Vicepresidenta del TC aclara que indulto a Fujimori redime su condena pero «sigue siendo un delincuente»

La vicepresidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, se refirió a la decisión de la mencionada institución de restituir el indulto humanitario en favor del expresidente de la República, Alberto Fujimori. La magistrada enfatizó que era un escenario donde tenían que tomar la opción que correspondía y recalcó que ella y sus compañeros de funciones «hicieron lo correcto».

En ese sentido, sostuvo que esta medida no fue otorgada por la máxima institución encargada de interpretar la Constitución política del Perú debido a que este recurso ya había sido brindado anteriormente. Agregó que lo que correspondía en diciembre de 2023 era «ejecutar la sentencia» a pesar de las advertencias anunciadas por organismos internacionales tales como la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que había señalado que si se restituía el indulto a Fujimori se vulnerarían los derechos humanos de las víctimas de los casos La Cantuta y Barrios Altos.

«Hay dos aspectos. En lo jurídico, la decisión que tomamos era la decisión que correspondía, sigo pensando que hicimos lo correcto. Nosotros no dimos, el indulto ya había sido dado, lo que nos correspondía era ejecutar la sentencia y por qué teníamos que ejecutarla a pesar de que estaba esta resolución de la Corte Interamericana la cual decía que si se indultaba a Alberto Fujimori y quedaba en libertad se vulneraría el derecho a la justicia de las víctimas de Barrios Altos y La Cantuta», dijo en entrevista con RPP.

Recalcó que los pronunciamientos de la mencionada institución internacional no tienen «mucho sentido», debido a que el indulto humanitario es una medida que es otorgada a una persona que haya cometido un delito y que la misma remita su pena o condena. Sin embargo, todavía «es un delincuente», subrayó que este recurso «indulta la pena, pero no el delito».

«Para mí es algo que no tiene mucho sentido, si se va a afirmar que cuando indultan a alguien se está negando el acceso a la justicia de aquel que fue víctima, esa persona que estuvo en la cárcel, entonces no habría indultos. El indulto trae consigo que aquella persona que haya cometido un delito se le remita la pena o condena, pero sigue siendo un delincuente. El indulto perdona la pena, pero no el delito. Indudablemente, sigue estando condenado, no se ha rehabilitado y no ha pagado la reparación civil», enfatizó al referirse al indulto de Alberto Fujimori.

«Las normas nacionales son más protectoras de los derechos humanos», asegura Luz Pacheco

La integrante del Tribunal Constitucional indicó que cuando la Corte Interamericana de Derechos Humanos se pronunció sobre el caso del expresidente Alberto Fujimori, a su consideración, dicho organismo internacional se encontraba «yendo en contra de la convención». Manifestó que esta institución señala que al momento de que los jueces tienen que tomar decisiones respecto a estos temas, se tiene que «preferir las normas nacionales» debido a que serían «más protectoras de los derechos humanos».

«Ya cuando la corte ha insistido me parecería que la misma corte estaba yendo en contra de la misma convención. La convención dice que a la hora que los jueces al aplicar esas normas tienen que preferir las normas nacionales que son más protectoras de los derechos humanos. En este caso, el Tribunal Constitucional había convalidado un indulto. Si la persona lo merecía o no, eso ya no se encuentra en las posibilidades de nosotros, simplemente estaba», comentó.

Luz Pacheco sobre candidatura de Alberto Fujimori: «No sé si este deseo es de la hija»

Pacheco dijo sentirse desconcertada al enterarse de la intención del exjefe de Estado de participar nuevamente en una nueva contienda electoral a pesar de todo lo que ha pasado estos últimos años. Señaló que no está segura si esta intención parte del propio Alberto Fujimori o de la lideresa del partido político de Fuerza Popular.

«Desconcertante, no pensaba que tenía ese perfil después de todo lo vivido, pero ya es una opinión muy personal. No sé si este deseo de ponerlo como candidato es un deseo de la hija o un deseo de él. O es una manera que la hija (Keiko Fujimori) puede poner a su padre desagraviarlo, no tengo idea, pero eso ya se verá en lo jurídico si se puede inscribirse como candidato. Eso ya es otro nivel», agregó.

