General EP Juan Rivero Lazo fue excarcelado tras disposición de Tribunal Constitucional

El general del Ejército Peruano (r), Juan Rivero Lazo, fue excarcelado la tarde del jueves del establecimiento penitenciario Virgen de La Merced, medida cumplida casi 10 días después de que el Tribunal Constitucional (TC) ordenara su liberación inmediata tras cumplir una pena de 25 años por el caso Barrios Altos.

Como se recuerda, el pasado martes, 17 de diciembre, el órgano jurisdiccional declaró fundada una demanda presentada por la defensa de Rivero Lazo, con relación a la modificación del cómputo de inicio y fin de las penas impuestas, por lo que ordenó su liberación.

Su abogado, Víctor Raúl Pariona, dijo en RPP que el militar ya se encuentra con su familia y explicó las razones que conllevaron a que la medida dictada por el TC demore en cumplirse.

«No tenía un proceso pendiente»

El letrado sostuvo que su patrocinado no presenta un proceso pendiente tal como indicara el Instituto Nacional Penitenciario (INPE).

En ese sentido indicó que todo esto se debió a “temas burocráticos” del INPE porque la orden era “la inmediata libertad”.

“No tenía un proceso pendiente, es un tema burocrático. En la hoja penalógica del general aparece una detención, sin embargo en la misma hoja hay una disposición de variación de detención a comparecencia restringida, pero los funcionarios del INPE hicieron caso omiso a pesar de que les explicamos”, acotó.

Respecto a la situación legal del general en situación de retiro, su abogado señaló que “ya cumplió la pena impuesta tanto en Barrios Altos como en el caso Cantuta” y que esto ha sido “establecido por el Tribunal Constitucional en el tenor de su parte considerativa”.

Tribunal Constitucional facilita la libertad de Vladimiro Montesinos

La sentencia del Tribunal Constitucional que ordenó la inmediata libertad del ex jefe del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE) Juan Rivero Lazo, también asegura la excarcelación por pena cumplida del ex asesor presidencia y jefe de facto del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN), Vladimiro Montesinos Torres, el 24 de junio de 2026.

Es decir que dentro de un año y seis meses, en pleno proceso nacional de Elecciones, Montesinos Torres volverá a la calle, sin que nada se lo pueda impedir, pues habrá cumplida todas y cada una de las condenas que se le ha impuesto o se le podría imponer por delitos de corrupción de funcionarios y graves violaciones a los derechos humanos.

Al igual que sucedía con Rivero Lazo, en la sentencia por la desaparición forzada y ejecución extrajudicial de Fortunato Gómez Palomino, caso «El Evangelista», el Poder Judicial rechazó la refundición de penas y estableció que esta condena se cumple independientemente, a partir de su propio mandato de detención, que para este crimen fue el 29 de enero de 2008.

De tal manera que, la sentencia del caso Gómez Palomino se cumplían el año 2031, recién dentro de nueve años. En el caso de Rivero Lazo hasta diciembre de 2031 y para el caso de Montesinos, agosto de 2031. Ambos recurrieron a la vía constitucional, que en primer y segunda instancia, les dijeron no.

Las llaves a la libertad del Tribunal Constitucional

Sentencia del TC facilita la libertad de Vladimiro Montesinos

Sentencia del TC facilita la libertad de Vladimiro Montesinos

Juan Rivero Lazo llegó primero al Tribunal Constitucional. Montesinos está en la antesala del TC. Al ser casos similares, deben tener respuestas similares. En este sentido, la sentencia a favor de Rivero Lazo crea un precedente jurisdiccional y permite conocer que es lo que piensan los jueces sobre la refundición de penas, sobre lo que en el Poder Judicial hay opiniones contradictorias.

En algunos casos, por ejemplo, en la sentencia anticipada del caso Caraqueño-Pativilca (6 asesinatos) y La Cantuta (10 asesinatos y desaparición forzada), la Cuarta Sala Penal Nacional Liquidadora si acogió la refundición de pena, por lo que dio por cumplida la condena impuesta a Vladimiro Montesinos de 19 años y 8 meses de prisión, contados desde que ingresó a prisión, en junio del 2001.

