Ositrán insiste en regular el puerto de Chancay: apelación ya está en el Poder Judicial

Como se recuerda, el Poder Judicial (PJ) determinó, en primera instancia, que el regulador no podía supervisar al terminal de Cosco Shipping, salvo en lo referido a tarifas si es que el Indecopi determinaba que competía con el puerto del Callao.

Ahora, según Ositrán, su defensa se sustenta en la competencia regulatoria basada en el uso público de la infraestructura. Argumenta que su intervención no depende de la existencia de un contrato de concesión, ni de la titularidad del puerto, sino del carácter de uso público de su infraestructura.

“Constituye un precedente relevante al tratarse de una infraestructura con habilitación portuaria similar a la del terminal portuario de Chancay y respecto del cual, el Ositrán sí viene ejerciendo sus competencias”, afirmaron.

De acuerdo con el regulador, este caso resulta clave para el análisis jurídico, al evidenciar que infraestructuras de similar calificación se encuentran sujetas al marco regulatorio vigente, precisando que la normativa debe ser uniforme y que ninguna empresa puede pretender interpretaciones particulares de la ley, que generen excepciones al régimen regulatorio establecido.

Enfatizó que su labor se orienta a verificar que los servicios se brinden en condiciones idóneas y de igualdad de trato, que los usuarios sean debidamente informados y cuenten con mecanismos para presentar reclamos en casos de disconformidad elementos claves para asegurar la calidad del servicio y la protección del interés público.

Ositrán: «Ahora que hemos leído la demanda de Cosco, concluímos que sí existe una vulneración a la soberanía del Perú»

— ¿Confía en un fallo favorable de segunda instancia que restituya a Ositrán sus funciones en el puerto de Chancay?

Sí, por supuesto. Yo confío en que finalmente se va a hacer justicia con este tema. La primera instancia la ha resuelto un juez que, en nuestra opinión, sí tenía toda la información, pero ha dado un análisis muy particular. En segunda instancia son tres magistrados en la Corte Superior y hay mayor posibilidad de análisis y que todo eso se revierta.

— ¿Qué argumento jurídico debería pesar ante el Poder Judicial?

El principal fundamento es que así lo manda la ley de forma expresa, tanto en la Ley del Sistema Portuario Nacional, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley marco de los Organismos Reguladores y en las propias leyes de Ositrán.

Segundo, por una razón económica porque esto se califica como un monopolio natural, debido a que es una infraestructura que tiene altos costos hundidos, donde se genera asimetría de información hacia usuarios y puede existir abuso de poder monopólico. En el Perú no existe un monopolio natural “suelto”, sin una supervisión adecuada del Estado.

— Más allá del control tarifario, ¿Ositrán tiene competencia para supervisar la calidad del servicio y las condiciones de infraestructura de uso público?

Sí. Por el artículo 63 del Código del Consumo, los organismos reguladores reciben todas las funciones vinculadas a los derechos de los usuarios. El Indecopi supervisa a todos los consumidores, pero menos a los usuarios de servicios que están bajo la competencia de los reguladores. Eso implica supervisar la idoneidad del servicio.

Nosotros verificamos que el usuario reciba el servicio en las condiciones que contrataron y que el usuario esté informado y tenga un procedimiento de reclamos, que eso tampoco está sucediendo aquí porque actualmente, Cosco no cumple las normas de Ositrán respecto al procedimiento de reclamos, donde somos segunda instancia.

“Si fuera cierto, la APN resolvería reclamos de segunda instancia desde hace años»

— Cosco sostiene que están regulados por la Autoridad Portuaria Nacional (APN) que pueden ver reclamos. ¿La APN tiene funciones regulatorias equivalentes a Ositrán?

No. La Ley Orgánica del Poder Ejecutivo señala claramente que no puede haber duplicidad de funciones en los organismos del Estado. Las funciones de la APN son muy diferentes a las de un regulador y están vinculadas a temas operativos que tienen que ver con la coordinación del sistema portuario.

En el tema de usuarios, como cualquier entidad que está en el puerto, tiene que velar por el cumplimiento de los derechos laborales o derecho de usuarios, pero ese «velar», no les otorga la competencia para tener un procedimiento de reclamos de usuarios, ni menos una segunda instancia, porque actualmente no lo tiene.

