Perú tacha de «inaceptable» que le prohíban fiscalizar megapuerto construido por naviera china Cosco

El presidente del Consejo de Ministros de Perú, Ernesto Álvarez, ha calificado de “inaceptable” que el estatal Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositran) no pueda supervisar el megapuerto de Chancay, después de que el Poder Judicial ordenara a este organismo regulador abstenerse de controlar esta infraestructura controlada por la empresa china Cosco Shipping Lines.

“Nos preocupa que siendo un puerto sumamente importante para el Perú y para el íntegro del comercio en el Pacífico, pueda haber algún aspecto de la actividad o una parte, ya sea del mar o del territorio mismo, de las instalaciones portuarias, que no puedan ser materia de supervisión por el órgano regulador”, afirmó en un comunicado publicado por el Gobierno peruano.

Ante esta situación, Álvarez avanzó que el Ejecutivo apelará el fallo, y si no consigue una respuesta favorable, analizará la presentación de un recurso ante el Tribunal Constitucional.

Tensión en Perú por megapuerto de Chancay, propiedad de naviera china Cosco

“El Tribunal Constitucional no solo se limita a las cláusulas de índole civil o de derecho marítimo, es el principal defensor de la Constitución y, por tanto, de la soberanía nacional. Además, hay que tener en cuenta un tema muy importante. No hay contrato civil alguno que pueda estar por encima de la Constitución”, recalcó.

El Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima declaró fundado un recurso de amparo presentado en 2024 por Cosco Shipping Lines contra el Ositran por supervisar el puerto, puesto que consideraba que este vulneraba sus derechos de control.

El conocido como Megapuerto de Chancay está controlado por Cosco Shipping, que ostenta el 60% de la infraestructura, y por la minera peruana Volcan Compañía Minera.

Debido a la presencia china en un puerto tan relevante para la región, Estados Unidos expresó su “preocupación” por la posible pérdida de poder por parte de Perú para supervisar una de sus infraestructuras y advirtió de que “el dinero chino barato cuesta soberanía”.

Por su parte, un portavoz del ministerio de Asuntos Exteriores de China afirmó que “China se opone firmemente y deplora las falsas acusaciones y la desinformación de Estados Unidos contra el Puerto de Chancay”.

Respecto a estas declaraciones, el presidente del Consejo de Ministros peruano resaltó que China es su “principal socio comercial en este momento” y Perú mantiene con Estados Unidos “una relación de estrategia y hemisférica” porque “encarna los valores y los principios en los cuales se construyó la sociedad peruana”.

ONPE brindó asistencia técnica electoral al Colegio de Abogados de Lima

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) brindó asistencia técnica al Comité Electoral del Colegio de Abogados de Lima (CAL), que organizó la elección del representante de este colegio ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para el periodo 2026 – 2030. Once candidatos compitieron en el proceso, gracias al cual el Colegio de Abogados de Lima (CAL) podrá ocupar el espacio que le corresponde en el pleno del JNE.

Los comicios se llevaron a cabo con normalidad el domingo 15 de febrero, desde las 8 a. m. hasta las 4 p. m. Fueron convocados a votar los 96,000 agremiados que se encontraban en el padrón electoral del CAL. Para ellos se instalaron, en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM), las 134 mesas de sufragio previstas.

Con respecto a la asistencia técnica, es un servicio que la ONPE proporciona gratuitamente a entidades públicas y privadas que la solicitan, y consiste en consejería especializada para el planeamiento de todas las etapas de un proceso electoral interno. No incluye la capacidad de tomar decisiones ni de resolver reclamos. Tampoco, veeduría, supervisión, observación ni fiscalización electoral.

El Comité Electoral del Colegio de Abogados de Lima –organizador de los comicios– estuvo conformado por Tania Sandra Paliza Toscano (presidenta), Pablo Sánchez Diaz (secretario) y André Delia Muñoz Muñoz (vocal).

En diciembre del año pasado, dicho Comité solicitó asistencia técnica a la ONPE. Por esa razón, especialistas del ente público capacitaron a abogados que debían cumplir la función de miembros de mesa, dándoles a conocer los procedimientos que se aplican durante la instalación de la mesa, la votación y el escrutinio.