Lo mismo sucedió respecto de la condena por el secuestro y asesinato de Mariella Barreto Riofano, una agente del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE) acusada y ejecutada extrajudicialmente por revelar los crímenes del Grupo Colina y los planes que tenía para matar a periodistas detractores del Gobierno de Alberto Fujimori.

Al respecto el TC precisa que «la refundición de la pena es un instituto jurídico (…) que tiene como función unificar sentencias recaídas en procesos distintos, que, referidas a hechos vinculados por algún factor de conexión, debieron haber sido objeto de un solo proceso, pero que, por algún tratamiento incidental, no lo fueron. En virtud de ello, se acumulan las causas y, por ende, se tiene una sola pena».

Tribunal Constitucional anula condena contra Vladimir Cerrón por caso Aeródromo Wanka

El Tribuna Constitucional (TC) falló a favor de un habeas corpus presentado por la defensa de Vladimir Cerrón y anuló la condena de 3 años 6 meses dictada en su contra el 6 de octubre de 2023 por el caso Aeródromo Wanka.

El máximo órgano constitucional, indica en su resolución que la justicia ordinaria obvió pronunciarse sobre un recurso de excepción de la accion penal presentada procesado y emitió sentencia, «lo que implica una clara vulneración del derecho a la debida motivación de las resoluciones judiciales».

Por eso motivo, el TC dispone que el Poder Judicial emita una nueva resolución sobre este caso. 

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Congreso no alcanzó los 87 votos para aumentar a nueve el número de miembros del Tribunal Constitucional

Este viernes el Pleno del Congreso aprobó con 70 congresistas a favor la primera votación de la ley que aumenta de siete a nueve el número de magistrados del Tribunal Constitucional (TC). No hubo consenso para lograr los dos tercios necesarios.

Como se trata de una reforma constitucional, el dictamen necesitaba que, como mínimo, 87 parlamentarios respalden el proyecto. En vista que no alcanzó ese número, le queda dos caminos a esta contrarreforma: se somete a referéndum o deberá volverse a votar.

No fue suficiente con que las bancadas de Fuerza Popular, Alianza Para el Progreso, Podemos Perú, Perú Libre, Bloque Magisterial, Acción Popular, Avanza País, Renovación Popular y Somos Perú apoyen este zarpazo.

Las agrupaciones de izquierda como Juntos por el Perú, Bloque Democrático Popular y la Bancada Socialista se opusieron a esta propuesta de ley. Además, el grupo Honor y Democracia votó en abstención.

Esa oposición fue vital para frenar el intento del fujimorismo, APP y sus aliados.

El fujimorismo y sus bancadas satélites, sin embargo, no permitirán que esta contrarreforma constitucional pase por un referéndum. Al cierre de esta nota, el congresista de Fuerza Popular, César Revilla, presentó un pedido de reconsideración para volver a votar esta ley.

Así, los promotores de esta norma buscarán alcanzar los 87 votos a toda costa.

 Pedido de reconsideración del fujimorismo

Pedido de reconsideración del fujimorismo

Un TC a medida del Congreso

El dictamen también planteaba que el Congreso bicameral – mediante el Senado – pueda ratificar por un periodo más a los actuales miembros del Tribunal Constitucional.

Esa modificación fue impulsada por la congresista del Bloque Magisterial, Elizabeth Medina. El presidente de la Comisión de Constitución, Fernando Rospigliosi, de Fuerza Popular, incluyó dicha iniciativa en el texto sustitutorio.

Intenciones al descubierto

Este intento por cambiar la composición del Tribunal Constitucional comenzó luego de que el Congreso salió derrotado en una demanda competencial contra el Poder Judicial que buscaba ratificar la inhabilitación de los magistrados de la Junta Nacional de Justicia, Inés Tello y Aldo Vásquez.

Además, según Hildebrandt en sus Trece, la otra razón de fondo es que Fuerza Popular busca aumentar el número de miembros del tribunal con la expectativa de que dicha institución excluya a su lideresa Keiko Fujimori del Caso Cócteles.

Por eso que, durante el debate en el hemiciclo, la congresista del Bloque Democrático Popular, Ruth Luque, sostuvo que ese proyecto de ley apunta a que el TC pueda revertir decisiones a favor de los intereses de la coalición que gobierna en el Congreso.

