JNE publica resultados oficiales de primarias y define candidatos presidenciales

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) publicó oficialmente los resultados del cómputo de las elecciones primarias organizadas por los partidos políticos, proceso que permitió definir a los candidatos a la Presidencia de la República, el Senado, la Cámara de Diputados y el Parlamento Andino.

Las elecciones primarias se desarrollaron en dos jornadas: el 30 de noviembre, bajo la modalidad de elección directa con voto de afiliados, y el 7 de diciembre, mediante elección indirecta a través de delegados.

Los resultados fueron difundidos por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y posteriormente oficializados por el JNE.

Candidatos presidenciales definidos en elecciones primarias

De acuerdo con el cómputo oficial, los partidos políticos y alianzas definieron a sus postulantes a la Presidencia de la República de la siguiente manera:

  • Alianza Fuerza y Libertad: Fiorella Molinelli, exministra.
  • Partido Fe en el Perú: Álvaro Paz de la Barra, exalcalde de La Molina.
  • Partido Patriótico del Perú: Herbert Caller.
  • Partido Sí Creo: Carlos Espá, periodista.
  • Un Camino Diferente: Rosario Fernández.
  • Alianza Unidad Nacional: Roberto Chiabra, congresista.
  • Primero la Gente: Marisol Pérez Tello, abogada.
  • Alianza para el Progreso: César Acuña, exgobernador de La Libertad.
  • Partido Cívico Obras: Ricardo Belmont, exalcalde de Lima.
  • Partido de los Trabajadores y Emprendedores: Napoleón Becerra.
  • Partido Morado: Mesías Guevara, exgobernador de Cajamarca.
  • Partido Demócrata Verde: Alex Gonzales, exalcalde de San Juan de Lurigancho.
  • Fuerza Popular: Keiko Fujimori.
  • Avanza País: José Williams, congresista.
  • Partido del Buen Gobierno: Jorge Nieto, exministro.
  • Partido Demócrata Unido Perú: Charlie Carrasco.
  • Partido Democrático Federal: Armando Massé.
  • Cooperación Popular: Yonhy Lescano, excongresista.
  • Integridad Democrática: Wolfgang Grozo.
  • Partido Perú Moderno: Carlos Jaico, exsecretario general presidencial.
  • Ahora Nación: Alfonso López Chau, exrector de la UNI.
  • Alianza Venceremos: Ronald Atencio, abogado.
  • Juntos por el Perú: Roberto Sánchez, congresista.
  • Libertad Popular: Rafael Belaunde, exministro.
  • Somos Perú: George Forsyth, exalcalde de La Victoria.
  • Frente de la Esperanza 2021: Fernando Olivera, exministro de Justicia.
  • País para Todos: Carlos Álvarez, humorista.
  • Perú Libre: Vladimir Cerrón, exgobernador de Junín.
  • Perú Acción: Francisco Diez Canseco.
  • Perú Primero: Mario Vizcarra.
  • Partido Regionalista de Integración Nacional: Walter Chirinos.
  • Podemos Perú: José Luna Gálvez, congresista.
  • Progresemos: Paul Jaimes.
  • Renovación Popular: Rafael López Aliaga, exalcalde de Lima.
  • Partido Aprista Peruano: Enrique Valderrama.
  • Partido Salvemos al Perú: Antonio Ortiz, cuya candidatura se definió mediante sorteo con moneda.

JNE anula las elecciones primarias de Acción Popular y no podrá participar en las elecciones 2026

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), ente rector del sistema electoral, resolvió declarar nulas las elecciones primarias efectuadas por la organización política Acción Popular a fin de definir a sus candidatos para las Elecciones Generales 2026, por presentar vicios sustanciales que vulneran los principios de democracia interna y el debido proceso.

La decisión la adoptó mediante Resolución N° 0745-2025-JNE, en la que se señala que se ha advertido que no existe coincidencia entre la relación de delegados declarados ganadores por el Comité Nacional Electoral (CNE) de la referida organización política y la lista de material electoral elaborada por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) en las elecciones primarias efectuadas el pasado 30 de noviembre en las circunscripciones de Áncash, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Lima Norte, Lima Centro, Lima Oeste, Lima Provincias, Loreto, Piura, Tacna y Ucayali.

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones señala que la democracia interna es un pilar esencial de toda organización política, ya que asegura que la elección de candidaturas se realice mediante reglas claras, objetivas, transparentes y con participación de sus afiliados. 