Verónica Zambrano sostiene que la Autoridad Portuaria Nacional (APN) no tiene funciones regulatorias ni segunda instancia en reclamos de usuarios.

Verónica Zambrano sostiene que la Autoridad Portuaria Nacional (APN) no tiene funciones regulatorias ni segunda instancia en reclamos de usuarios.

Es muy fácil demostrar que los señores de la empresa Cosco Shipping están hablando cosas falsas. Si fuera cierto, la APN estaría resolviendo reclamos de segunda instancia desde hace años. Nunca lo ha tenido.

— ¿Revisaron la demanda?

Ayer (anteayer) que revisamos la demanda que ya nos fue notificada, analizábamos que en el fondo esto sí tiene que ver con soberanía.

Al comienzo nos hemos resistido a usar esta palabra porque entendíamos que salíamos un poco de nuestro fuero técnico, pero ahora mirando todo lo que dice esta sentencia y todo lo que ellos pretenden lograr, efectivamente sí existe una vulneración a nuestra soberanía, porque esta no es un concepto retórico, sino que es un principio que ante todo impone el respeto al Estado, a las leyes que este establece en su territorio.

Ellos están en territorio peruano y ocupan un espacio de 180 hectáreas de mar, que es de dominio público y la soberanía del Estado peruano.

— Sobre LPO, que es un puerto de igual modalidad en la Selva, pero que sí está regulado, desde Cosco señalan que ‘depende del entendimiento de las leyes de cada empresa’.

La respuesta me pareció increíble.Ellos quieren una norma conforme a su propia medida. La ley no es a la medida de nadie, pues la ley es la ley. A veces nos conviene, a veces no.

Ratificación de fallo abriría la puerta al incumplimiento

— ¿Qué consecuencias se derivarían?

Si usted abre la puerta al incumplimiento de las normas, hoy es Cosco Shipping, mañana será cualquier otra empresa, incluso concesionaria, que también dirá a mí no me conviene que esto se me cumpla. No existe ninguna diferencia entre Cosco y LPO. Son exactamente iguales.

Tampoco hemos dicho que vamos a supervisar con la misma intensidad que a una concesión, porque esta tiene un contrato y niveles de servicio.

— Sobre el puerto del Callao, APM Terminales busca ampliar su concesión por 30 años más, ¿Ositrán incluye en su análisis el desempeño en calidad de servicio?

Miramos qué ofrece a cambio de la ampliación. Si fuera un mal concesionario, la concesión puede caducar. Si se va, vendría otro que ofrecería algo interesante. También revisamos el comportamiento, pero lo que mira el Estado son nuevas inversiones.

— Se sabe la problemática del Puerto del Callao, y muchos usuarios dicen que parte de la congestión también responde a las decisiones operativas del concesionario.

Es un tema que estamos investigando. Hemos hecho una auditoría del subsistema de citas y, bueno, no tenemos una conclusión negativa ahorita.

— Sobre la TUUA de vuelos internacionales, ¿evaluaron impacto competitivo antes de validar esquema tarifario?

El esquema tarifario viene dado por contrato y por adenda. Esa evaluación de si es conveniente a la fecha corresponde al MTC, MEF y Mincetur.

Fuente: La República

Ernesto Álvarez rechaza fallo del PJ que impide a Ositrán supervisar el puerto de Chancay: No descarta recurrir al TC

El presidente del Consejo de Ministros, Ernesto Álvarez, calificó de inaceptable que el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán), no pueda supervisar el puerto de Chancay, ello luego de que el Poder Judicial ordenara que este órgano regulador se abstenga de ejercer sus funciones regulatorias, supervisoras, fiscalizadoras y sancionadoras respecto a esta infraestructura.

Al respecto, Álvarez Miranda sostuvo que, el Gobierno, en cumplimiento de la normativa legal vigente, hará uso de los recursos procesales que la ley le faculta, que es la apelación al fallo, para lo cual se está tomando las apreciaciones de diversos profesionales a fin de obtener una posición más informada.