«Hay razones políticas detrás. Porque lo que están incorporando es que el extremo de la modificación entra en vigor al día siguiente de su publicación. No hay interés de mejorar la justicia, hay un interés de copar», sostuvo la congresista Luque.

Como se sabe, el Congreso tiene la potestad de elegir a los miembros del Tribunal Constitucional, que actualmente son siete. La propuesta de la Comisión de Constitución va a generar que una vez aprobada, el Parlamento de inmediato deba designar a dos nuevos tribunos.

Por ahora, el debate no está resuelto. Con la reconsideración del fujimorista Revilla, la Mesa Directiva deberá someter a debate otra vez el dictamen. El Congreso está contra el reloj porque la legislatura termina este 15 de diciembre.

 Congresista Fernando Rospigliosi, promotor del dictamen sobre el TC.

Congresista Fernando Rospigliosi, promotor del dictamen sobre el TC.

Segundo fracaso del Congreso

Es el segundo tropiezo del Congreso esta semana con sus intentos de modificar la Constitución. El jueves, el Pleno tampoco alcanzó los dos tercios para ratificar la ley que permite la reelección inmediata de alcaldes y gobernadores y elimina los movimientos regionales.

Al igual que en esa ocasión, el bloque de izquierda y de la oposición fueron determinantes para frenar el intento de Fuerza Popular, APP y Perú Libre de modificar la Constitución.

Abogada de Antauro Humala confirma reunión con presidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco

Carmen Huidobro, abogada de Antauro Humala, quien purgó prisión por el caso ‘Andahuaylazo’, confirmó a RPP que ella y su patrocinado se reunieron con la presidenta del Tribunal Constitucional (TC), Luz Pacheco Zerga, el pasado 21 de octubre.

De acuerdo con el portal de Transparencia del TC, la “reunión de trabajo” se desarrolló entre las 3:55 p.m. y las 4:20 p.m. en la sede del TC, ubicada en el distrito limeño de San Isidro.

Registro del portal de Transparencia de TC.
Registro del portal de Transparencia de TC.Fuente: Captura de pantalla

En comunicación con RPPHuidobro ratificó el encuentro y dijo que se conversó sobre la revisión pendiente de un caso relacionado con los hechos ocurridos en Andahuaylas a inicios de enero de 2005.

La abogada del líder etnocacerista sí negó que se haya platicado sobre el proceso legal que está en curso en la Corte Suprema sobre el partido Alianza Nacional de Trabajadores Agricultores Universitarios Reservistas y Obreros – A.N.T.A.U.R.O., en el que la Fiscalía pide la disolución de la organización política.

“En esa reunión con la doctora Luz Pacheco no se habló nada del caso del partido, solamente se habló del recurso de revisión, que fue declarado improcedente por la Sala Permanente de la Corte Suprema”, comentó.

“También se le hizo saber que la Corte Suprema no tramitó la revisión que estaba acompañada de muchas pruebas que demostraban que, en Andahuaylas, en enero 2005, hubo un crimen de Estado cometido por las fuerzas del orden”, agregó.

Presidenta del TC se pronuncia sobre reunión 

Por su parte, la magistrada Luz Pacheco, en comunicación con RPP, manifestó que recibe a todos los que le solicitan una cita. También dijo que fue una conversación breve y negó que haya conversado alrededor de media hora con Antauro Humala y su defensa legal.

“He pedido los tiempos exactos de la reunión en mi oficina, pues la conversación fue breve. Mi deber es escuchar; recibir a alguien no quiere decir fallar a su favor”, alegó.

La titular del TC, quien se encuentra en el extranjero, indicó que el caso de Antauro Humala recién ha ingresado al organismo constitucional.

Alertan que el Tribunal Constitucional puede validar la aplicación obligatoria de la ley de impunidad

Con la composición de este Tribunal Constitucional (TC) – elegido por de este Congreso – no existen garantías de que la ley de impunidad para delitos de lesa humanidad sea declarada inconstitucional, según los abogados constitucionalistas Heber Campos y Beatríz Ramírez.

Recordemos que el Ministerio Público (MP) anunció que presentará una demanda de inconstitucionalidad ante el TC contra esta ley, pero esa acción podría caer en saco roto.

Campos y Ramírez explicaron que los votos necesarios para que el TC declare fundada la demanda (y por ende se considere inconstitucional esta ley) son cinco.

