Keiko Fujimori: Poder Judicial decidirá este lunes si archiva acusación por lavado de activos

El Poder Judicial resolverá este lunes, 12 de setiembre, si se archiva o no la acusación en contra de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, por el delito de lavado de activos. Para este caso, la Fiscalía de la Nación decidió incluir también a Jaime Yoshiyama, Pier Figari, Ana Herz, José Chlimper, Augusto Bedoya y Adriana Tarazona.

El juez de investigación preparatoria, Víctor Zúñiga, será encargado de evaluar los argumentos presentados por Giulliana Loza Ávalos, abogada de Fujimori. La jurista menciona que su defendida y los demás involucrados no cometieron el delito de lavado de activos que se les atribuye durante las campañas presidenciales de 2011 y 2016.

El pedido de la defensa fujimorista se realizó dentro del marco de las audiencias de Control de la Acusación, un paso previo para pasar a juicio oral público que tendrá que evaluar el juez Zúñiga.

¿Qué argumenta la defensa de Fujimori?

La abogada Giulliana Loza señala que se requiere un delito fuente para configurar el delito de lavado de activos; es decir, un acto ilícito que produzca una ganancia indebida para, posteriormente, gozar de su beneficio. Además, precisa que no cualquier ilícito puede ser considerado delito fuente, sino debe ser uno grave como narcotráfico, terrorismo, corrupción, secuestro, extorsión, defraudación tributaria, entre otros. 

Respuesta de la Fiscalía

Ante los argumentos de la defensa fujimorista, el fiscal José Domingo Pérez apeló a una sentencia de la Corte Suprema que indica que el  fraude en la administración de persona jurídica puede, en efecto, considerarse como un delito fuente en casos de lavado de activos. Además, recordó los casos de Abimael Guzmán y Alberto Fujimori sentaron jurisprudencia sobre la autoría mediata en los delitos de crimen organizado.

Yenifer Paredes: Poder Judicial declara improcedente habeas corpus a favor de cuñada de Pedro Castillo

El Segundo Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia declaró improcedente el pedido de habeas corpus presentado por un abogado a favor de Yenifer Paredes, cuñada de Pedro Castillo. El documento fue presentado ante el Poder Judicial y se realizó en contra de la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, el último 31 de agosto.

Este pedido fue presentado por el ciudadano Marco Riveros Ramos y buscaba la nulidad del proceso que se desarrolla en contra de Yenifer Paredes, el cual incluye el periodo de 30 meses de prisión preventiva al que se encuentra sometida la investigada. En el documento se incluía tanto a Benavides Vargas como al juez encargado de recibir el pedido del Ministerio Público, Johnny Gómez Balboa.

El documento, que está constituido en el expediente 6286-0-1801-JR-DC-02, dicta “declarar improcedente la demanda de habeas corpus reparador interpuesta por Marco Hillmer Riveros Ramos a favor de Yenifer Paredes Navarro contra la señora fiscal de la Nación y el señor juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior. (…) Disponiéndose que, consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución, se archive definitivamente el presente caso”.

El habeas corpus a favor de Yenifer Paredes fue rechazado. Foto: Poder Judicial
El habeas corpus a favor de Yenifer Paredes fue rechazado. Foto: Poder Judicial

El habeas corpus pretendía la salida de Paredes de la cárcel alegando que no se había respetado su “derecho de contar con un juez natural dentro de un debido proceso”; sin embargo, el juez Jorge Valencia López, encargado de tratar el pedido de Riveros Ramos, desestimó dichos alegatos.

Yenifer Paredes y José Nenil Medina afrontarán investigaciones de la Fiscalía en prisión

Tras la resolución del Poder Judicial del último 28 de agosto, la cuñada de Pedro Castillo y el alcalde de Anguía deberán pasar un total de 30 meses en prisión preventiva en lo que duren las investigaciones del Ministerio Público.

El alcalde José Nenil Medina cumplirá el pedido de la Fiscalía en el Penal Ancón I, mientras que Yenifer Paredes lo hará en el Penal Anexo Mujeres de Chorrillos, según lo informado por el INPE el 31 de agosto.

Poder Judicial suspende audiencia de impedimento de salida del país contra Lilia Paredes

Benji Espinoza, abogado de la pareja presidencial, anunció que el Poder Judicial (PJ) suspendió la audiencia de impedimento de salida del país por 36 meses que se llevaría a cabo contra la primera dama de la Nación, Lilia Paredes, investigada por los presuntos delitos de lavado de activos y organización criminal, que habría cometido junto a su esposo, el presidente de la República, Pedro Castillo.

“Acaban de comunicarnos que se ha suspendido la audiencia que estaba programada para hoy para resolver el impedimento de salida y comparecencia de restricciones de la primera dama”, dijo la defensa presidencial ante los medios de prensa, en donde también explicó no tener conocimiento claro de la razón de tal decisión.

Sobre la postura que tomaría la conyugue del jefe de Estado para esta declaratoria ante el PJ, Espinoza sostuvo que se encuentra con total disposición a colaborar con lo que se le requiera e incluso brindar información importante para el caso por el que el Ministerio Público ha pedido la medida de impedimento de abandonar el Perú, así como a los hermanos de Paredes Navarro, Walter y David.

“Tiene toda la disposición mi cliente de colaborar, poder aportar información relevante y sobre todo dejar que el juez resuelva finalmente si es que la Fiscalía tiene razón o no (…) Van a notificarnos a través de casilla electrónica cual va a ser la nueva fecha”, añadió el jurista.

Cabe señalar que esta es la segunda vez que será reprogramada la sesión liderada por el juez Raúl Justiniano, pues la primera ocasión se dio cuando originalmente Lilia Paredes debía acercarse el 15 de agosto, pero trasladaron la fecha hasta hoy, lunes 4 de septiembre, y ahora se está a la espera de una tercera citación.

