Congreso impulsa inhabilitación de cuatro fiscales supremos tras aprobar informe de la DC 528

SAC aprueba informe clave con nueve votos a favor

La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) del Congreso aprobó este martes el informe final de la Denuncia Constitucional 528, un documento que recomienda la inhabilitación por 10 años del exfiscal de la Nación (i) Juan Carlos Villena Campana y de los fiscales supremos Pablo Sánchez VelardeZoraida Ávalos Rivera y Delia Espinoza Valenzuela para el ejercicio de la función pública.

La votación se realizó durante la tercera sesión extraordinaria del grupo de trabajo, presidida por la congresista Lady Camones (APP), y obtuvo 9 votos a favor2 en contra y 2 abstenciones. La denuncia original fue presentada por los congresistas Fernando Rospigliosi (FP), José Cueto (HyD) y Alfredo Azurín (SP).

Este informe también recomienda acusar penalmente a los magistrados por la posible comisión de abuso de autoridadfalsedad genéricaprevaricato y por ser presuntos instigadores del delito de usurpación de funciones.


¿Qué originó la denuncia contra los fiscales supremos?

El punto central de la acusación es la Resolución 2246-2024, emitida el 14 de octubre de 2024, mediante la cual los fiscales aprobaron un reglamento que —según el informe congresal— incurrió en trasgresiones a la Ley 32130, norma que modificó el Código Procesal Penal para fortalecer la labor de la Policía Nacional en las investigaciones del delito.

De acuerdo con la SAC, los fiscales habrían invadido competencias policiales, lo que configuraría usurpación de funciones. Este es uno de los argumentos principales para sustentar la propuesta de inhabilitación y acusación penal.

La pregunta que surge es inevitable: ¿Se trata de una defensa del equilibrio de funciones o de una ofensiva política contra el Ministerio Público?


Admiten denuncia contra Pedro Castillo y dos exministros

En la misma sesión, la SAC aprobó el informe de calificación que admite a trámite la Denuncia Constitucional 645, presentada por la fiscal de la Nación, Delia Espinoza, contra el expresidente Pedro Castillo Terrones y los exministros José Gavidia y Dimitri Senmache.

La acusación se basa en la presunta comisión del delito de negociación incompatible por la supuesta designación irregular de Roberto Burgos del Carpio y Arturo Giles Ferrer como vocales del Consejo Supremo de Justicia Militar Policial sin evaluación de méritos ni propuesta previa del fuero Policial Militar.

El informe fue aprobado por 9 votos a favor4 en contra y ninguna abstención.


SAC declara improcedente otra denuncia por obstrucción y encubrimiento

El grupo parlamentario también aprobó el informe que declara improcedente la Denuncia Constitucional 623, formulada contra once congresistas de diversas bancadas, entre ellos Martha MoyanoHéctor VenturaMilagros JáureguiVíctor FloresEsdras MedinaNilza ChacónMaría AcuñaSegundo QuirozElvis VergaraJorge Montoya y José Jerí.

La denuncia alegaba presunta infracción a los artículos 99, 100 y 139 de la Constitución y los delitos de encubrimiento personal y obstrucción a la justicia, al haber votado el archivamiento de las DC 509 y 585 durante la sesión del 18 de julio de 2025.

La DC 509 involucraba a Dina Boluarte y a sus exministros por homicidio calificado y lesiones graves durante las protestas de diciembre de 2022 a marzo de 2023; mientras que la DC 585 cuestionaba la votación que declaró la vacancia de Pedro Castillo en 2022.

El informe que proponía declarar la improcedencia consiguió 9 votos a favor3 en contra y 1 abstención.


Delegan investigación contra Pedro Francke y Mirtha Vásquez

Como último punto de agenda, la presidenta de la SAC delegó al congresista Elvis Vergara (AP) la investigación de la Denuncia Constitucional 331, presentada por la parlamentaria Patricia Chirinos (RP) contra el exministro de Economía Pedro Francke y la expresidenta del Consejo de Ministros Mirtha Vásquez.

La denuncia señala presunta infracción a los artículos 38, 39 y 126 de la Constitución y la posible comisión del delito de patrocinio ilegal, figura tipificada en el artículo 385 del Código Penal.


¿Qué panorama enfrenta ahora el Ministerio Público?