Ley de impunidad a salvo por falta de votos en el TC

«La ley orgánica del Tribunal Constitucional establece que para que se declare fundada la demanda, se requiere una mayoría calificada, se necesitan cinco votos de los siete, si solo cuatro están a favor y tres en contra, el criterio de esos tres es lo que vale», explicó Campos.

Y es complicado, consideró, que en el TC exista una mayoría calificada de cinco magistrados que fallen en contra de esta ley.

La abogada Ramírez recordó que en el caso de la contrarreforma universitaria sucedió lo mismo. La Defensoría del Pueblo interpuso una acción de inconstitucionalidad contra esa ley y el TC terminó declarando infundada la demanda.

«Con la mayoría de este TC es iluso (y un error) plantear demandas de inconstitucionalidad que busquen realmente controlar normas consideras lesivas. La prueba: así lo entendieron los congresistas que aprobaron la ley 31520 sobre reforma universitaria», rememoró.

Cabe el riesgo que se repita la historia con la ley de impunidad que impulsaron los congresistas de Fuerza Popular, Fernando Rospigliosi, y de Honor y Democracia, José Cueto.

Jueces no podrá inaplicar ley

De ser declarada infundada la demanda del MP, habrá un impacto negativo, según Campos y Ramírez, sobre el control difuso de los jueces en casos de presuntas violaciones de derechos humanos.

«Este tema del control difuso es básicamente cuando el juez decide inaplicar una norma en un caso concreto, a pesar de que la norma es pertinente para el caso porque contempla un supuesto de hecho. El juez decide inaplicarla porque es contraria a la Constitución», dijo Campos.

En caso el TC, advirtió, rechace la demanda del MP, los jueces no podrán ejercer el control difuso debido a que esa ley será declarada constitucional y estarán obligados a aplicarla. “El código procesal constitucional señala que cuando el tribunal ha confirmado su validez, luego los jueces no pueden inaplicarla”, recalcó Campos.

«Si el TC se pronuncia eso vincula a todo el mundo, incluido el Poder Judicial. Así lo entendieron en la ley 31520. Por eso no hay esperanza de control de normas contra intereses de este Congreso en este TC», lamentó Ramírez.

Derechos humanos en juego

Que el Tribunal Constitucional declare la validez de la ley sobre lesa humanidad, advirtió Campos, «estaría yendo en contra de los compromisos internacionales que ha adoptado el Estado peruano en materia de protección de derechos humanos».

«No es la primera vez que tendrías una decisión del TC que no respeta estándares internacionales», lamentó Ramírez.

Para Campos, por eso, antes que una demanda de inconstitucionalidad, la solución sería que los fiscales en casos concretos soliciten a los jueces aplicar el control difuso sobre esta ley.

«Por eso parece tener más sentido que el Poder Judicial la inaplique en cada caso concreto o que el futuro Congreso la derogue por ser contraria a la Constitución. Sobre todo porque no se debe olvidar que esta ley es solo una interpretación del Congreso«, precisó.

Al cierre de esta nota, el Ministerio Público aún no enviaba la demanda de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional.

Poder Ejecutivo se lava las manos

Quienes no han reflexionado son los ministros de Estado. El titular de Justicia, Eduardo Arana, cuando fue abordado por la prensa sobre esta ley se lavó las manos. «Hay que precisar que esta ley no ha sido promulgada por el Gobierno, fue promulgada por el Congreso«, respondió.

Lo cierto es que el Ejecutivo tampoco presentó observaciones a esta norma, eso dejó la puerta abierta a que el presidente del Parlamento, Eduardo Salhuana, pida su promulgación automática.

«La posición del Gobierno es de cumplimiento a las normas que el Congreso expide», dijo Arana.

Obispos rechazan la ley de Rospigliosi y Cueto

El Consejo Permanente de la Conferencia Episcopal Peruana (CEP) calificó esta norma de inaceptable. «Queremos manifestar nuestro profundo desconcierto y desilusión, porque de esta manera, una vez más, con esta decisión se está sacrificando el respeto a la vida y la defensa de la justicia, causando un irreparable daño a las víctimas de la violencia», manifestó el presidente de la CEP, Miguel Cabrejos.