La asistencia técnica también incluyó la revisión del reglamento partidario, el diseño del material electoral usado en los comicios y el acompañamiento a lo largo de todo el proceso de sufragio

TC evaluará este martes 17 de febrero la demanda competencial presentada por el JNE contra el Poder Judicial

El Tribunal Constitucional (TC) evaluará este martes 17 de febrero la demanda competencial que presentó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) contra el Poder Judicial, en defensa de las competencias que la Constitución le asigna al ente electoral. 
 
En una audiencia a realizarse desde las 9:15 a. m. en su sede ubicada en el distrito limeño de San Isidro, el pleno del máximo intérprete de nuestra carta magna analizará el recurso que interpuso la Procuraduría Publica del Jurado Nacional de Elecciones, el 12 de spetiembre del 2025, luego de que el Poder Judicial emitiera una resolución en la que ordenaba la inscripción de la organización política Unidad Popular del exmagistrado Duberlí Rodríguez para que pudiera participar en los comicios generales del 2026.
 
El pleno del Tribunal Constitucional también deberá escuchar este martes los argumentos del representante de la Procuraduría Pública del Poder Judicial  y de Duberlí Rodríguez, personero legal de la organización política Unidad Popular, en su condición de tercero con interés en el resultado del proceso, a fin de poder emitir una sentencia al respecto en los próximos días.
 
En esta demanda competencial se requiere que se declare que el Jurado Nacional de Elecciones posee competencia exclusiva para mantener y custodiar el Registro de Organizaciones Políticas, velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral – competencias asignadas, respectivamente por los numerales 2,3 y 4 del artículo 178 de la Constitución- y, por lo  tanto, se disponga lo siguiente:
 

  • Que las resoluciones emitidas por el pleno del Jurado Nacional de Elecciones en material electoral no son revisables en sede judicial conforme a lo establecido por los artículos 142 y 181 de la Constitución Política del Perú.
  • Que la interposición de una demanda de amparo no suspende el cronograma electoral iniciado, el cual deberá continuar su curso inexorablemente, más aún si este se encuentra regido por el principio de preclusión electoral.
  • Que en el caso de que se observe la vulneración de algún derecho fundamental, el proceso de amparo solo tendrá por objeto determinar las responsabilidades que hubiera lugar, puesto que al haber precluido alguna etapa o hito electoral, la misma devendría en irreparable, ya que se deberá ponderar el principio y derecho a la seguridad jurídica, así como el normal desarrollo del proceso electoral.
  • Que al amparo de lo establecido en el artículo 178, numeral 4, de la Constitución concordante con la jurisprudencia reiterada del Tribunal Constitucional, se establezca que el Jurado Nacional de Elecciones es el supremo intérprete del derecho electoral.

Keiko Fujimori no informó en su hoja de vida sobre sus vínculos con dos empresas

La lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, habría presentado información falsa —u omitido datos— sobre su vínculo con dos empresas, según un informe de fiscalización del Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro de cara a las Elecciones 2026.

El JEE indicó que en el Rubro VIII – Declaración Jurada de Ingresos de Bienes y Rentas; Bienes Muebles del Declarante y Sociedad de Gananciales – Ítem Titularidad de Acciones y Participaciones, la candidata presidencial consignó que no tenía información por declarar.

Sin embargo, de acuerdo con el informe 000007-2026-LHD-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE elaborado el 11 de febrero, el JEE solicitó a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (SUNARP) información empresarial sobre Fujimori Higuchi.

En ese sentido, la Sunarp alertó que la lideresa fujimorista registraría participación en la empresa SUMMIT PRODUCTS S.A.C. con 3.500 acciones y en KYARA9 E.I.R.L. (empresa de su hija Kyara Vilanella), en la cual figura como titular y gerente. Es preciso resaltar que la primera empresa fue dada de baja en 2009.

«Por lo tanto, habría una falsedad de información prevista en el inciso 6 del numeral 23.3 del artículo 23 de la LOP o la incorporación de información falsa en la DJHV, de acuerdo al reglamento de inscripción de listas de candidatos para las Elecciones Generales 2026, aprobado mediante Resolución N.° 0164-2025-JNE», señala el JEE.