TC declara inconstitucional que Contraloría imponga sanciones y exhorta al Congreso a regular sus facultades

Un reciente fallo del Tribunal Constitucional determinó que la potestad sancionadora de la Contraloría está claramente limitada a las dos primeras funciones que el artículo 82 de la Constitución le asigna: supervisar la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado y las operaciones de la deuda pública. Además, estableció que será el Congreso el encargado de regular las competencias sancionadoras de este organismo.

“(Se decide) exhortar al Congreso de la República que legisle delimitando el ámbito material de competencia en materia sancionadora de la Autoridad Nacional del Servicio Civil-SERVIR y de la Contraloría General de la República, conforme a lo precisado en el fundamento 49 de la presente sentencia”, se lee en el documento.

En este sentido, se aclara que la sentencia del TC —que tuvo como ponente al magistrado César Ochoa Cardich— carece de efectos retroactivos sobre los procesos administrativos ya concluidos o que se encuentren con trámite ya iniciado.

El TC aclara que este fallo no significa que la Contraloría “no pueda supervisar la legalidad de los actos de las instituciones sujetas a control conforme a su ley orgánica, y realizar las acciones de control que se deriven de tales competencias”, pero esta su potestad sancionadora “no se extiende a todos los actos que tales entidades realicen, sino que esta solo resulta aplicable respecto de la administración financiera de los bienes y recursos públicos”.

César Aguilar es el nuevo contralor. Foto: difusión

César Aguilar es el nuevo contralor. Foto: difusión

“Este Tribunal interpreta y por tanto concluye que la potestad sancionadora de la Contraloría se encuentra incuestionablemente limitada a las dos primeras funciones que el artículo 82 de la Constitución atribuye a la CGR; esto es, supervisar tanto la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, como la de las operaciones de la deuda pública”, mencionan.

Recordemos que, la Contraloría tiene como rol supervisar y verificar la correcta aplicación de las políticas públicas y el uso de los recursos y bienes del Estado; para ello se apoya en sus gerencias regionales de control, los Órganos de Control Institucional (OCI) y las Sociedades de Auditorías (SOA) a través de acciones de control conforme a sus atribuciones descritas en la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control.

César Aguilar es el nuevo contralor en reemplazo de Nelson Shack

Días atrás, la Comisión Permanente del Congreso aprobó el informe que propone designar a César Aguilar como nuevo titular de la Contraloría General de la República, en reemplazo de Nelson Shack. A diferencia de otros cargos públicos, el contralor tiene un periodo de 7 años sin posibilidad de que se le pueda reelegir nuevamente. Esta decisión fue acordada con 28 votos a favor, 0 en contra y 0 abstenciones.

Ese mismo día, una investigación de Canal N, señaló que el ahora alto funcionario habría omisiones en sus declaraciones juradas que no fueron evaluadas por la comisión del Congreso que aprobó su postulación al cargo. Aguilar Surichaqui no declaró, en el 2018, la empresa Aguilar & Motta Abogados, de la cual fue socio y accionista; hasta que realizó la transferencia a terceros en ese mismo año.

Martín Vizcarra presenta amparo ante el TC para anular su inhabilitación de cargos públicos

El expresidente de la República, Martín Vizcarra, acude al Tribunal Constitucional (TC), para que a través de un recurso de amparo pueda anular la inhabilitación de cinco años que le aplicó el Congreso de la República para poder ejercer cargos públicos.

¿Con miras a elecciones 2026?

Entre los argumentos presentados por Vizcarra se encuentra que dicha medida impuesta hace años por el Pleno afecta su «derecho a elegir y ser elegido» y «a participar en la vida política«.

«En ese sentido recurrimos al TC, vía Recurso de Agravio Constitucional para obtener la justicia constitucional, así conforme a la STC Exp. N° 06523-PA/TC», se lee en el documento compartido en redes por la periodista Karem Barboza, de ‘El Comercio’.

Además, detalla que se han vulnerado al contenido esencial de los derechos constitucionales del exjefe de Estado como el principio de legalidad, el derecho a la debida motivación de las decisiones parlamentarias, el derecho a un tribunal imparcial y el debido procedimiento parlamentario, pues resaltan «que en el caso no existe un respeto por el procedimiento establecido según el art. 139°, inciso 3 de la Constitución.

¿Por qué lo inhabilitó el Congreso?

