Santiváñez arremete contra fiscal de la Nación tras allanamiento a su vivienda: «Es un manotazo de ahogado»

El ministro del Interior, Juan José Santiváñez, restó importancia al allanamiento a su vivienda y aseguró que esta disposición es un «manotazo de ahogado» de la fiscal de la Nación, Delia Espinoza.

¿A qué se debe el allanamiento a la vivienda de Santiváñez? 

En declaraciones a la prensa, el titular del Ministerio del Interior (Mininter) calificó como una «treta» las diligencias en su domicilio y cuestionó las declaraciones de dos testigos protegidos, quienes indicaron que Santiváñez habría recibió sobornos de sus clientes cuando ejercía como abogado, ello con el fin de influir de manera ilícita en decisiones judiciales, según lo reveló ‘Cuarto Poder’. 

«Yo soy un abogado viejo, tengo 25 años de experiencia. Esto en realidad es una manotazo de ahogado y una treta de la fiscal de la Nación para generar una diligencia con un documento o unas supuestas declaraciones de testigos protegidos porque no tenía mayores argumentos para poder hacerlo. Por eso, lo hace dentro del cuaderno del delito de abuso de autoridad», declaró.

Asimismo, Santiváñez precisó que el allanamiento en su vivienda tiene como objetivo encontrar artefactos electrónicos o de comunicación que puedan relacionarse o vincularse con el delito de abuso de autoridad, afirmando que brindó todas las facilidades para que la diligencia se realice con normalidad. 

«Esta medida refiere a un mandato judicial por una solicitud del Ministerio Público en donde la intención es encontrar artefactos electrónicos o de comunicación que puedan relacionarse o vincularse con el delito de abuso de autoridad (…) Hemos brindado todas las facilidades para que la diligencia pueda llevarse a cabo», agregó.

Viaje a Europa no se ve afectado por allanamiento

Por otro lado, el ministro del Interior aseveró que su viaje a Europa no mantiene en pie y resaltó la importancia de asistir a dichas actividades oficiales. 

«El viaje a Bruselas no se interrumpe. El viaje a Bruselas es una invitación a todos los ministros del interior del mundo para establecer protocolos y mecanismos de lucha contra la criminalidad transnacional. Se van a adoptar acuerdos importantes para combatir estas organizaciones, sus medios de financiamiento, se van a adoptar medidas contra otros ministros del interior», acotó.

Como se recuerda, el Poder Ejecutivo autorizó el viaje a Bélgica y Países Bajos del ministro del Interior, Juan José Santiváñez, para participar en la Reunión Ministerial del Comité Latinoamericano de Seguridad Interior (CLASI) y la Unión Europea. Este periplo es desde el lunes 3 al domingo 9 de marzo.

De esta manera, el ministro del Interior, Juan José Santiváñez, señaló que el allanamiento a su vivienda es una «treta» de la fiscal de la Nación, Delia Espinoza.

Sobrino de Dina Boluarte posee condena de 5 años de prisión por cobro de coimas, pero se resiste a acatarla

Juan Luis Chong Campana, quien es sobrino de la presidenta Dina Boluarte, ha sido condenado a 5 años de prisión por el delito de tráfico de influencias, tras ser declarado culpable de pedir sobornos a empresarios durante su tiempo como vicegobernador de Lima Provincias entre 2015 y 2018. No obstante, a pesar de la sentencia definitiva y la orden de arresto en su contra, Chong Campana continúa en libertad, según un informe de Cuarto Poder.

El 30 de septiembre de 2021, el Poder Judicial sentenció a Juan Luis Chong Campana a 5 años de prisión efectiva por el delito de tráfico de influencias agravado. La sentencia se basó en pruebas que demostraron que, durante su gestión como vicegobernador, Chong solicitó coimas a empresarios a cambio de favorecerlos en la adjudicación de contratos de obras públicas en la región de Lima Provincias.

A pesar de la condena, Chong Campana apeló la decisión, pero en octubre de 2022, la Segunda Sala de Apelaciones de Lima confirmó la sentencia. Desde entonces, el sobrino de la presidenta Boluarte ha evitado cumplir con la pena impuesta, argumentando problemas de salud y presentando solicitudes para convertir su prisión efectiva en una pena de vigilancia electrónica, amparándose en el Decreto Legislativo 1585, promulgado por su tía, la presidenta Boluarte, y el ministro de Justicia, Eduardo Arana, en noviembre de 2023.

Sin embargo, el Poder Judicial rechazó su pedido el 15 de marzo de 2024, y ratificó la decisión el 30 de octubre del mismo año, señalando que el delito de tráfico de influencias está expresamente excluido de los beneficios de conversión de pena.