“Nos preocupa que siendo un puerto sumamente importante para el Perú y para el íntegro del comercio en el Pacífico, pueda haber algún aspecto de la actividad o una parte, ya sea del mar o del territorio mismo, de las instalaciones portuarias, que no puedan ser materia de supervisión por el órgano regulador”

Asimismo, el titular de la PCM explicó que, de no obtener una respuesta favorable, se analizará la presentación de un recurso ante el Tribunal Constitucional.

“El Tribunal Constitucional no solo se limita a las cláusulas de índole civil o de derecho marítimo, es el principal defensor de la Constitución y, por tanto, de la soberanía nacional. Además, hay que tener en cuenta un tema muy importante. No hay contrato civil alguno que pueda estar por encima de la Constitución”

Relaciones diplomáticas

En esa línea, el jefe del Gabinete Ministerial resaltó la doctrina diplomática del Perú que se basa en el multilateralismo, por lo que aprecia mucho la relación comercial con China, y al mismo tiempo, la importancia de la alianza estratégica con Estados Unidos.

“China es nuestro principal socio comercial en este momento. En cuanto a Estados Unidos es una relación de estrategia y hemisférica porque encarna los valores y los principios en los cuales se construyó la sociedad peruana, que son el pluralismo, la democracia, la libertad, la acción privada y particular, como fuente principal de creación y de riqueza”

Megapuerto de Chancay: Ositrán iniciará la regulación de tarifas tras informe de Indecopi

El Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) anunció los próximos pasos para establecer la regulación tarifaria del Puerto de Chancay, operado por Cosco Shipping Ports Chancay. Esta decisión se produce tras el informe reciente del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), que concluyó que no existen condiciones de competencia entre este terminal y el Puerto del Callao.

El pronunciamiento de Ositrán se enmarca en la normativa vigente del sistema portuario nacional, que indica que en ausencia de condiciones competitivas, se deben aplicar tarifas reguladas. En este caso, la medida afectará a los servicios para naves portacontenedores y carga en contenedores en el terminal multipropósito de Chancay, según lo establecido por Indecopi.

Plazo para la propuesta tarifaria

Ositrán precisó que la Autoridad Portuaria Nacional (APN) tiene un plazo máximo de 70 días hábiles para remitirle una propuesta de régimen tarifario, contados desde el 10 de abril de 2025, fecha en la que Indecopi notificó su resolución a la APN. “Esto último se deberá dar, indicó ese organismo, en conformidad con el artículo 59 del Reglamento de la Ley del Sistema Portuario Nacional, aprobado mediante Decreto Supremo 003-2004- del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC)”.

En ese sentido, la propuesta deberá presentarse antes del 24 de julio de 2025. Una vez recibida, Ositrán elaborará su propia propuesta tarifaria, la cual se publicará dentro de un plazo máximo de 90 días hábiles. Esta fase busca garantizar la transparencia y participación de todos los agentes involucrados en el proceso.

La regulación tarifaria buscará asegurar que los servicios prestados en el puerto de Chancay se mantengan dentro de parámetros justos, especialmente ante la ausencia de una competencia directa en su zona de influencia.

Consulta pública y decisión final

Como parte del proceso regulador, Ositrán organizará una Audiencia Pública en la que presentará los fundamentos técnicos de su propuesta. “Siguiendo las buenas prácticas internacionales reconocidas por la OCDE, el regulador convocará a una Audiencia Pública, donde sustentará técnicamente su propuesta”, precisó el organismo.

Durante esta audiencia, usuarios, operadores logísticos, gremios empresariales y otros actores del sector portuario podrán emitir comentarios, observaciones o sugerencias. Esta etapa de consulta permitirá enriquecer la propuesta final con aportes provenientes de diversos puntos de vista técnicos y económicos.

Luego de evaluar todos los aportes recogidos durante la consulta pública, el Consejo Directivo de Ositrán adoptará una decisión definitiva sobre las tarifas reguladas que aplicarán en los servicios del Terminal Portuario de Chancay.

Compromiso regulador

Ositrán concluyó su comunicado reiterando su responsabilidad en la supervisión del sistema de infraestructura portuaria del país. “Ositrán concluyó su comunicado señalando que reafirma su compromiso con el cumplimiento estricto de su mandato legal y regulatorio y continuará informando sobre los avances de este procedimiento”.