La aprobación del informe de la DC 528 coloca al Ministerio Público en una de sus tensiones institucionales más fuertes de los últimos años. Tres fiscales supremos y un exfiscal de la Nación quedan a un paso de la inhabilitación, mientras el Congreso consolida su rol sancionador en materia constitucional.

La decisión final dependerá de la votación en el Pleno del Congreso, donde se necesitará mayoría calificada.

Betssy Chávez: Congreso debatirá mañana informe final que recomienda su inhabilitación por el intento de golpe de Estado

El Pleno del Congreso tiene en sus manos el futuro de Betssy Chávez, exministra de Pedro Castillo. Este miércoles 19 de noviembre, a las tres de la tarde, los parlamentarios debatirán y votarán el informe de la Comisión Permanente que recomienda su inhabilitación de la función pública por un periodo de 10 años.

El Legislativo busca imponer la máxima sanción contra la ex primera ministra debido al intento de golpe de Estado que ocurrió el 7 de diciembre del 2022.

En caso el Parlamento apruebe el informe de la denuncia constitucional N.º 351 presentado por la congresista Patricia Chirinos, Chávez Chino quedará impedida de postular a las Elecciones 2026.

Según la denuncia constitucional N° 351 presentada por Chirinos, se alega que la exministra habría violado los artículos 38, 39 y 45 de la Constitución Política al presuntamente involucrarse en las acciones previas y posteriores al intento de golpe de Estado.

Como se recuerda en septiembre de este año, la Comisión Permanente aprobó con 17 votos a favor, 4 en contra y 0 abstenciones el informe proveniente de la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC), que propone dicha sanción contra Chávez.

Antes de la votación y la presentación de la defensa legal de la excongresista, los integrantes de la Comisión Permanente deberán sustentar el pedido del informe. Luego de ello, los abogados harán el uso de la palabra antes de que sea sometido a debate y votación.

Es preciso resaltar que ninguno de los congresistas que votó en la SAC podrá hacerlo durante la sesión del Pleno, según lo establecido en el Reglamento del Congreso.

JNJ acude al TC por caso de Delia Espinoza

La Junta Nacional de Justicia (JNJ) presentó una demanda competencial ante el Tribunal Constitucional (TC) contra el Poder Judicial, con el fin de anular la medida cautelar que ordena la reposición de Delia Espinoza como fiscal de la Nación.

La demanda cuestiona la competencia del Poder Judicial para intervenir en decisiones de carácter institucional y disciplinario adoptadas por la JNJ.

La acción legal fue interpuesta tras la resolución de un juzgado que dispone el retorno de Espinoza al Ministerio Público, pese a que su salida fue resultado de una decisión disciplinaria de la JNJ. En el documento enviado al TC, la Junta solicita que se declare fundada la demanda “en todos sus extremos”.

JNJ cuestiona competencia judicial sobre decisiones internas

La JNJ argumenta que el Poder Judicial incurrió en un uso indebido de sus facultades al ordenar la reposición provisional de Espinoza, lo que, según la entidad, contraviene su competencia exclusiva para nombrar, ratificar o cesar a fiscales y jueces.

Señala que el Noveno Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ejerció un control judicial «imprudente» y «lesiva del derecho fundamental al debido proceso».

Delegación de representación procesal

En su presentación, la JNJ delegó su representación procesal a la procuradora pública Martha María Solís Vázquez y a los abogados Antuaned María Carla Montoya y Rony Alberto Sáenz Alvarado, quienes actuarán en defensa de la entidad ante el Tribunal Constitucional.

Asimismo, la JNJ requirió al TC que se respete el principio de autonomía institucional y que se reafirme la separación de funciones entre órganos jurisdiccionales y órganos de gobierno del sistema de justicia.

Respuesta al fallo que favorece a Delia Espinoza

La demanda se origina tras la medida cautelar dictada por el Poder Judicial que dispone reponer a Delia Espinoza en el cargo de fiscal de la Nación. Según el fiscal interino, Tomás Gálvez, la JNJ no le ha comunicado oficialmente ningún cambio, aunque la orden judicial está vigente.