La orden de captura vigente

A pesar de las pruebas en su contra y las sentencias judiciales, Juan Luis Chong Campana sigue libre. La orden de captura en su contra fue renovada el 22 de enero de este año, pero hasta el momento no ha sido detenido. En una llamada telefónica con este medio, Chong alegó que se encuentra mal de salud y que ha apelado la decisión judicial, aunque no especificó los detalles de su recurso legal.

El abogado penalista Walter Palomino explicó que, al estar con una orden de captura y no estar detenido, Chong Campana es considerado un prófugo. Además, señaló que el delito de tráfico de influencias agravado, cometido por un funcionario público, conlleva una pena de 4 a 8 años de prisión, lo que refleja la gravedad del caso.

El vínculo con la presidenta Boluarte

Juan Luis Chong Campana es hermano del general en retiro Carlos Chong Campana, quien fuera jefe de Estado Mayor durante el gobierno de Dina Boluarte. Aunque Chong ha declarado para el dominical que no tiene relación con la presidenta y que no la ha visto en años, su caso ha generado críticas y cuestionamientos sobre la independencia del sistema judicial y la posible influencia de su parentesco con la mandataria.

El caso contra Juan Luis Chong Campana se remonta a 2015, cuando, como vicegobernador de Lima Provincias. Uno de los empresarios afectados, Josué Sánchez Agama, relató en detalle cómo Chong le solicitó sumas de dinero en varias ocasiones, llegando a recibir depósitos en su cuenta bancaria.

Según las declaraciones de Sánchez Agama, todo comenzó el 11 de septiembre de 2015, cuando Chong le solicitó 40 mil soles en una reunión en una cafetería. Aunque Sánchez solo contaba con 10 mil soles, accedió a girar un cheque a nombre de otra persona. Posteriormente, Chong volvió a pedirle 20 mil soles, que fueron depositados en su cuenta de ahorros. Además, envió términos de referencia para la adjudicación de obras, indicando que dos de ellas eran para Sánchez y otras dos para personas que lo habían apoyado en su campaña.

Dos testigos protegidos señalan al ministro Juan José Santivañez de pagar coimas a jueces y fiscales para resolver casos judiciales

Dos testigos protegidos denunciaron que el ministro del Interior, Juan José Santiváñez, recibió presuntos sobornos de sus clientes, cuando ejercía como abogado, para favorecerlos en procesos judiciales.

Según el programa Cuarto Poder, estas personas declararon ante la Fiscalía que Santiváñez Antúnez habría pagado coimas a fiscales y jueces para influir ilegalmente en decisiones judiciales en diferentes casos.

Uno de los testimonios acusa al actual ministro del gobierno de Dina Boluarte de haber solicitado 60 000 dólares para «arreglar» con los jueces que iban a resolver el habeas corpus de un capitán de la Policía Nacional implicado en el caso Escuadrón de la muerte.

«Entre llantos le contó que Juan José Santiváñez Antúnez le había pedido US$ 60 000 para arreglar a los jueces que tenían a su cargo unos habeas corpus que él había presentado en favor de su familiar», contó el testigo protegido N.° 01-2025.

Y no solo ello, hace referencia a la exjueza Enma Benavides Vargas —hermana de la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides— como «persona de confianza» dentro del Poder Judicial. «Ella era la intermediaria para arreglar con diversos jueces y que estos a su vez saquen resoluciones a su favor a cambio de dinero. Y que tanta era la confianza entre ellos, que su hijo, José Luján Benavides, trabajaba como practicante personal en su estudio. Esos 60 000 dólares eran para asegurar que cualquiera de los habeas corpus presentados se declarara fundado y, por tanto, logre la libertad de su familiar”, mencionó.

De acuerdo con el reportaje, el pago de la coima a Santiváñez se habría efectuado en dos partes, según el testigo protegido N.° 01-2025. Sin embargo, el ministro del Interior no habría cumplido con su parte del supuesto negociado.

“30 000 dólares le depositó a una de sus cuentas personales, y los otros 30 000 dólares se los entregó en efectivo a él directamente. Por tal motivo, la persona se encontraba desesperada porque se había dado cuenta de que Juan José Santiváñez no cumplió lo acordado, ya que le notificaron al penal los fallos denegando los habeas corpus a Francisco Johnny Arévalo Quispe”, sostuvo.

El otro testigo con código N.° 02-2025 dio cuenta también sobre este episodio. “Juan José Santiváñez ordenó que averigüen el nombre del juez y del secretario que tenían a cargo la causa del habeas corpus, porque Santiváñez quería acceder a ellos, ya que la persona cercana de su entonces patrocinado Francisco Johnny Arévalo Quispe le habría pagado para que Santiváñez pague al juez del hábeas corpus y con ello pueda lograr su libertad”, manifestó.