Esta medida se vincula directamente con el actual proceso de implementación del puerto de Chancay, uno de los megaproyectos de infraestructura más importantes del país. La futura entrada en operación de este terminal ha generado expectativas en términos de inversión, conectividad y comercio exterior, por lo que su regulación tarifaria resulta clave para garantizar su funcionamiento equilibrado en el sistema logístico nacional.

Verónica Zambrano, presidenta de Ositrán, sobre tragedia del puente Chancay: “Con lluvia o sin lluvia, el puente se iba a caer”

El puente Chancay, ubicado en el kilómetro 75 de la carretera Panamericana Norte, colapsó cerca de la medianoche del jueves 13 de febrero de 2025, mientras un bus interprovincial de la empresa Cruz del Norte, con aproximadamente 40 pasajeros a bordo, lo cruzaba. Este trágico evento dejó un saldo de dos personas fallecidas en el momento, decenas de heridos y una tercera víctima que perdió la vida posteriormente debido a las secuelas del accidente. La concesionaria Norvial instaló un puente provisional el 24 de febrero, pero los detalles de la tragedia recién empiezan a revelarse.

En una entrevista con el programa “Sin Medias Tintas” de Latina, Verónica Zambrano, presidenta del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán), calificó el incidente como un golpe para la institución, ya que el puente era parte de las infraestructuras supervisadas por el organismo. “Es una responsabilidad nuestra. Hubo muertos y heridos”, afirmó Zambrano, quien también detalló que Ositrán cuenta con toda la documentación digitalizada sobre el caso, lo que permitirá esclarecer los hechos.

El mea culpa del Ositrán: un puente con problemas estructurales desde hace décadas

Dos peritos han sido designados para investigar las causas de la tragedia: uno especializado en puentes y caminos, y otro en ingeniería hidráulica. El informe de ambos expertos se encuentra todavía en elaboración, pero ya se pueden conocer algunos detalles de manera anticipada.

De acuerdo con el peritaje en marcha, el puente Chancay, construido en 1938, presentaba problemas estructurales que lo hacían vulnerable, independientemente de las lluvias que afectaron la zona. En 1953, la estructura fue ampliada para pasar de un ancho de 3,5 a 8 metros, pero su diseño original no estaba preparado para soportar las cargas actuales. Además, la presidenta de Ositrán destacó que el puente ya había agotado su vida útil.

Desde 2004, se habían emitido advertencias sobre los problemas estructurales del puente. En 2019, el concesionario Norvial realizó un estudio más detallado y presentó un expediente técnico al Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Sin embargo, este expediente quedó en manos de Provías, dentro del sistema de inversión pública Invierte.pe, y hasta la fecha no se habían realizado trabajos de mejora en la infraestructura.

Puente Chancay: factores que contribuyeron al colapso

Zambrano explicó que el puente presentaba múltiples deficiencias que contribuyeron a su colapso. Entre ellas, mencionó que los pilares y estribos de la estructura estaban ubicados dentro del cauce del río, una práctica que ya no se utiliza debido al riesgo de socavación. Además, el puente estaba situado en una curva, lo que aumentaba su vulnerabilidad frente a las corrientes de agua.

Otro problema identificado fue el llamado “recapeo”, un proceso de mantenimiento realizado por el concesionario que consistía en cubrir fallas visibles en la estructura. Según Zambrano, este procedimiento no solo ocultó los problemas reales del puente, sino que también generó un peso adicional, conocido como “carga muerta”, que comprometió aún más la estabilidad de la infraestructura.

La presidenta de Ositrán también señaló que las uniones del puente no contaban con los refuerzos de acero necesarios, lo que agravó su fragilidad. “Este puente tenía problemas estructurales y se iba a caer con o sin lluvia”, afirmó.El caso del Puente ChancayEl caso del Puente Chancay es un ejemplo de cómo la falta de coordinación y acción entre las instituciones responsables puede tener consecuencias trágicas.

La supervisión y las limitaciones de Ositrán: ¿Quién tiene la culpa?

Ositrán, creado en 1998, tiene como función principal supervisar la inversión en infraestructura de transporte de uso público. Sin embargo, Zambrano reconoció que el organismo enfrenta limitaciones en su capacidad de acción. Aunque Ositrán envía informes al MTC sobre las infraestructuras con problemas de seguridad, no tiene la potestad de exigir respuestas inmediatas ni de detener el tránsito en puentes en riesgo.

