Presentan 8 proyectos de ley para anular aumento de sueldo presidencial: ¿qué bancadas los promueven y qué argumentan?

El incremento del sueldo presidencial en más del 100 % continúa generando polémica en el Congreso de la República. Como se sabe, en la edición del diario oficial El Peruano de ayer, viernes, el Gobierno oficializó el aumento de dicha remuneración, la que pasará de 15 mil 600 soles a 35 mil 568 soles mensuales. El documento lleva las firmas de la propia jefa de Estado y del ministro de Economía y Finanzas, Raúl Pérez-Reyes.

Ante ello, desde el Parlamento, hasta el cierre de esta nota, se presentaron ocho proyectos de ley para dejar sin efecto el incremento salarial de la mandataria. Dichas iniciativas corresponden a congresistas de tres bancadas y a una no agrupada: Bancada Socialista, Bloque Democrático Popular y Juntos por el Perú-Voces del Pueblo.

El primer proyecto fue presentado al promediar el mediodía de ayer por la congresista Silvana Robles (Bancada Socialista), quien alegó que el aumento contraviene «las disposiciones expresas de la Ley 28212, que establece límites al monto de la remuneración presidencial a un monto no mayor de 10 Unidades Remunerativas del sector público, es decir, 26 000 soles para el año 2025″.

«Obviamente, en el marco de los procesos constitucionales procedería la acción popular como procedimiento idóneo para cuestionar un Decreto Supremo que infringe la ley. Sin embargo, dicho procedimiento supone un trámite judicial prolongado, impertinente ante los términos perentorios que se requieren para dejarlo sin efecto, razón por la que hemos recurrido a la vía legislativa dejarlo sin efecto, sin que ello constituya derogatoria, sino su inaplicación«, indica la iniciativa.

«Por lo expuesto, no se puede entender como la Sra. Boluarte decidió que resultaba oportuno subirse el sueldo a casi 36 mil nuevos soles, lo que representa 36 veces más que la remuneración mínima vital. Por lo expuesto, resulta necesario derogar el Decreto Supremo N° 136-2025-EF y dejar sin efecto una norma que genera un profundo malestar en la ciudadanía», puntualiza. 

La tercera iniciativa fue presentada por Jaime Quito (Bancada Socialista), quien consideró que se aprobó «un aumento sustancial e injustificado» del sueldo de la mandataria, el cual «carece de sustento legal válido, al no haber sido aprobada por el Congreso de la República ni contemplada en la Ley N.° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025».

«Asimismo, el Decreto Supremo en cuestión invoca erróneamente el artículo 52 de la Ley N.° 30057 – Ley del Servicio Civil, cuando el Presidente de la República no pertenece al régimen del servicio civil, ni puede acogerse sus disposiciones para efectos de escalas remunerativas, tal como ha sido reiterado por la propia Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR). La compensación económica del Presidente, como la de otros altos funcionarios electos, debe regularse únicamente a través de leyes, normas presupuestarias y principios de función pública. Por ello, su aumento mediante un decreto supremo contraviene también la Ley N.° 28212«, señala.

Horas más tarde, el legislador Édgard Reymundo (Bloque Democrático Popular) presentó un cuarto proyecto de ley que busca derogar el incremento del salario presidencial por considerar que contraviene la Ley 28212 y que es inconstitucional.

«Si bien es cierto, la Sra. Boluarte beneficiaria de este aumento de sueldo es impopular, el aumento realizado no guarda correlación con las funciones que ha venido ejerciendo con la poca o nula justificación en que sustentan su incremento, pues lo único que ha generado la actual gestión es división y crisis en diversos aspectos, siendo lo más relevante la álgida problemática de la inseguridad ciudadana, entre otros», indica.

«A ello se suma que el informe que justifica el aumento para Boluarte fue solicitado por el entonces presidente del Consejo de Ministros, Gustavo Adrianzén y no por Servir, siendo desmentido por el actual Premier que señaló que fue SERVIR quien tuvo la propuesta, pues dicha entidad a través de un informe exprés asegura que el cálculo del nuevo salario no se basa en criterios arbitrarios, sino en fórmulas técnicas que consideran tanto los sueldos nacionales como comparaciones internacionales; no obstante, este argumento no tiene asidero legal ni técnico, pues es importante entender que un informe técnico no puede estar sobre una ley, eso demuestra la clara inconstitucionalidad de este aumento de sueldo», alega.

