Keiko Fujimori hace visita inesperada a Puno: tuvo reunión reservada y con pocos simpatizantes

En una visita que no fue anunciada en su agenda pública, la candidata presidencial Keiko Fujimori llegó el miércoles 18 de marzo a la ciudad de Ayaviri, en Puno. La actividad se realizó en el Fundo San Antonio, ubicado a pocos kilómetros de la capital de la provincia de Melgar, donde la lideresa de Fuerza Popular sostuvo una reunión privada con un grupo de menos de 30 personas, entre militantes, simpatizantes locales y algunos pobladores provenientes de Macusani, Carabaya.

A diferencia de otros mítines, esta aparición no tuvo una convocatoria masiva. A pesar de la reserva del encuentro, se registraron momentos de tensión cuando un equipo de Radio Universal intentó obtener declaraciones.

Según reportes de la prensa local, un periodista del medio radial intentó entrevistar a la candidata, pero fue impedido de continuar por integrantes de la comitiva de Fujimori, quienes reaccionaron empujándolo tras realizar preguntas consideradas incómodas. Asimismo, un grupo de simpatizantes, incluyendo una “portátil” de más de diez personas, lanzó arengas para interrumpir la entrevista y facilitar la salida de la candidata, mientras su equipo registraba imágenes. 

El periodista le consultó por qué decidió tener esta reunión en un fundo privado en lugar de visitar el mercado de la ciudad que reúne a gran parte de los pobladores. “Por qué no visitar el mercado de Ayaviri, hoy es día de plaza y se alberga a los hermanos de todos los distritos de la provincia”. Ante el cuestionamiento, la candidata señaló que su visita sigue la planificación de su equipo de campaña. “Estamos realizando este recorrido de acuerdo a las recomendaciones de nuestros dirigentes”, indicó antes de retirarse del lugar.

Material electoral para peruanos en el extranjero será entregado a Cancillería el domingo 22

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) hoy empezó a ensamblar el material que se necesitará para que el 12 de abril voten los peruanos en el extranjero en 2497 mesas de sufragio. El material comprende cédulas de sufragio; actas electorales de instalación, sufragio y escrutinio; la lista y la relación de electores de cada mesa; los carteles de candidatos, útiles y otros documentos para los miembros de mesa.

Esos materiales, después de ser impresos, pasaron por doble control de calidad y fueron registrados y empaquetados. Su ensamblaje consiste en colocarlos al interior de cajas, que luego son selladas herméticamente y dotadas de un mecanismo de identificación por radiofrecuencia (RFID) para su control y monitoreo.

El inicio del ensamblaje fue fiscalizado por miembros del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), quienes también presenciarán el domingo 22 la entrega de las cajas con materiales al Ministerio de Relaciones Exteriores, encargado de la realización de las elecciones generales fuera del país.

Hasta el momento, son 1 192 247 los ciudadanos peruanos habilitados para sufragar en el extranjero –porque el domicilio de su Documento Nacional de Identidad (DNI) se ubica fuera del territorio nacional– y 199 las ciudades donde los consulados peruanos llevarán a cabo los comicios.

Inicialmente, estaba programado realizar elecciones en 210 ciudades, pero la Cancillería informó en febrero que no existían condiciones mínimas logísticas ni de seguridad para votar en la República Bolivariana de Venezuela ni en la República Islámica de Irán, lo que dejó fuera del proceso a 16,599 peruanos.

La Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores ha comunicado a la ONPE que, debido al conflicto armado en curso, tampoco podrán ir a las urnas 1967 connacionales, pues no será posible sufragar en nueve ciudades del Medio Oriente: Tel Aviv y Ramla en Israel, Beirut en Líbano, Amman en Jordania, Riad en Arabia Saudita, Al-Kuwait en Kuwait, Dubai y Abu Dabi en Emiratos Árabes Unidos, y Doha en Catar.

Comisión de Energía y Minas aprueba reducir a 15 años la caducidad de concesiones mineras inactivas

La Comisión de Energía y Minas del Congreso de la República aprobó por mayoría un dictamen que modifica la Ley General de Minería, con el objetivo de fortalecer el régimen de concesiones y evitar la existencia de concesiones inactivas.

La propuesta obtuvo 11 votos a favor, uno en contra y tres abstenciones, y plantea un cambio clave en los plazos de caducidad de las concesiones mineras.

Reducción del plazo de caducidad

El dictamen establece que las concesiones mineras que no registren actividad serán declaradas en caducidad definitiva en un plazo de 15 años, reduciendo significativamente el plazo actual de 30 años.

Además, se incorpora la obligación de que el titular de la concesión acredite, al cumplirse el décimo año, dos condiciones:

  • Haber alcanzado la producción mínima anual exigible por hectárea
  • Haber realizado una inversión mínima

En caso de incumplimiento, se podrá acceder a una prórroga de hasta cinco años, periodo durante el cual el concesionario deberá pagar una penalidad.