En el caso del puente Chancay, Zambrano admitió que no se advirtió a tiempo sobre su estado crítico debido a que el recapeo realizado por el concesionario ocultaba las fallas estructurales. Para la abogada, es una “autocrítica para Ositrán”, pues siempre envían comunicados al MTC, pero no presionan por respuesta.Raúl Pérez-Reyes, ministro de TransportesRaúl Pérez-Reyes, ministro de Transportes y Comunicaciones. El puente no estaba diseñado para soportar las cargas actuales y que su vida útil ya estaba agotada. Desde 2004, hace más de 20 años, se había advertido sobre estas deficiencias estructurales. Créditos: MTC

Hay más puentes en Perú con riesgo de colapso

El colapso del puente Chancay ha puesto en evidencia la situación de otras infraestructuras en el país. Según Zambrano, Ositrán ha identificado varios puentes con problemas de seguridad, como el puente Coscho, el puente Naranjillo y el puente Aguas Claras. Aunque algunos de estos casos están siendo atendidos desde 2019, otros aún no han recibido la atención necesaria, a pesar de contar con estudios técnicos que respaldan la urgencia de las intervenciones.

La presidenta de Ositrán subrayó que es fundamental determinar quién tenía la responsabilidad de detener el tránsito en el puente Chancay antes de su colapso. Este aspecto será parte de las investigaciones en curso, cuyos resultados preliminares, según Zambrano, estarán disponibles la próxima semana.

Ositrán: Puerto de Chancay está sujeto a la legislación peruana y a supervisión

La presidente ejecutiva del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán), Verónica Zambrano Copello, reafirmó la autoridad del organismo para supervisar el megapuerto de Chancay, operado por Cosco Shipping Ports, pese a la demanda judicial interpuesta por la empresa. Zambrano calificó la acción legal de «inédita» y enfatizó que el Regulador actúa en estricto cumplimiento de la ley peruana, que le otorga facultades para supervisar y fiscalizar puertos privados de uso público.

«Para el Ositrán esta demanda es un hecho sin precedentes. Nunca un supervisado había solicitado una acción de amparo para que no se le aplique la ley», declaró Zambrano en una entrevista con Altavoz En Vital.

Explicó que la empresa interpreta erróneamente la normativa al argumentar que el Ositrán solo debe ocuparse de las concesiones, obviando sus funciones de regulación, supervisión, fiscalización y sanción. «Todas estas funciones están establecidas por ley», remarcó.

Recordó que Cosco Shipping fue informada de estas competencias desde 2017, mediante un informe del organismo. «No pueden alegar desconocimiento, ya que contaban con la información necesaria», sentenció.

Además, negó las afirmaciones que sostienen que la inversión en Chancay se realizó conforme al sistema portuario nacional, buscando la estabilidad jurídica necesaria para atraer la inversión, y, por tanto, el Organismo Supervisor estaría actuando en contra de ese principio.

«Si bien es cierto que la inversión se realizó bajo la Ley del Sistema Portuario Nacional, esto no los exime del cumplimiento del resto del marco jurídico peruano, que es obligatorio para todos los ciudadanos e inversionistas», aclaró.

Sobre la regulación en Chancay

Zambrano Copello reiteró el compromiso del Ositrán con la defensa de los usuarios y la garantía de un servicio portuario eficiente y con tarifas justas. «Nuestra prioridad son los usuarios. La regulación busca asegurar la competencia y un adecuado Reglamento de reclamos», dijo.

Aclaró que la función reguladora de tarifas del Ositrán aplica a monopolios u oligopolios, y que, en el caso de Chancay, Indecopi determinará si existe competencia en el mercado portuario tras la entrada en operación del terminal.

«Si Indecopi confirma la existencia de competencia, el Ositrán dejará de regular tarifas, pero mantendrá sus funciones de supervisión», precisó.

Finalmente, Zambrano instó a Cosco Shipping Ports a dialogar y a encontrar una solución que respete el marco jurídico peruano. “Creemos en el diálogo y en la solución de controversias a través de la conversación, no de los litigios”, expresó, exhortando a la empresa a reconsiderar su postura y a trabajar en conjunto para el desarrollo del sector portuario.