El quinto proyecto fue presentado por Alfredo Pariona (Bancada Socialista), quien propone que «la remuneración mensual de la Presidenta de la República no podrá superar los S/ 15 600,00, monto equivalente a la remuneración de un congresista de la República antes de descuentos». 

«El incremento del salario presidencial a S/ 35 568.00 en un país empobrecido, desigual y violentado, no es solo una medida equivocada: es una ofensa al pueblo peruano. Por eso, debe ser revertida de inmediato, y debe servir como punto de partida para una profunda reforma ética del servicio público», apunta.

El sexto proyecto fue impulsado por Guillermo Bermejo (Juntos por el Perú-Voces del Pueblo), quien busca que se derogue el incremento del salario presidencial por ser «ilegal e inconstitucional».

«El aumento de la remuneración mensual de la Presidenta de la República, no solo carece de legitimidad social, sino que es ilegal e inconstitucional, acarreando en responsabilidad constitucional de la Presidenta del país así como de todos los miembros del Consejo de Ministros quienes refrendaron el Decreto Supremo en cuestión, dada las circunstancias que el artículo 23 de la Ley de Presupuesto no se aplica, ya que la exoneración de la Ley N° 28212 -Ley que desarrolla el artículo 39° de la Constitución Política, en lo que se refiere a la jerarquía y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado, se refiere para los puestos laborales del servicio civil; y, el cargo de la Presidencia de la República respecto a su remuneración, presenta límites expresos que no se han considerado al emitirse este Decreto a todas luces inconstitucional«, expone. 

El séptimo y octavo proyectos fueron presentados respectivamente por Elías Varas (Juntos por el Perú-Voces del Pueblo) y Margot Palacios (no agrupada). El primero señala que «el artículo 4 de la Ley N.° 28212, que regula los ingresos de los altos funcionarios del Estado, establece que la remuneración del presidente de la República no puede exceder las 10 Unidades Remunerativas del Sector Público (URSP)».

«En 2025, la URSP está fijada en S/2,600 (Decreto Supremo N.° 087-2024- PCM), lo que limita el sueldo presidencial a S/26,000 mensuales, un monto significativamente inferior al aprobado. Además, el artículo 4 de la Ley N.° 28212 señala que cualquier acto administrativo que otorgue pagos superiores a este tope es nulo de pleno derecho y genera responsabilidad administrativa para quienes lo autoricen. Por lo tanto, el Decreto Supremo N.° 136-2025-EF contraviene la normativa vigente, justificando su derogación para restablecer el marco legal», indica. 

Mientras que el proyecto de Palacios alega que el incremento salarial es ilegal «porque supera el límite establecido por la Ley 28212, que regula las remuneraciones de altos funcionarios públicos en Perú, según la cual, ningún funcionario puede ganar más que el presidente de la República y el salario presidencial no debe superar las 10 Unidades de Ingreso del Sector Público (UISP), equivalentes a S/ 26,000 mensuales».

«El aumento, aprobado por el Consejo de Ministros, eleva el sueldo de Boluarte a S/ 35,568 mensuales, lo que supera ampliamente el límite permitido y ha incurrido en incumplimiento de la Ley 28212 establece que cualquier pago en exceso es nulo y genera responsabilidad administrativa para quienes lo autorizaron», sostiene.

«Además, no se puede premiar a una funcionaria pública que por su incapacidad en gestión gubernamental tiene una baja aprobación ciudadana, según todas las encuestas, habiendo llegado a niveles inferiores al margen de error estadístico», resalta. 

Boluarte será la segunda presidente mejor pagada de Sudamérica: Lista de salarios

La presidenta del Perú, Dina Boluarte, se aumentó su sueldo en más del 100%, tras pasar de S/16.000 a S/35.568; es decir, más de 10 mil dólares al tipo de cambio actual, convirtiéndose en la segunda mandatario con mayor salario de Sudamérica.