Otro presunto acto ilícito

El ministro de Estado también habría requerido dinero al exgeneral PNP Héctor Javier Amesquita, investigado por el Ministerio Público por el caso de la millonaria compra de mascarillas en el contexto de la pandemia de la COVID-19.

Juan José Santiváñez Antúnez le pidió S/64 000 soles al General PNP Héctor Javier Petit Amesquita en circunstancias que se encontraban en la oficina de Juan José Santiváñez Antúnez, y que dicho requerimiento de dinero era para evitar que se requiera en contra del General PNP Héctor Javier Petit Amesquita, una medida coercitiva en el marco de su proceso penal que se le venía siguiendo por la compra irregular de mascarillas en época de pandemia. Este dinero era el pago para el pago de coima al fiscal que estaba a cargo del caso”, expresó el testigo protegido N.° 01-2025.

Estos pagos ilícitos se habrían llevado a cabo dentro del estudio de abogados de Santiváñez.

“Tengo conocimiento de un hecho grave. A mediados del año 2020, un trabajador del estudio presenció el momento en que el general PNP Héctor Javier Petit Amesquita le entregó en efectivo la suma de S/60 000 a Juan José Santiváñez, y que tanto el requerimiento como la entrega del dinero fue en el mismo día, y que esto habría sido en el mes de junio del año 2020”, añadió el mismo testigo protegido a la Fiscalía.

Implican a administradora de estudio de abogados de Santiváñez

El dominical también sostiene que el testigo N.° 02-2025 acusó a Yessenia Stefany de la Cruz Rivas, administradora del estudio de Santiváñez, de colaborar en estos hechos graves. 

“Ellos dos disponían qué dinero iba ser ingresado a las cuentas del estudio y declarado ante la Sunat, y qué dinero iba a ser mantenido en efectivo para Juan José Santiváñez, dinero que no era bancarizado y provenía de las actividades ilícitas que he mencionado”, dijo.

“Tengo conocimiento que Juan José Santiváñez le habría pedido a inicios de este año 2025 a Yessenia Stefany De La Cruz Rivas que oculte su computadora personal y Ipad personal, por cuanto en su contenido tiene información que podría perjudicarlo, y le solicita ello en razón de la confianza que le tiene a Yesenia de la Cruz por la relación sentimental extramatrimonial que hasta la fecha mantienen”, relató.

César Acuña sobre moción de censura contra el ministro del Interior: «Nosotros no promovemos censuras ni interpelaciones»

César Acuña, gobernador regional de La Libertad, en declaraciones a la prensa brindadas este viernes, se pronunció acerca de la moción de censura contra el ministro del Interior, Juan José Santiváñez, que viene impulsando la congresista Susel Paredes (Juntos por el Perú-Voces del Pueblo).

Al respecto, Acuña indicó que su partido Alianza para el Progreso no promueve «censuras ni interpelaciones», pues buscan la estabilidad. 

«Nosotros hemos dicho y vuelvo a reiterar que nosotros buscamos la gobernabilidad, nosotros buscamos la estabilidad. Nosotros no promovemos censuras ni interpelaciones. Seguimos en nuestra posición porque queremos estabilidad”, sostuvo.

Nadine Heredia: Poder Judicial decidirá el 7 de marzo si sigue siendo investigada por caso Gasoducto

Sentencia clave. Este viernes 7 de marzo, el Poder Judicial dará a conocer su fallo sobre el recurso de casación presentado por la defensa de la ex primera dama Nadine Heredia, quien busca evitar ser investigada por presunta colusión en el caso Gasoducto Sur Peruano.

 A las 8:30 a. m. de este viernes, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia anunciará su decisión, según informó el juez supremo César San Martín tras escuchar los alegatos de las partes procesales en la audiencia de este viernes.

La defensa de Nadine Heredia solicita revocar la resolución emitida el 5 de julio de 2023 por la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional, que confirmó un fallo de primera instancia negando su pedido de archivamiento de la investigación.

Su abogado, Julio César Espinoza, sostiene que la fiscalía atribuye erróneamente a su defendida el presunto delito de colusión, pese a que ella nunca fue funcionaria pública.

EL CASO

Como se recuerda, el 5 de julio de 2023, la Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional confirmó la resolución emitida el 27 de septiembre de 2022, la cual declaró infundada una procedencia de acción con la que se buscaba archivar el delito que se le imputa a Nadine Heredia, en el marco del caso Gaseoducto Sur Peruano.