En ese marco, remarca que los partidos deben respetar los principios constitucionales y la normativa vigente, así como cumplir con los procedimientos fijados en sus propios estatutos.

Bajo ese criterio, el colegiado advierte que sería contrario a su deber constitucional dejar de pronunciarse sobre las impugnaciones y solicitudes de nulidad presentadas por afiliados de Acción Popular. 

Precisa que la función de administrar justicia electoral implica, entre otras tareas, supervisar la legalidad del voto y verificar que los procesos electorales se desarrollen conforme a la ley.

PJ responsabiliza al JNE por negar inscripción del partido de Duberlí Rodríguez y dispone investigación a funcionarios

El Poder Judicial (PJ) determinó que el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) vulneró el derecho constitucional de participación política del partido Unidad Popular, liderado por Duberlí Rodríguez, al negar su inscripción para las elecciones generales 2026.

Según la resolución de la Primera Sala Constitucional de Lima, el órgano electoral incurrió en demora injustificada y una interpretación incorrecta de la ley que impidió que la organización política quede habilitada para competir en las elecciones de 2026.

“Declarar fundada en parte la demanda interpuesta por el Partido Político UP Unidad Popular por haberse comprobado la vulneración del derecho de participación política”, se lee en la resolución.

Asimismo, el colegiado ordenó expresamente que el JNE abra una indagación interna para identificar a los responsables de haber impedido, mediante sus decisiones, la inscripción oportuna del partido. “Ordenar al Jurado Nacional de Elecciones que disponga una investigación interna exhaustiva a fin de determinar la responsabilidad administrativa de los funcionarios o servidores que hubieren intervenido en los hechos denunciados”, agregaron.

Por un lado, si bien la Sala reconoció que existió afectación de derechos, también concluyó que ya no es posible habilitar a Unidad Popular para el proceso electoral 2026, debido a que el calendario oficial se encuentra avanzado y que hay varias etapas que son, a estas alturas, irreversibles, tal como lo establece la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

“No resulta posible disponer la inscripción del partido político accionante ni habilitar su participación en el proceso electoral en curso, toda vez que ello implicaría alterar etapas ya precluidas del cronograma electoral, lo cual se encuentra proscrito por la doctrina vinculante del Tribunal Constitucional», explican.

Cabe recordar que en agosto pasado que el JNE y la Dirección del Registro de Organizaciones Políticas ya habían sido multados por el Poder Judicial por no acatar resoluciones previas que ordenaban inscribir provisionalmente a Unidad Popular.

“El Poder Judicial impuso una multa a cada uno de los cinco miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y al titular de la Dirección Nacional del Registro de Organizaciones Políticas (ROP) por no haber acatado la disposición judicial que ordenaba inscribir al partido Unidad Popular», dictaron en ese entonces.

Poder Judicial impone multa de S/10.000 contra procurador del JNE por el caso Unidad Popular

La Primera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima impuso una multa de 20 Unidades de Referencia Procesal (URP) al procurador público del JNE, Ronald Johanne Angulo Zavaleta. Como cada URP equivale de manera referencial a S/500, la sanción bordea los S/10.000.

La Sala aplicó este castigo por lo que calificó como “manifiesta temeridad y mala fe” y por una “conducta obstructiva” dentro del proceso de amparo iniciado por el partido Unidad Popular (UP). La resolución, identificada como N.° 11 y fechada el 12 de noviembre de 2025, señala que el procurador incurrió en una “conducta dolosa” al insistir de forma reiterada en solicitar la suspensión del trámite, aun cuando la medida cautelar del Tribunal Constitucional (TC) no ordenaba tal suspensión.

El caso corresponde al expediente N.° 06374-2025-0-1801-JR-DC-03. Se trata de una acción de amparo promovida por Unidad Popular, representada por su personero legal Duberlí Apolinar Rodríguez Tineo, en contra del Jurado Nacional de Elecciones.

Presidente del JNE invoca a partidos a evaluar candidatos para evitar exclusiones por la ley

El presidente del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Roberto Burneo Bermejo, invocó a las organizaciones políticas a «evaluar bien» a los candidatos. El llamado es crucial para que cumplan los requisitos exigidos por ley y eviten eventuales tachas o exclusiones en las próximas Elecciones Generales 2026.

El magistrado recordó que las fórmulas y listas de candidatos deberán ser presentadas al JNE hasta el 23 de diciembre de este año, después de las elecciones primarias (30 de noviembre y 7 de diciembre). “Invocamos a que evalúen bien cada una de sus candidaturas, porque si están inhabilitados o tienen un registro de condena, probablemente ya no tengan oportunidad de poder reemplazarlas”, manifestó.