Si al término del año 15 no se cumplen estos requisitos, la autoridad minera podrá declarar la caducidad de la concesión, previa notificación y con un plazo de subsanación no mayor a 12 meses.

Buscan corregir un catastro sobredimensionado

Según el dictamen, la modificación responde a la necesidad de enfrentar un catastro minero sobredimensionado e ineficientemente utilizado, caracterizado por la acumulación de concesiones sin actividad productiva.

El objetivo es promover una mayor dinamización del sector y liberar áreas para nuevos proyectos con potencial de inversión.

Debate en el sector por impacto en inversiones

El propio documento recoge que existen dos posiciones dentro del sector frente a la propuesta.

Por un lado, hay consenso técnico sobre la necesidad de ajustar el régimen para reducir concesiones ociosas y mejorar la eficiencia del sistema.

Sin embargo, también se advierte preocupación por parte de actores empresariales y del propio Ministerio de Energía y Minas respecto a los posibles efectos en la competitividad y la atracción de inversiones, especialmente en proyectos de largo plazo.

Próximo paso: debate en el Pleno

El dictamen deberá ser debatido y votado en el Pleno del Congreso. De ser aprobado, el Poder Ejecutivo tendrá la facultad de promulgar la norma u observarla.

Elecciones 2026: JNE amonesta a José Luna y Cecilia García por comentarios ofensivos contra otros candidatos

Debido a que incumplieron con el Pacto Ético Electoral, el Tribunal de Honor del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) amonestó formalmente al partido político Podemos Perú por la actuación de dos de sus integrantes que participan en las elecciones del próximo 12 de abril.

De acuerdo con el Tribunal de Honor, el candidato presidencial José Luna y la candidata al Senado, Cecilia García, aparecen en videos difundidos por redes sociales expresando comentarios tendenciosos y ofensivos contra otros postulantes a la presidencia y sus respectivas agrupaciones políticas.

“A través de la red social Tiktok, los candidatos en mención; así como los simpatizantes de Podemos Perú, realizan videos que -en su mayoría- transmiten acusaciones, calificativos inapropiados y comentarios ofensivos con el objetivo de atacar a distintos candidatos presidenciales y sus partidos”, señala la resolución del Tribunal de Honor.

El colegiado del Jurado Nacional de Elecciones, integrado Mariela Noles, Carol Zavaleta y Oscar Salazar, precisó que estos comportamientos descritos resultan contrarios a los compromisos n°1, n°2, n°6 del Pacto Ético Electoral que fue firmado por las organizaciones políticas.

Recordó que el 19 de diciembre del 2025, José Luna, en representación de Podemos Perú, suscribió el Pacto Ético Electoral, el cual obliga a las agrupaciones políticas, candidatos, afiliados, adherentes y simpatizantes a participar del proceso electoral dentro de las líneas del respeto, tolerancia, valores éticos y principios democráticos.

De esta manera, el Tribunal de Honor del JNE, en el marco de sus funciones fiscalizadoras y orientadoras, respondió que realiza un seguimiento constante de las actuaciones de los partidos políticos y los candidatos inscritos en las elecciones generales, con la finalidad de encauzar tales hechos dentro del marco de la ética y el respeto de los derechos fundamentales, valores que resultan inherentes a un proceso democrático.

La República pudo revisar que, en febrero, José Luna -en su cuenta de Tiktok- se pronunció sobre el candidato Rafael López Aliaga, de Renovación Popular, de quien dijo que no es normal y que debe pasar por un examen psiquiátrico. En otra ocasión lo llamó mentiroso y caviar.

Pero López Aliaga también lanzó acusaciones contra Luna al señalar que le pagó a miembros del desparecido Consejo Nacional de la Magistratura (CNM). También dijo que “el Reniec le dio los planillones para llenar sus fichas y consigue un partido trucho”. Él no firmó el pacto ético.

Otro pronunciamiento

El Tribunal de Honor también solicitó a los actores políticos, candidatos, afiliados y simpatizantes de los partidos hacer uso responsable y ético de los medios de comunicación, redes sociales y de la inteligencia artificial durante la campaña electoral.

Y es que tomó conocimiento de que diversos candidatos y sus organizaciones políticas vienen brindando información inexacta durante entrevistas, pronunciamientos y discursos. “Se debe evitar “cualquier acto o campaña de desinformación, difusión de fake news e información exagerada o mal caracterizada”, afirmó.

Un detalle no menor es que, en diciembre último, de las 38 agrupaciones políticas que participan en el proceso electoral, solo 29 firmaron el Pacto Ético Electoral, que es impulsado por el Jurado Nacional de Elecciones para rechazar los ataques personales, promocionar debates prepositivos y combatir la desinformación.  

Entre los nueve partidos políticos que no suscribieron ese documento se encuentran Renovación Popular (Rafael López Aliaga), Perú Libre (Vladimir Cerrón), Fuerza Libertad (Fiorella Molinelli) y el Partido Demócrata Unido Perú (Charlie Carrasco).