Esta elevación de, exactamente, el 122% de su salario hará que nuestra mandataria pase de ocupar el antepenúltimo puesto, sólo por encima de Nicolás Maduro (Venezuela) y de Luis Arce (Bolivia), al segundo lugar de los jefes de Estado mejores pagados.

El ministro de Economía y Finanzas, Raúl Pérez Reyes, explicó que el aumento del sueldo de la mandataria se basa en una decisión que busca “alinear el sueldo presidencial con estándares internacionales” y garantizar coherencia dentro de la estructura salarial del Estado.

Según Pérez Reyes, el incremento responde a mandatos establecidos en la Ley de Presupuesto y la Ley del Servicio Civil. Además, se aplicó una metodología basada en la paridad del poder adquisitivo (PPA), tomando como referencia los sueldos presidenciales de 12 países latinoamericanos.

Sueldos de presidentes de Sudamérica (2025):

  1. Luis Lacalle Pou (Uruguay): $22.289
  2. Dina Boluarte (Perú): $10.002,25
  3. Gustavo Petro (Colombia): $9.513
  4. Gabriel Boric (Chile): $8.092
  5. Luiz Inácio Lula da Silva (Brasil): $6.205
  6. Santiago Peña (Paraguay): $5.400
  7. Daniel Noboa (Ecuador): $5.072
  8. Javier Milei (Argentina): $4.785
  9. Nicolás Maduro (Venezuela): $4.068
  10. Luis Arce (Bolivia): $3.615,36. 

Presidentes mejores pagados en Latinoamérica

  1. Luis Lacalle Pou (Uruguay): $22.289
  2. Bernardo Arévalo (Guatemala): $19.062
  3. Rodrigo Chaves Robles (Costa Rica): $10.915
  4. Dina Boluarte (Perú): $10.002,25
  5. Claudia Sheinbaum (México): $9.994

El anuncio del aumento ha generado reacciones mixtas en la opinión pública. Mientras el Ejecutivo lo justifica como parte de una reorganización estructural del sistema de remuneraciones estatales, diversos sectores de la sociedad civil y usuarios en redes sociales han expresado su descontento ante el incremento, especialmente en un contexto de crisis económica, falta de inversión en salud y educación, y bajos sueldos en el sector público.

Aclaran que gasto para implementación de bicameralidad forma parte del presupuesto del Congreso

El director ejecutivo de Unidad Ejecutora “Implementación del modelo de Infraestructura y Funcionamiento de la Bicameralidad del Poder Legislativo”, Enrique Fernández, sostuvo que los gastos que se viene realizando para la implementación de la bicameralidad en el Congreso de la República, que regirá desde fines de julio del 2026, se realizan con el presupuesto actual que tiene el Parlamento y no con dinero adicional.

“Cuando los representantes del Congreso manifestaron que no se iba hacer un gasto mayor, se entendía que no se iba a gastar más dinero (…) el que se utiliza es el que tiene presupuestado el Congreso y tiene un límite, que es el 0.6 % del Presupuesto General de la República. El compromiso es realizar todas las intervenciones con el presupuesto que tiene este año y el que tiene previsto para el próximo año el Congreso”, indicó en declaraciones a RPP.

Asimismo, precisó que se tiene previsto gastar 180 millones de soles para la implementación de la bicameralidad, de acuerdo al Plan Maestro, el cual servirá para contar con infraestructura que permita un trabajo eficiente y sostenido del nuevo Parlamento.

“Lo fundamental es asegurar que esa infraestructura sirva para dar un servicio apropiado al ciudadano y que la inversión que desarrollemos se haga con una estricta rendición de cuentas, con un trabajo técnico y con transparencia”, dijo.

Asimismo, Fernández detalló que una de las primeras necesidades del próximo Parlamento bicameral son los despachos de los senadores, las áreas para las comisiones del Senado, así como las oficinas para los grupos parlamentarios. Acotó que parte de los despachos de los senadores estarán en un local ubicado entre las avenidas Abancay con Junín.