En consecuencia, de acuerdo con el artículo 23 de la Ley de Organización Política (LOP), de comprobarse la presunta falsedad de información, se procedería con la corrección en la DJHV del candidato, se impondrá una multa que oscila entre 1 y 10 UIT y se remiten los actuados al Ministerio Público para que actúe conforme a sus atribuciones.

Asimismo, se requirió que el personero legal del partido presente información para esclarecer los hechos.

 Conclusión del informe 000007-2026-LHD-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE del JEE Lima Centro 1

Conclusión del informe 000007-2026-LHD-JEELIMACENTRO1-EG2026/JNE del JEE Lima Centro 1

Fuerza Popular respondió

A través de un oficio, el personero legal del partido solicitó que se realice una anotación marginal en la Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV) de Keiko Fujimori sobre sus ingresos percibidos durante el 2024.

Por ello, se pidió que se consigne un concepto extra relacionado con rentas de 3.ª categoría por S/45.597. Si bien el partido indicó que Fujimori cumplió con declarar toda la información exigida por normativa electoral y conforme aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), consideraron importante presentar dicho requerimiento de los ingresos que tuvo la candidata.

Asimismo, se solicitó añadir una anotación sobre las empresas KYARA29 EIRL, relacionada con la hija de Keiko Fujimori, Kyara Vilanella; y SUMMIT PRODUCTS SAC, empresa creada en 2001 y que se encuentra dada de baja en SUNAT desde el 2009.

«Este pedido no se da en virtud de que haya existido una omisión de nuestra candidata, sino que conforme a las exigencias del formato de la DJHV (…) no era necesario registrar dicha información, por lo que muy respetuosamente se sugiere tener en cuenta esta incidencia para ser corregida en un futuro y, sin perjuicio de ello, incluir una anotación marginal a pedido de parte de la información antes mencionada», se lee en el documento.

 Descargos de Fuerza Popular

Descargos de Fuerza Popular

JEE remitió otro informe

El JEE también elaboró un informe sobre la solicitud de anotación marginal de Fujimori Higuchi. Al respecto, el ente electoral concluyó que los datos que se piden incorporar no fueron consignados oportunamente en la DJHV de la candidata.

Además, el organismo recalcó que era obligatorio presentar dicha información en su momento.

Asimismo, alertó que se dejó constancia en el informe 000007-2026-LHDJEELIMACENTRO1-EG2026/JNE que no consignó la participación empresarial de la candidata presidencial, «por lo que la materia objeto de la presente solicitud ha sido previamente puesta en conocimiento del Pleno».

«En tal sentido, corresponde al Jurado Electoral Especial Lima Centro 1 evaluar lo pertinente en el marco de sus competencias», finaliza el informe la fiscalizadora Liliana Herrera.

 Segundo informe del JEE

Segundo informe del JEE

«La incorporación de ingresos y participación societaria no declarados originalmente no constituiría una precisión formal, sino una modificación sustancial del contenido patrimonial de la declaración jurada de la candidata, lo cual excede los supuestos habilitantes de anotación marginal previstos en el artículo 14 del Reglamento de DJHV», resalta el JEE en otro informe.

Enfen: El Niño costero se iniciaría en marzo y se prolongaría hasta noviembre

La Comisión Multisectorial del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (Enfen) advierte que el desarrollo de El Niño costero empezaría a partir de marzo y persistiría hasta noviembre, por lo que dispuso la activación del estado de «alerta de El Niño costero».

Es más probable que predominen condiciones cálidas de magnitud débil durante la mayor parte del evento y puede alcanzar una magnitud moderada en julio, según el análisis de las condiciones oceánicas y atmosféricas observadas hasta la fecha, así como la evaluación de los pronósticos de los modelos climáticos nacionales e internacionales actualizados.

Por otro lado, en el Pacífico central (región Niño 3.4), la condición neutra es más probable que continúe hasta mayo de 2026. A partir de junio es más probable el desarrollo de El Niño en esta región, con magnitud débil, señala el último comunicado oficial del Enfen.