Con 67 votos a favor, cinco en contra y 15 abstenciones, el Parlamento aprobó, el informe de la denuncia constitucional contra Vizcarra tras una infracción del artículo 126 de la Constitución Política, cuando era ministro de Transportes en el gobierno de Pedro Pablo Kuczynski en 2018. 

Recordemos que la denuncia fue realizada por la excongresista, Yeni Vilcatoma, sobre sus supuestos vínculos con empresas privadas durante su gestión como titular del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

«Vacunagate»

Por otro lado, también se reportó que Vizcarra argumentó ante el Poder Judicial (PJ) que el Congreso no consideró debidamente las pruebas presentadas durante el procedimiento parlamentario, por lo cual, busca anular una inhabilitación adicional de diez años relacionada al escándalo del ‘Vacunagate’, por las denuncias presentadas contra el expresidente por su vacunación irregular y de sus familiare, contra el Covid-19.

De esta manera, el expresidente de la República del Perú, Martín Vizcarra, ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para anular su inhabilitación de cinco años impuesta por el Congreso de la República alegando que vulneran sus derechos y la posibilidad de ejercer cargos públicos como «el derecho a elegir y ser elegido».

Dina Boluarte interpondrá demanda competencial ante el TC contra el PJ y el Ministerio Público

El Ejecutivo presentará una demanda competencial contra el Poder Judicial y el Ministerio Público ante el Tribunal Constitucional, alegando un supuesto «menoscabo» a las funciones y competencias de la presidenta Dina Boluarte. La resolución se publicó en el diario oficial El Peruano.

Según el documento, el viernes 17 de mayo, tras sesión de Consejo de Ministros, se acordó que el titular de la PCM, Gustavo Adrianzén, sería el encargado de hacer la demanda. En ese sentido, se dispuso que el Procurador Público Especializado en Materia Constitucional sea quien represente al Ejecutivo ante el TC.

«Disponer que el Procurador Público Especializado en Materia Constitucional ejerza la representación procesal del Poder Ejecutivo en el proceso competencial contra el Ministerio Público y el Poder Judicial, por menoscabo en sentido estricto del adecuado ejercicio de las competencias y funciones de la Presidenta de la República, de acuerdo a lo señalado en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial», se lee en la Resolución Ministerial 151-2024-PCM, firmada por Gustavo Adrianzén.

La decisión del Ejecutivo supuestamente respondería al allanamiento de la vivienda de la mandataria en Surquillo y a Palacio de Gobierno ocurridas el pasado 30 de marzo, en el marco de las investigación que se le sigue por el caso Rolex, bajo el argumento de que la presidenta no puede ser allanada sin que se le levante el antejuicio.

Como se recuerda, el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley, del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria, fue quien autorizó el pedido del fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, para los allanamientos a la mandataria.

Además, el coronel PNP Harvey Colchado, quien en ese entonces se desempeñaba como jefe de la Diviac, fue el que lideró los operativos. Mientras que el grupo de fiscales estaba dirigido por el fiscal adjunto supremo Hernán Mendoza.

Caso Rolex: fiscal de la Nación prepara denuncia constitucional contra Dina Boluarte

¿Manotazos de ahogado? ¿Qué es lo que realmente pretende Boluarte Zegarra al presentar esta demanda competencial ante el TC? Como se sabe, el 19 de mayo terminó el plazo de la investigación preliminar que realizó el fiscal de la Nación, Juan Carlos Villena, contra la mandataria y el gobernador regional de Ayacucho, Wilfredo Oscorima, por el caso Rolex.

Entonces, lo que seguiría tras cumplirse el plazo es presentar una denuncia constitucional ante el Congreso en contra de la mandataria o, de lo contrario, se archivaría el caso.

En su última presentación ante el Congreso, Juan Carlos Villena señaló que en los próximos días se pronunciará sobre la denuncia que involucra a la Boluarte y a otros funcionarios.

De esta manera, podría ser que, con la presentación de esta demanda ante el TC, lo que la presidenta pretendería es, una vez más, frenar las denuncias en su contra.

Cabe señalar que, en caso Villena presente la denuncia ante el Parlamento, las posibilidades para que esta prospere son casi nulas, si se tiene en cuenta el apoyo que tiene la jefa de Estado de parte de una gran mayoría de congresistas.