La defensa de la esposa de Ollanta Humala argumenta que su patrocinada no era funcionaria pública al momento de producirse los hechos. En ese sentido, el recurso legal pretende que la Corte Suprema aclare si se puede imputar el delito de colusión a una persona que no ejerce cargo público. 

La Sala Suprema  indicó que “en el presente caso es menester definir la noción de funcionario de hecho, si quien lo hace puede cometer delito de colusión y, en su caso, cuáles son los elementos que lo determinan, El caso debe abordarse desde las causales de inobservancia de precepto constitucional e infracción de precepto material”.

La exprimera dama es investigada por el presunto delito de asociación ilícita para delinquir, en en el marco del caso Gaseoducto Sur Peruano. Además, también es investigada por presuntos aportes ilegales a las campañas presidenciales nacionalistas de 2006 y 2001. Ante ello, el Ministerio Público los sindica de haber incurrido en el presunto delito de lavado de activos y ha solicitado 26 años y 6 meses de prisión para Heredia, mientras que, para el expresidente Ollanta Humala, ha solicitado 20 años.

Corte Suprema evaluará el 11 de marzo apelación de Pedro Castillo para salir de prisión con vigilancia electrónica

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema evaluará el martes 11 de marzo el pedido del expresidente Pedro Castillo para que se ordene el cese del mandato de prisión preventiva que pesa en su contra y se le imponga vigilancia electrónica en el proceso penal que se le sigue por su fallido golpe de Estado del 7 de diciembre del 2022.

En una audiencia virtual a realizarse desde las 9:00, el tribunal supremo analizará el recurso de apelación que presentó el exmandatario, el último 10 de febrero, contra la resolución que emitió el juez supremo Juan Carlos Checkley, el último 29 de enero, en la que declaró infundada la solicitud que hizo para que en su caso se aplique la vigilancia electrónica (grillete electrónico) por haber surgido nuevos elementos de convicción que demuestran la no concurrencia de los delitos que le atribuye la Fiscalía en este caso.

La defensa legal del expresidente Pedro Castillo demanda que se revoque la resolución impugnada que declara infundada la solicitud de cese de prisión preventiva y, por tanto, se le otorgue a su defendido la vigilancia electrónica.

Ante ello, la sala presidida por el juez supremo César San Martín escuchará ese día al expresidente Pedro Castillo desde el establecimiento penitenciario de Barbadillo, ubicado en el distrito limeño de Ate, donde está recluido, así como a su defensa legal y a las demás partes procesales involucradas a fin de emitir una decisión final al respecto en los próximos días.

Está audiencia virtual no pudo llevarse a cabo el último martes 24 de febrero debido a que Carlos Perea, abogado del expresidente Pedro Castillo, se retiró del establecimiento penitenciario de Barbadillo en Ate sin previo aviso a dicho tribunal supremo, bajo el argumento de que se habían presentado inconvenientes técnicos que le impedían ejercer la defensa técnica del exmandatario, por lo que pidió su reprogramación.

Ante ello, el juez supremo César San Martín llamó la atención al letrado al indicarle que hizo mal en retirarse sin previa coordinación y autorización del tribunal supremo por lo que se dispuso reprogramar está audiencia virtual bajo «apercibimiento» o «advertencia» que si este comportamiento se vuelve a repetir se convocará a un defensor público.

La Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos pidió 34 años de prisión para el expresidente Pedro Castillo, así como su inhabilitación por 3 años y 6 meses para ejercer cargo público al acusarlo por los presuntos delitos de rebelión, abuso de autoridad y grave perturbación a la tranquilidad pública en agravio del estado y la sociedad.

La resolución apelada

La defensa legal del exjefe del Estado ampara su solicitud de vigilancia electrónica a favor de su patrocinado en el numeral 1, del artículo 283° del Código Procesal Penal y en virtud del decreto legislativo N.º 1322 y D.S. N.º 016- 2017-JUS, que regula la vigilancia electrónica con la finalidad de contribuir con la disminución de los niveles de hacinamiento en los establecimientos penitenciarios.

No obstante, el juez supremo Juan Checkley rechazo está solicitud al precisar que las leyes peruanas permiten el uso de la vigilancia electrónica para reducir el hacinamiento en penales sobrepoblados en el caso de delitos, cuya condena no supere los ocho años de prisión; sin embargo, en el caso del exmandatario, la Fiscalía le imputa el delito de rebelión, cuya pena oscila entre 10 a 20 años de prisión.

El magistrado también resalta en su resolución que no cabe la vigilancia electrónica en el presente caso; más aún cuando el centro penitenciario donde el expresidente Pedro Castillo cumple la prisión preventiva (conocido como Barbadillo) es uno en el cual no existe hacinamiento.