Les siguen Fe en el Perú (Álvaro Paz de la Barra), el Partido Patriótico del Perú (Herbert Caller), el Partido Frente de la Esperanza (Fernando Olivera) y Ciudadanos por el Perú (sin candidato presidencial) y Un Camino Diferente (Rosario Fernández). Precisamente, la última candidata acudió al evento de la firma, pero en su breve discurso señaló que lo iba a hacer porque “la ética no se firma, se practica”.

Dina Boluarte y Juan Santiváñez: SAC del Congreso declaró procedente denuncia constitucional por caso ‘El Cofre’

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) del Congreso de la República declaró procedente y admitió a trámite la denuncia constitucional presentada por la exfiscal de la Nación, Delia Espinoza, contra la expresidenta Dina Boluarte y el exministro del Interior, Juan José Santiváñez. La denuncia es por el caso ‘El Cofre’.

De acuerdo con la tesis fiscal, el vehículo presidencial conocido como ‘el cofre’ habría servido para facilitar la fuga del prófugo de la justicia —valga la redundancia— y líder de Perú Libre, Vladimir Cerrón en febrero del 2024.

La SAC pudo aprobar este informe gracias a los 8 votos a favor de sus miembros; no obstante, 1 voto en contra.

El informe de calificación de la Denuncia Constitucional N.° 595, elaborado por la Secretaría Técnica, determina que hay suficientes indicios para encuadrar los hechos en los tipos penales indicados y que la denuncia satisface los requisitos formales y de procedencia establecidos en el Reglamento del Congreso.

La denuncia constitucional

La denuncia constitucional fue presentada en mayo del 2025 por la extitular del Ministerio Público.

A Boluarte se le acusa del presunto delito de encubrimiento personal, mientras que a Santiváñez la supuesta omisión de denuncia.

“Boluarte Zegarra habría facilitado la huida del prófugo Vladimir Roy Cerrón Rojas a bordo del vehículo oficial denominado ‘El Cofre’. (…) En tanto, Santiváñez Antúnez debió comunicar a la autoridad competente este encubrimiento por parte de la presidenta de la República”, indica la tesis fiscal.

La denuncia constitucional presentada en mayo del 2025.

La denuncia constitucional presentada en mayo del 2025.

La ruta de la denuncia

La denuncia constitucional deberá pasar a la Comisión Permanente del Congreso. En ese grupo de trabajo debatirán y votarán si procede o no. En caso de que proceda, pasará al Pleno, en el que Boluarte y Santiváñez deberán hacer uso de su defensa.

Los congresistas debatirán y votarán. De aprobarse, el Ministerio Público podrá llevar a cabo las investigaciones, ya que el fuero constitucional se les levantó a los exfuncionarios.

Juez Chelem anula ejecución de sentencia contra periodista Yofré López

Hay que reconocer que en la Corte de Huaura tienen reflejos de gato panza arriba. El pasado 4 de marzo, el Segundo Juzgado Civil notificó a varios magistrados que la demanda de Acción de Amparo interpuesta por el periodista Carlos Yofré López Sifuentes fue finalmente admitida a trámite.

Apenas 48 horas después de recibir el golpe legal, el Juez Rubel Chelem Cotrina Paredes —quien hasta hace poco mostraba una prisa desesperada por ejecutar el cobro de 100 mil soles a favor de su colega, el Juez Reyes— sufrió un repentino ataque de «iluminación jurídica». Mediante la Resolución N° 05, el magistrado decidió que su propia orden de cobro era nula «de oficio». ¡Vaya milagro procesal! Tras meses ignorando la ley y la Casación pendiente, apenas el Amparo les toca la puerta, se vuelven los más fervientes respetuosos del debido proceso.

Sin embargo, esta nulidad de oficio no es un acto de justicia, sino un paracaídas de emergencia. Los magistrados implicados saben perfectamente que, si el proceso de Amparo seguía su curso con la orden de cobro vigente, la evidencia del abuso y el prevaricato era tan grande que ni entre colegas habrían podido taparse el sol con un dedo.

Están intentado aplicar la técnica del «aquí no pasó nada», retrotrayendo todo al estado anterior para intentar vaciar de contenido el Amparo y que el Juez Civil no tenga nada que suspender. Es una maniobra de repliegue para evitar sanciones mayores ante la Junta Nacional de Justicia.

Esta nulidad de último minuto es la prueba irrefutable de que sabían que estaban actuando fuera de la ley, porque en el derecho existe un principio básico: «el juez conoce la norma». Si la incumplieron antes, fue con intención.

En Huaura, el debido proceso parece estar en cuidados intensivos, pero desde la trinchera periodística se sigue defendiendo la libertad de expresión frente a un hostigamiento judicial que no cesa, demostrando que el Estado de Derecho debe prevalecer sobre las castas judiciales.

Mañana: La radiografía de una nulidad con trampa.

Fuente: Contra Poder