Como todos saben, siento por Pedro Castillo un profundo desprecio por haber acabado con nuestras ilusiones y esperanzas de tener un país más justo, más equitativo, más inclusivo, y sobre todo un país desprovisto de corrupción. Considero que existe suficiente prueba indiciaria y un alto nivel de sospecha de su participación en actos de corrupción y de obstrucción de la justicia, que lo hacen indigno de personificar a la nación.
Siempre les digo a mis amigos que Castillo tenía, en sus manos, un extraordinario simbolismo, era un humilde profesor de primaria de un distrito de la sierra que llegaba a la más alta magistratura, tenía la posibilidad de ser un Pepe Mujica peruano, pero todo eso lo tiró por la borda, para convertirse en un inepto presidente, rodeado de rufianes, corruptos y ganapanes y como dijo mi amigo el fiscal Polo Milla, lleno de pirañas. dispuestos a saquear las arcas públicas.
De tal manera que mi posición es clara, respecto a lo que pienso de Castillo, como un arquetipo del peruano, es decir un hombre inculto, pícaro, mentiroso y depositario de todas las taras que abundan en nuestro país.
Pero el comportamiento indigno del presidente, no me ciega hasta el extremo de avalar un disparate, como el que pretende la DBA, al acusar de traición a la patria al presidente.
No puedo entender, no me entra en la cabeza, ¿cómo es posible, que se pretenda hacerle creer a toda una nación que Pedro Castillo ha perpetrado el delito de traición a la patria, y que por lo tanto debe ser suspendido por el Congreso?, este despropósito jurídico, esta aberración forense, digna de leguleyos y tinterillos, es todo lo que nos ofrecen, quienes pretenden, supuestamente, salvarnos del caos y del desgobierno que protagoniza Castillo y Aníbal Torres. Con este mamotreto jurídico pretenden salvarnos, nos consideran acaso oligofrénicos, para aceptar y creer que Pedro Castillo, solamente por haber absuelto una pregunta del matonesco periodista de CNN, señalando lo siguiente: “Es un clamor de Bolivia. Ahora nos pondremos de acuerdo. Lo consultaremos al pueblo. Para eso se necesita que el pueblo se manifieste ¿Y si los peruanos están de acuerdo? Yo me debo al pueblo. Ese es su derecho. Haremos lo que los pueblos claman. Jamás haría algo que el pueblo no quiera”, se ha convertido en un proditor, en un felón, en un judas de la patria y que por lo tanto debe ser desaforado por el Congreso, hasta ese extremo de cinismo político puede llegar la derecha.
Desde cuándo, una declaración de esa naturaleza constituye delito de traición a la patria, evidentemente que la respuesta que dio el presidente fue absurda y demuestra el nivel intelectual del jefe de Estado, así como un nulo conocimiento del derecho internacional y de las relación y tratados bilaterales, pero de allí, a considerar que ha acometido el delito de traición a la patricia, hay una inmensa distancia y es desde mi punto de vista, no solamente absurdo, sino kafkiano, creo que ni en el realismo mágico de García Márquez o de Juan Rulfo, podían haber imaginado que en el Perú se pueda sacar a un presidente con el argumento pueril, de traición a la patria, por el simple hecho de contestarle a un periodista, ingenua y torpemente, que consultaría a su pueblo una posible salida al mar a Bolivia.
Pero el tema de fondo es, si dichas declaraciones se subsumen en el tipo penal de Traición a la Patria. En el Código Penal, la traición a la patria se sanciona conforme a una lista de eventos que al mismo tiempo constituyen “atentados contra la seguridad nacional”. La lista de situaciones fácticas que califican bajo estas reglas son las siguientes:
1.-Los atentados contra la integridad nacional del artículo 325 (actos dirigidos “a someter a la República, en todo o en parte, a la dominación extranjera o a hacer independiente una parte de la misma”),
2.- La participación en un grupo armado dirigido por extranjero del artículo 326;
3.- La destrucción o alteración de hitos fronterizos en el artículo 327;
4.- El pacto con un invasor del 328.1;
5.- Los actos causantes de guerra del 328.2 y del 329;
6.- La admisión de fuerzas armadas extranjeras del 328.3;
7.- La revelación de secretos nacionales del 330; el espionaje del 331;
8.- La debilitación de las defensas nacionales del 332 y
9.- La provocación a la desobediencia militar del 333.
Las preguntas que se caen de maduras son las siguientes: ¿ha incurrido el presidente, con su declaración en la aciaga entrevista, en algunas de las conductas descritas en el tipo penal de traición a la patria?, ¿se subsume dicha declaración en los supuestos establecidos en la ley, para que se configure como delito de traición a la patria? la respuesta es obvia, por supuesto que no, entiéndanlo señores de la derecha bruta y achorada, no trate de engañarse ustedes mismos, no tratan de torcer el derecho, forzando dicha figura, para tomar el poder, hacerlo, no solamente demuestra su desprecio por la institucionalidad democrática, y el ordenamiento jurídico ,sino también revela una afán desesperado y angurriento por capturar el poder.
Si los autores de este mamarracho jurídico, lograran suspender a castillo, y luego el poder judicial declaró fundado una excepción de improcedencia de la acción, porque sus declaraciones no constituyen delito, Castillo regresaría a la presidencia victorioso y seguiríamos sumidos en este caos, que no tiene cuando acabar.
Considero que ese no es el camino, una inmensa mayoría de peruanos queremos desprendernos de Castillo, pero respetando el debido proceso y la verdad, sin menoscabo de ninguna clase de sus derechos constitucionales.
Sigo pensando, como muchos peruanos, que el camino es convocar a nuevas elecciones, ni el presidente Castillo, ni el congreso merecen seguir representándonos, ambos son caimanes del mismo pozo.