Luego, explicó que la unidad ejecutora que dirige tiene un procedimiento de contratación aprobado por la Mesa Directiva, que es diferente al de la Ley de Contrataciones, el cual prevé una etapa inicial de involucramiento con el mercado, donde corresponde invitar a empresas que se interesen en los procesos que se convocan. Explicó que las convocatorias han sido públicas y difundidas por diversos canales informativos, como las redes sociales del Congreso.

Por ello, Fernández descartó que se realicen reuniones secretas o clandestinas con las empresas interesadas en la construcción de un nuevo edificio para las labores legislativas. También precisó que su trabajo es técnico y enfocado en tener una mejor infraestructura posible para el Parlamento.

En relación al local del San Luis, donde viene laborando junto a su equipo, dijo que tiene un servicio tipo coworking y desmintió que se gaste en la implementación de equipamientos, agua, luz e internet, entre otros, ya que es un espacio alquilado que incluye todos esos servicios. Dijo que en Miraflores y San Isidro el precio de lugar similar hubiera sido mayor.

Finalmente, resaltó que la Unidad Ejecutora para la Bicameralidad se ha reunido con las autoridades del Parlamento para explicar los avances de su trabajo con miras a un Congreso con una mejor infraestructura para el 2026. Detalló que, desde la próxima semana, se realizarán reuniones continúas.

¿Desde cuándo regirá el decreto que establece el aumento salarial del presidente de la República? La respuesta del MEF

Raúl Pérez Reyes, titular de la cartera de Economía y Finanzas, informó que el decreto supremo aprobado por el Consejo de Ministros, que dispone el aumento del sueldo del presidente de la República a 35 568 soles, entrará en vigencia a más tardar este viernes 4 de julio.

“[el aumento] se aprobó hoy (miércoles) y en principio debería estar publicado mañana (jueves) en el diario oficial El Peruano y, por lo tanto, entrará en vigor al día siguiente como establece la normativa vigente”, indicó durante una conferencia de prensa tras la sesión del Gabinete Ministerial.

Pérez Reyes justificó este incremento al señalar que el sueldo de la institución presidencial se encontraba “congelado” aproximadamente 20 años, cuando “el expresidente [Alan] García decidió reducir los salarios de un importante grupo de funcionario”.

“Lo que se está haciendo ahora es corregir este atraso en el salario del puesto de la Presidencia de la República, que no solo va a servir para la presidenta, sino para quien a partir de julio del próximo año ejerza este cargo”, manifestó.

En otro momento, el integrante del Gabinete Ministerial sostuvo que este aumento se da en atención a una resolución de la Presidencia de Servir, así como la ley de servicio civil respecto de la remuneración del presidente de la República.

Asimismo, agregó que se comparó el salario actual de la presidenta Dina Boluarte, el cual asciende a 16 000 soles, con el de los mandatarios de otros 12 países de América Latina, destacando que el suyo se encuentra entre los más bajos de la región.

“Se ha procedido a hacer una comparación internacional de los salarios que obtienen los presidentes de la República de 12 países y de ellos, el sueldo actual de la presidenta ocupaba el puesto 11, el sueldo más bajo lo tenía Bolivia”, refirió.

Fiscalía presentó acusación contra Keiko Fujimori por caso Cócteles y pide 35 años

El Equipo Especial Lava Jato finalmente formuló la acusación penal en el proceso seguido contra Keiko Fujimori Higuchi por el financiamiento a las campañas electorales de 2011 y 2016, en el denominado caso ‘Cócteles’.

El fiscal provincial José Domingo Pérez presentó la acusación penal contra los imputados Keiko Fujimori, Pier Figari, Ana Rosa Herz, Jaime Yoshiyama, José Chlimper, Adriana Tarazona, Augusto Bedoya, Mark Vito Villanella, Ana Cecilia Matsuno, Giancarlo Bertini, Hugo Tasayco, Juan Carlos Luna, Luis Mejía y Rafael Herrera, así como las personas jurídicas del Partido Político Fuerza Popular y MVV Bienes Raíces S. A. C.