El pronóstico vigente de febrero-abril 2026 advierte de precipitaciones entre normal a sobre lo normal en la costa norte en promedio, donde no se descartan episodios de lluvias de moderada a fuerte intensidad, en especial durante marzo y abril, así como temperaturas del aire por encima de los rangos normales en la costa norte.

Respecto al pronóstico hidrológico, se prevé que predominen caudales sobre lo normal en la vertiente del Pacífico sin descartar eventos de crecidas repentinas.

Sobre los recursos pesqueros, se espera que para las próximas semanas los indicadores reproductivos de la anchoveta continúen mostrando el incremento de sus procesos de maduración gonadal y desove. Además, se prevé que continúe la disponibilidad de bonito y perico (recursos transzonales) frente a la costa peruana.

Reducción del riesgo

Enfen recomienda a los tomadores de decisiones adoptar medidas orientadas a la reducción del riesgo de desastres, así como acciones de preparación para la respuesta ante peligros inminentes, emergencias o desastres.

Asimismo, se sugiere dar seguimiento constante a los avisos meteorológicos y pronósticos estacionales para las acciones correspondientes. Se exhorta a la población a mantenerse informada a través de las fuentes oficiales del Enfen.

La Comisión Multisectorial del Enfen continuará monitoreando la evolución de las condiciones oceánicas, atmosféricas y biológicas-pesqueras, y, a partir de ello, actualizará las perspectivas. La emisión del próximo comunicado oficial ordinario será el viernes 27 de febrero de 2026.

Casi la mitad de la carga del Puerto de Chancay es a través de transbordo: así avanza como hub regional peruano en su primer año

El primer año de operación del megapuerto de Chancay ratifica su progresivo posicionamiento como hub portuario regional, sustentado principalmente en la elevada participación del transbordo dentro de sus operaciones y en su rápida incorporación al ranking nacional de movimiento de contenedores (TEU). En ese marco, el terminal se ubica actualmente en el cuarto lugar a nivel nacional en volumen total de TEU movilizados, solo por detrás de APM Terminals y DP World —ambos en el Callao— y del puerto de Paita.

Así lo señala el informe “Puerto de Chancay en su primer año conectado al mar, ¿de espaldas a la ciudad?”, elaborado por el Centro de Estudios sobre China y Asia-Pacífico (CECHAP) de la Universidad del Pacífico, que precisa que el 45,5% de las operaciones del puerto corresponde a transbordos. Entre noviembre de 2024 y noviembre de 2025, Chancay movilizó 286.255 TEU, de los cuales 130.232 TEU se explican por este tipo de operaciones, canalizadas a través de tres servicios transpacíficos y tres servicios ‘feeder‘[encargadas de la redistribución regional].

En lo que respecta a las rutas transpacíficas, que articulan itinerarios internacionales de larga distancia, cada servicio cumple un rol diferenciado dentro de la estrategia operativa del terminal. De este modo, la WSA5, única ruta con tramo directo Chancay–Shanghái, prioriza los embarques, fundamentalmente exportaciones, y en segundo término el transbordo. En contraste, en las rutas WSA3 y WSA4 (ACSA1) predomina la descarga, es decir, las importaciones, por encima tanto del transbordo como de los embarques. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»

De manera complementaria, las rutas ‘feeder’, encargadas de la redistribución regional y que conectan Chancay con puertos como Callao, Paita, Iquique, Guayaquil y Balboa, concentran la mayor parte de su carga en operaciones de transbordo (83%), según datos de la Autoridad Portuaria Nacional analizados por el Observatorio de Chancay. Este patrón operativo refuerza el rol del megapuerto como nodo de conexión y redistribución logística a escala regional.

El contralor César Aguilar calificó la situación como delicada y señaló que la intervención en Chancay busca esclarecer supuestas irregularidades que se identificaron. (Imagen: Andina)
En este contexto, “lo principal que está moviendo el puerto de Chancay es el transbordo en las terminales de contenedores”, lo que evidencia que “sí está cumpliendo ese rol de hub”, sostuvo Omar Narrea, investigador de CECHAP. De no contar con este componente, añadió, el volumen total de carga sería significativamente menor, lo que confirma que Chancay no depende exclusivamente del comercio exterior peruano, sino que ha configurado una red logística orientada también a atender la demanda de los países vecinos.