Ernesto Blume advierte que Manuel Monteagudo podría afrontar una vacancia del TC por exponer temas internos

Ernesto Blume, expresidente del TC, señaló este lunes que el magistrado Manuel Monteagudo podría afrontar una vacancia de la institución según el artículo 16 de la ley del Tribunal Constitucional. Todo esto porque habría violado la reserva de un tema interno del órgano jurisdiccional.

«Si él está pidiendo al pleno que convoque a una sesión para que se vea el tema Fujimori porque considera que no lo citaron para ver ese asunto, a pesar de que él hizo voto singular, eso es un tema interno del Tribunal. Eso no se puede sacar a la luz porque si se hace eso se debilita a la institución, que debe tener una imagen consolidada y salir a través de sus voceros oficiales», expresó en el programa ‘La Rotativa del Aire Noche’ de RPP.

Blume manifestó que Manuel Monteagudo crea una situación de cuestionamiento con sus propios colegas en lugar de ver el proceso en privado. En ese sentido, explicó que el magistrado no ha medido bien lo que está planteando al pedir que se revise de nuevo el fallo que liberó a Fujimori porque indicó que en ninguna situación se ha visto que alguien que hace voto singular reclame porque supuestamente no lo convocaron cuando viene un pedido contra la decisión en mayoría.  

«Estas situaciones deben manejarse en el marco de la reserva. Solamente deben conocerse las decisiones, pero no el trámite interno que se hace con el manejo de los expedientes. Hay un artículo expreso en la ley orgánica del TC que alude al tema de la reserva. O sea, los magistrados tienen la obligación de mantener reserva respecto de las decisiones y trámites que hacen en el TC y solamente deben dar a conocer el sentido de sus votos. Esta reserva es tan importante que una de las causales de vacancia del cargo de magistrado es la violación de la reserva propia de la función», enfatizó. 

Pide nulidad del indulto

El magistrado Manuel Monteagudo Valdez envió este lunes un oficio al presidente del colegiado, Francisco Morales Saravia, para solicitarle que en la próxima sesión del TC se evalúe la declaración de nulidad de la resolución que restituyó el indulto humanitario a favor del expresidente Alberto Fujimori.

La referida resolución fue suscrita por los magistrados Francisco Morales, Luz Pacheco (vicepresidenta) y Gustavo Gutiérrez; así como Helder Domínguez, quien emitió un voto en contra.

Monteagudo alegó que el auto debió ser evaluado por los seis magistrados que conforman el pleno del organismo, mas no por cuatro de sus integrantes.

“El auto de fecha 04-12.2023 incurre en una objetiva causal de nulidad al haberse pronunciado sobre un asunto que en ningún momento fue sometido a conocimiento o deliberación del pleno”, se lee en el documento al que accedió RPP.

Alberto Fujimori seguirá en prisión: Poder Judicial declara improcedente ejecución de sentencia del TC

Seguirá en prisión. El Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Corte Superior de Justicia de Ica resolvió no otorgar el indulto humanitario a favor del expresidente Alberto Fujimori, tras declarar improcedente una resolución del Tribunal Constitucional (TC).

El caso había llegado esta semana al juzgado de Ica, a cargo del magistrado Fernando Vicente Fernández Tapia, después de que el TC remitiera su decisión de restablecer, en marzo del 2022, el indulto otorgado al exmandatario por el entonces presidente Pedro Pablo Kuczynski en diciembre del 2017.

Y es que el año pasado, el máximo intérprete de la Constitución declaró fundado un hábeas corpus presentado por el abogado Gregorio Parco en Ica, por lo que se restituyó el indulto revocado por el Poder Judicial en el 2018. Sin embargo, la disposición no se pudo ejecutar por orden de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).

En la resolución, el magistrado Fernández Tapia se declaró no competente en el proceso de indulto de Alberto Fujimori y señaló que la decisión final le corresponde al Tribunal Constitucional; por lo que el exmandatario continuará recluido en el penal de Barbadillo, en Ate, donde cumple una condena de 25 años por las matanzas en La Cantuta y Barrios Altos.

“Dispongo se devuelvan todos los actuados al Tribunal Constitucional con la debida nota de atención, para que se proceda conforme a la ley en cuanto a la ejecución de la sentencia estimatoria emitida en este proceso de habeas corpus”, se lee en la resolución judicial.