Keiko Fujimori: Poder Judicial admite acusación contra lideresa de Fuerza Popular y otros 44 acusados por Caso Cocteles

El Poder Judicial declaró saneada la acusación fiscal contra la excandidata presidencial Keiko Fujimori y otros 44 acusados, por el delito de organización criminal, lavado de activos y fraude procesal, en el marco del Caso Cocteles.

A través de su cuenta de Twitter, el Ministerio Público informó que la acusación del fiscal José Domingo Pérez pasará a la fase del control sustancial en la Etapa Intermedia, desde el próximo jueves 1 de setiembre. Cabe destacar que esta es la última fase para que se inicie el juicio oral contra los acusados.

Como se recuerda, la lideresa de Fuerza Popular es investigada por la presunta entrega de aportes ilícitos durante las campañas electorales del 2011 y 2016, en las cuales ella participó.

El primer despacho del Equipo Especial Lava Jato cumplió con presentar la subsanación requerida judicialmente sobre el requerimiento acusatorio correspondiente al caso del financiamiento de las mencionadas campañas electorales de su partido.

La fiscalía a cargo de Domingo Pérez cumplió con dicho trámite en la audiencia judicial realizada el pasado 19 de agosto. Las correcciones requeridas forman parte de un legajo de 24 tomos, que suman en total 4,753 páginas.

“(…) para presentar el requerimiento a mesa de partes del Juzgado, el mismo que tiene 4 mil 600 folios, atendiendo los criterios dispuestos por su judicatura en la última sesión de audiencias. Estamos llevando un físico también para el expediente judicial: un disco que luego es el que se notifica a las partes”, señaló Domingo Pérez en referida audiencia.

Caso Cocteles

Cabe indicar que este caso lleva ese nombre debido a los cócteles de la lideresa de Fuerza Popular, actividades organizadas por el partido fujimorista para recaudar fondos a fin de solventar la campaña presidencial de su lideresa.

PJ permite trabajo presencial sin tener vacunación completa contra la Covid-19

Polémica decisión. El Poder Judicial ha emitido un fallo en el que permite a las personas que no cuentan con la vacunación completa del COVID-19 puedan acudir a trabajar de forma presencial. Al inicio de la pandemia, se planteó que todos los colaboradores de trabajos del sector público y privado tenían la obligación de contar con hasta la tercera dosis para regresar a labores presenciales.

Por otro lado, cabe destacar que este fallo se ha dado en primera instancia, por lo que puede ser revertido. En tanto, más del 70% de la población tienen sus dosis completas contra el covid-19.

REACCIONES DE LA POBLACIÓN

“Ya estamos pasando la pandemia, me parece que está bien”, manifestó un trabajador independiente, pero añadió que cuenta con sus dosis completas.

“Deberían exigir la vacunación completa, para que todos estemos vacunados y prevenidos. Para estar seguros entre nosotros mismos”, manifestó una joven miembro del personal de salud, que además indicó que, en su trabajo, por conciencia, todos están vacunados. “Debemos seguir prevenidos y vacunarnos todos. Para el personal de salud la pandemia ha sido muy traumante, por eso recomendamos seguir vacunándonos”, señaló.

Yenifer Paredes: Poder Judicial rechaza solicitud del Equipo Especial para acceder a cámaras de Palacio

El juez Raúl Justiniano Romero declaró improcedente la solicitud para el allanamiento e incautación de las cámaras de video de la residencia presidencial y de Palacio de Gobierno, durante la ubicación y captura de la cuñada del presidente Pedro Castillo, Yenifer Paredes Navarro. De acuerdo a la resolución, al que accedió La República, el Octavo Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior Nacional de Justicia negó el pedido del fiscal Hans Aguirre Huatuco, representante del Equipo Especial de Fiscales contra la Corrupción del Poder.

El fiscal Aguirre señala en su solicitud que, el 9 de agosto, los representantes del Equipo Especial si tenían conocimiento de que Yenifer Paredes se encontraba en las instalaciones de Palacio, cuando procedieron a ejecutar la intervención y captura de la investigada.

A ello, indica que, al no hallarla, pidieron a personal de seguridad que “se muestre la cámara de video de ingreso y salida de personal ubicado en la parte externa de la residencia e interior de los ambientes del despacho presidencial, habiéndose negado a la misma en razón de que este pedido no comprendía la diligencia judicial”.

Sobre ello, el juez Raúl Justiniano respondió que “si bien es cierto que el allanamiento también comprendió la incautación de bienes vinculados a la presunta comisión del delito por lavado de activos y organización criminal, en el requerimiento fiscal ni en la citada resolución se autorizó recabar, confiscar o solicitar copia de grabaciones de las cámaras ubicadas en el predio materia de allanamiento, más aún cuando los hechos investigados no comprende la fecha de realización del acto de allanamiento”.

Asimismo, expuso que la autorización fue aprobada para la zona de la residencia de Palacio de Gobierno; esto en la medida que el Ministerio Público ha afirmado que la investigada Yenifer Noelia Paredes Navarro viviría en dicho predio, lo cual no comprendía ni comprende el despacho presidencial ni los ambientes residenciales del mandatario Pedro Castillo, menos la Casa de Pizarro.

“Tenemos que dicho requerimiento fiscal no reviste urgencia para ser atendido, ya que, desde el primer requerimiento a la fecha, el Ministerio Público ha tenido el tiempo necesario y suficiente para formular su pedido ante la instancia competente”.

“Por las razones expuestas, se resuelve a declarar improcedente la solicitud para el allanamiento e incautación de las cámaras de video de la residencia presidencial y de Palacio de Gobierno”, reza la resolución emitida por el juez Raúl Justiniano.