Burneo Bermejo aseguró que el organismo que preside hará cumplir el ordenamiento jurídico y actuará con absoluta independencia, respetando el cronograma y los hitos establecidos. Subrayó que «este es el momento en que todas las organizaciones políticas pueden filtrar a sus candidatos», antes de la presentación formal.

El presidente del JNE llegó a Piura para promover el mayor conocimiento de las EG 2026. Participó en una «Conferencia para periodistas» y luego expuso sobre “Elecciones sin Fake” para estudiantes de la Universidad de Piura. Finalmente, convocó a ambos públicos a unirse a la campaña informativa para impulsar el voto informado y combatir la desinformación en el país.

Poder Judicial multa a magistrados del JNE por incumplir inscripción de Unidad Popular

El Poder Judicial sancionó a los cinco miembros del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y al director del Registro de Organizaciones Políticas por no acatar la inscripción del partido Unidad Popular, liderado por Duberlí Rodríguez.

La resolución impuso multas de cinco Unidades de Referencia Procesal (URP) a cada funcionario e instruyó al Ministerio Público evaluar acciones legales por desobediencia de mandatos judiciales. Asimismo, se estableció un plazo de dos días hábiles para que se cumpla la inscripción provisional del partido.

El JNE apeló la decisión, señalando que la ejecución de la orden afectaría el cronograma electoral y la equidad de las elecciones de 2026. Sin embargo, el juzgado consideró que la apelación no suspendía el cumplimiento de lo ordenado.

La demora en la inscripción impidió que Unidad Popular se integrara a la alianza “Venceremos”, conformada por Nuevo Perú y Voces del Pueblo. El juez también dispuso que el director del Registro de Organizaciones Políticas presente un informe escrito sobre el cumplimiento en un día hábil.

Alcalde fujimorista es sentenciado por violencia familiar, pero aún no es suspendido por el JNE

El alcalde fujimorista de provincial de Zarumilla, en Tumbes, Christian Aguayo Infante fue sentenciado a un año y cinco meses de pena privativa de la libertad suspendida por el delito de violencia familiar; sin embargo, a pesar de la condena emitida por la Corte Superior de Justicia de Tumbes, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) aún no emite una decisión sobre la suspensión en contra de Aguayo.

El 30 de enero del año 2024, el Juzgado Penal Unipersonal de Zarumilla emitió la sentencia contra el burgomaestre al ser encontrado como autor del delito contra la vida, el cuerpo y la salud y se dispuso que lleve terapias psicológicas. En diciembre del mismo año, la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Tumbes confirmó la sentencia en primera instancia.

En consecuencia, el diciembre del 2024, un ciudadano presentó una solicitud de suspensión contra el burgomaestre; sin embargo, fue desestimada. El 5 de febrero de este año, se presentó un recurso de apelación contra el Acuerdo de Consejo N° 014-20025-MPZ que habría desaprobado el pedido antes mencionado.

A través de oficios y cartas notariales enviadas al presidente del JNERoberto Burneo, se solicitó que se «fije inmediatamente fecha y hora para la vista de la causa en audiencia pública del expediente jurisdiccional». Por ello, el 30 de julio de este año el JNE respondió y le otorgó 3 días hábiles al alcalde para remitir el acuerdo del consejo que resolvió el recurso de reconsideración presentado por el señor adherente y la constancia de Secretaría General o resolución de alcaldía que declara consentido el acuerdo.

«Precisar que los pronunciamientos que emita el JNE serán notificados, conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, (…) para la presentación de escritos u otros documentos, se encuentra disponible en Mesa de Partes Virtual», finaliza el documento. Sin embargo, pese a la mencionada respuesta del órgano electoral, los ciudadanos de Tumbes se encuentra a la espera de una decisión.

 Resolución del JNE, del 30 de julio del 2024.

Resolución del JNE, del 30 de julio del 2024.

Un alcalde con pasado en Alianza para el Progreso

De acuerdo con el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE, cuando el burgomaestre ganó las elecciones municipales y regionales en 2022, pertenecía a las filas de Alianza para el Progreso, partido liderado por César Acuña, desde agosto del 2021. No obstante, en agosto del 2024 se desafilió.

Semanas después, el 1 de octubre del mismo año, se unió a Fuerza Popular, de Keiko Fujimori, en el que se mantiene hasta la actualidad y se encuentra a la espera de la decisión del organismo electoral quien decidirá su futuro.