De hecho, aunque el megapuerto ocupa hoy el cuarto lugar en el movimiento total de TEU, en el segmento específico de contenedores de transbordo ya se posiciona en el tercer lugar, únicamente por detrás de los terminales del Callao. En esa línea, el reporte advierte que, si se mantiene una participación de transbordo cercana al 46%, cuando el terminal alcance su meta de 1 millón de TEU en el corto plazo, podría superar a APM Terminals y consolidarse como el segundo puerto de transbordo del país.

Desarrollo rezagado en la zona de influencia
No obstante, este desempeño a nivel de negocio —que incluye, además, un importante resultado en términos de recaudación—, el avance del megapuerto no ha sido acompañado al mismo ritmo por mejoras en la infraestructura local ni por la ejecución de proyectos que potencien a Chancay como ciudad y a su entorno inmediato.

Entre las principales brechas pendientes figura la Cartera de Inversiones Estratégicas Territoriales (CIET), que agrupa 21 proyectos valorizados en S/ 820 millones y que, según el Observatorio, permanece “en rojo” debido a la ausencia de presupuesto asignado. Esta situación retrasa intervenciones clave para la consolidación urbana y de servicios en la zona de influencia del puerto.

La Contraloría General de la República iniciará control en el megapuerto de Chancay por incongruencias encontradas.(Imagen: Andina)
A ello se suma el limitado avance en las vías de acceso, un factor crítico ante el crecimiento del flujo logístico. La Vía de Evitamiento Chancay–Chancayllo, destinada a desviar el tránsito de camiones del centro urbano, continúa entrampada en controversias sobre su trazo; mientras que el Par Vial Serpentín–Variante Pasamayo se mantiene en etapa de estudios de ingeniería, sin fecha definida para el inicio de obras.

Estas carencias cobran mayor relevancia si se considera que, solo en el primer año de operación, se estima un incremento de 248.128 camiones asociados a la carga del puerto y un aumento del tráfico vehicular de entre 5% y 11% en los peajes Paraíso, Serpentín de Pasamayo y Variante de Pasamayo. Asimismo, el Observatorio proyecta que alcanzar los 500.000 TEU en el corto plazo (2026–2027) implicaría el tránsito de alrededor de 433.000 camiones, intensificando aún más la presión sobre la red vial.

(Foto: El Comercio)
A este escenario se añade el rezago en la agenda ferroviaria y en la aprobación de instrumentos de planificación urbana, como el PDU de Chancay, el PDU de Aucallama y el Plan de Acondicionamiento Territorial de Huaral, lo que desincentiva nuevas inversiones ante la falta de definiciones claras sobre zonificación y uso de suelo.

“En el eje de ciudad y ciudadanía se creó el Fondo Social de Chancay, que capta el 20% de la recaudación aduanera; sin embargo, aún no cuenta con reglamento. Asimismo, se creó una Autoridad Nacional de Infraestructura para invertir en Chancay, pero hoy está descabezada por la dinámica política”, recordó Narrea.

Recaudación en alza
Paradójicamente, una de las primeras respuestas del Estado fue la implementación de la Intendencia de Aduana de Chancay dentro del propio puerto, un caso singular en el sistema portuario peruano. A través de esta dependencia, entre noviembre de 2024 y noviembre de 2025 se recaudaron S/ 939.7 millones, con una tendencia creciente y un pico mensual de S/ 121 millones en octubre. En el mismo periodo, la Participación de la Renta de Aduanas (PRA) de Chancay acumuló S/ 23,6 millones, de los cuales el 20% corresponde al Fondo Social de Chancay y el 80% a los distritos de la provincia de Huaral.

Sin embargo, el Observatorio advierte que iniciativas como las zonas económicas especiales o la eventual aplicación del régimen tributario de la Amazonía a operaciones canalizadas por Chancay podrían reducir la recaudación aduanera y, con ello, tanto la PRA como los recursos del Fondo Social.

Al respecto, Narrea advirtió que este esquema solo será sostenible si las zonas económicas especiales se orientan a generar valor para mercados externos, y no se limitan a la importación para consumo interno, ya que ello podría erosionar la recaudación aduanera. «Diario El Comercio. Todos los derechos reservados.»