, cuando existen las vías legales para que ellos pueden hacerlo, explicó.
El fiscal José Domingo Pérez también se pronunció en contra del pedido de los 14 abogados de incluir en los alcances de la sentencia el delito de organización criminal.
La procuraduría general del Estado respaldó la posición del Ministerio Público. Solo se debe acatar respecto de Arsenio Oré y que los demás acusados esperen.
Antes de la intervención del fiscal, los abogados pidieron que se cumpla la sentencia del Tribunal Constitucional que declaró que se afectaron los abogados de Arsenio Oré Guardia porque José Domingo Pérez investigó un hecho donde el fiscal aparecía como agraviado.
Algunos abogados han pedido la nulidad del proceso no solo por obstrucción a la justicia, sino también por organización criminal y que el caso sea devuelto a la fiscalía, para que se reformule la acusación y se realice un nuevo control de la acusación.
Preguntas del Juzgado
Luego de escuchar al fiscal, la procuraduria y los abogados, los jueces del Tercer Juzgado Penal Colegiado realizaron una serie de preguntas al fiscal.
La presidenta del Juzgado, Juana Mercedes Caballero le preguntó al fiscal que resoluciones se emitieron después del 7 de enero de 2019. Pérez respondió que en esa época el caso se encontraba en investigación preparatoria y todavía no se había presentado la acusación fiscal.
En la disposición N° 93 del 11 de diciembre de 2018 la fiscalía amplió las investigaciones a Oré Guardia y otros por obstrucción a la justicia. En las disposiciones 146 del 6 de diciembre de 2019 y la 206 del 18 de diciembre de 2020 se amplían las investigaciones por obstrucción de las investigaciones en organización criminal y se incluye a Keiko Fujimori y otros.
Abogados: la sentencia debe cumplirse para todos
Christian Salas, abogado de Fuerza Popular
Luego de escuchar al fiscal, el Juzgado Penal Colegiado volvió a escuchar la posición de los abogados defensores. Christian Salas Beteta precisó que el TC no establece que el fiscal José Domingo Pérez sea el perjudicado, sino que al precisar los hechos señala que sería interesado directo en el resultado de la investigación.
«El fiscal debería ceder la intervención del Ministerio Público a su fiscal adjunta, ya no debería intervenir por la sentencia del TC», anotó.
Salas subrayó que la sentencia no dice que anula las resoluciones y disposiciones respecto de Arsenio Oré Guardia, sino que declara la nulidad de todos los actos fiscales posteriores al 7 de enero de 2019, lo que incluye la acusación fiscal por obstrucción a la justicia.
El abogado Percy García explicó que no es cierto que el Tribunal Constitucional no notificará al fiscal José Domingo Pérez, pues en el proceso intervino el fiscal superior coordinador del Equipo Especial Lava Jato, Rafael Vela Barba.
Humberto Abanto indicó que la sentencia pone en evidencia que el fiscal José Domingo Pérez no debió investigar el delito de obstrucción a la justicia, lo que afectó no solo Arsenio Oré Guardia, sino a todos los demás investigados por los mismos hechos.
Percy García Cavero, abogado de Arsenio Oré Guardia
También organización criminal
«Las resoluciones emitidas por el fiscal Pérez son nulas y la nulidad alcanza a todos los procesados incluidos en esas decisiones, que sean imputados por obstrucción a la justicia, no excluye solo a Oré Guardia. No hay una nulidad parcial», argumentó Gonzalo del Río.
Preciso que esta nulidad alcanza al delito de organización criminal respecto a obstrucción de la justicia.
La abogada de Keiko Fujimori, Giulliana Loza indicó que la sentencia debe cumplirse en sus propios términos y argumentos. Lo que se anula son todas las disposiciones sobre obstrucción a la justicia, pues Oré Guardia no fue el único investigado por este delito, sino también se incluyó a otros procesados.
También rechazaron la posición de la procuraduría, de que cada uno de los investigados por obstrucción a la justicia recurran individualmente a las instancias constitucionales o en ejecución de una sentencia, para solucionar un vicio procesal que ocurrió cuando el fiscal intervino en una investigación donde era agraviado.