En relación con la acusada Keiko Fujimori, la fiscalía solicitó 35 años de pena privativa de libertad y 730 días multa, por los delitos de lavado de activos agravado en organización criminal, en concurso con los delitos de falsa declaración en procedimiento administrativo y falsedad genérica. Asimismo, la fiscalía ha requerido el sobreseimiento de 19 investigados y el sobreseimiento parcial de dos de ellos.

Tal como lo adelantó Perú21, la nueva acusación tiene muchos menos acusados. Los investigados actualmente ascienden a 48 (46 personas naturales y 2 jurídicas), pero con la última sentencia del Tribunal Constitucional (TC) que prohíbe al fiscal Pérez procesar a Arsenio Oré y otros cinco abogados por el delito de obstrucción a la justicia, la lista se reducirá.

Keiko Fujimori

Imagen

Keiko Fujimori

Vizcarra confía en que será candidato en Elecciones Generales 2026: «Veo difícil que la Corte IDH no corrija este atropello»

Confía en revertir la situación. Martín Vizcarra, expresidente inhabilitado para ejercer función pública por el Congreso de la República, considera que sí podrá postular en las próximas elecciones presidenciales. El todavía precandidato anunciado por el partido Perú Primero apuesta a que la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) —órgano con injerencia supranacional encargado de evaluar un recurso interpuesto por el exmandatario para levantar las inhabilitaciones— le permitirá participar en los próximos comicios. Además, indicó que, en caso no le permitan postular de ninguna forma, su partido cuenta con otros nombres adecuados para asumir el rol de candidato presidencial.

“Sigo totalmente en campaña. Yo veo muy difícil que la CIDH no corrija ese atropello. Pónganse en el caso de que no lo corrija o que lo haga fuera de plazo: aun así, hay varios profesionales que pueden suplir ese puesto. Mi hermano es uno, tiene las condiciones, pero hay más también que podrían ir. Por lo menos ocho o diez personas”, mencióno Vizcarra.

El exjefe de Estado también comentó que todavía no ha definido ninguna alianza entre su partido y otras agrupaciones participantes de la contienda nacional. Aseguró que se encuentran en conversaciones con varias organizaciones y que no habría posibilidad de que uno de esos partidos aliados sea Fuerza Popular, la agrupación de Keiko Fujimori.

«Todavía no tenemos definida ninguna coalición. Pero hay varios partidos que nos siguen. Obviamente, no nos aliaríamos con el fujimorismo. ¿Por qué creen que el Congreso, con el fujimorismo a la cabeza, me ha inhabilitado tantas veces?”, indicó al respecto el exmandatario.

Martín Vizcarra acude a la Corte IDH con medida cautelar para revertir su inhabilitación por el Congreso

Martín Vizcarra dio a conocer que interpuso una medida cautelar ante la CIDH al considerar que el Tribunal Constitucional (TC) actuó con fines políticos al no paralizar las inhabilitaciones dictadas en su contra. Durante una conversación con Exitosa, el exmandatario señaló que su intención es que dichas inhabilitaciones queden suspendidas.

Vizcarra explicó que ya presentó ante la Corte IDH una acción de amparo, aunque este tipo de procesos suelen tardar entre cuatro y cinco años debido al volumen de casos similares. Además, detalló que recién este año formuló la solicitud de medida cautelar, la cual no anula la sanción, pero sí puede detenerla temporalmente, posibilidad que, según dijo, podría materializarse antes de los próximos comicios.

De acuerdo con sus declaraciones, el exgobernante afirmó que tenía conocimiento de que el TC había rechazado su pedido de levantamiento de inhabilitación, pero los magistrados optaron por no notificarle oficialmente porque sabían de su intención de acudir a instancias internacionales. Incluso, acusó a la presidenta del TC, Luz Pacheco, de ordenar que la resolución se mantuviera en reserva. Por último, Vizcarra cuestionó que el fallo recién se hiciera público cuando el requerimiento de prisión preventiva del fiscal Germán Juárez Atoche estaba por ser desestimado, calificando este acto como parte de un “cálculo político” carente de fundamentos.