Poder Judicial ordenó embargo sobre bien inmueble vinculado a la suspendida congresista María Cordero

El Poder Judicial ordenó el embargo en forma de inscripción sobre un bien inmueble vinculado a la suspendida legisladora María Cordero como parte del proceso penal que se le sigue por un presunto recorte de sueldo a un trabajador de su despacho congresal en el 2022.

El juez supremo provisional Juan Carlos Checkley adoptó esta medida al declarar fundada la solicitud que hizo la Procuraduría General del Estado, el último 16 de septiembre, para que se ordene la ejecución de esta medida cautelar real sobre dicho bien inmueble, ubicado en la provincia de Barranca (región de Lima Provincias). 

El magistrado ordenó trabar embargo en forma de inscripción por la suma de 200 mil soles sobre las acciones y derechos que le corresponden a la suspendida legisladora respecto a este bien inmueble por lo que dispuso que se remita un oficio al Jefe de Registro de Predios de la Oficina Registral de Barranca de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), remitiendo los partes judiciales correspondientes a fin de que se cumpla con lo ordenado por su despacho en este caso.

Mediante una resolución emitida el 7 de noviembre, el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley determinó que la solicitud de la Procuraduría General del Estado cumple los presupuestos establecidos en la ley para imponer la medida de coerción procesal de carácter real solicitada sobre dicho bien inmueble por dicho monto que, a criterio del magistrado, resulta razonable para cubrir el pago de una futura reparación civil a favor del estado, en caso se determine daño alguno. 

La Fiscalía de la Nación investiga a María Cordero por el presunto delito de concusión en agravio del Estado por presuntamente haber obligado a un trabajador de su despacho congresal a entregarle el 50 % de sus haberes entre los meses de marzo y agosto del 2022. 

El último 14 de marzo del 2024, el pleno del Congreso aprobó suspender a María Cordero en su cargo de congresista y levantar su inmunidad parlamentaria, a fin de que afronte este proceso penal.

No obstante, el Parlamento no aprobó la propuesta para que María Cordero sea inhabilitada por 10 años para ejercer cargos públicos.

Presidente José Jerí asegura que no postulará en el futuro: “Voy a disfrutar de mis mascotas y vida personal”

¡LO AFIRMÓ! El presidente José Jerí aseguró que no pretende postular nuevamente una vez que termine su periodo como jefe de Estado. Indicó que en el 2026 retomará sus actividades personales y familiares.

En rueda de prensa desde Huánuco, un periodista le preguntó sobre sus planes políticos a futuro y Jerí aseguró que está enfocado en cumplir con todas las obligaciones impuestas y dejar al Perú encaminado para las próximas elecciones. Luego de ello, se enfocará en su vida personal.

“Yo estoy esperando cumplir esa responsabilidad que se me encomendó por mandato constitucional y de ahí tomaré nuevamente mis actividades. Voy a estar muy contento de volver a ser José Jerí”, respondió el mandatario.

Añadió: “Disfrutar de la tranquilidad de mis hábitos y costumbres que siempre he tenido con mis mascotas y con mi vida personal y mi relación familiar”.

NO PROMETERÁ COSAS QUE NO CUMPLIRÁ

Consciente que su gobierno durará pocos meses y tras las críticas por su plan contra la delincuencia y la criminalidad, el presidente José Jerí indicó que está enfocado en el ahora.

“Si uno hace, ¿por qué hace? Si no hace, no hace, es indolente, insensible. O sea, estamos en el punto que lamentablemente algún sector muy puntual, muy minúsculo, llamémoslo así, critica cualquier tipo de acción u omisión. A mí me preocupa el día de hoy, respondió.

Además, descartó que vaya a prometer cosas que no pueda llegar a cumplir, pues reconoce que es un presidente transitorio.

No me gusta ofrecer cosas que no puedo cumplir. Prefiero ofrecer o prometer lo mínimo y no fallar diciendo mil cosas que no voy a hacer noventa y nueve o novecientas noventa y nueve. Lo poco que puedo ofrecer es lo poco que voy a hacer, y lo que no pueda hacer ahora lo voy a dejar encaminado”, remarcó.

JEE de Pacasmayo halla responsabilidad de Fernando Rospigliosi y otros por usar cámara del Congreso en acto político de Keiko

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Pacasmayo determinó que el presidente del Congreso, Fernando Rospigliosi, y otros dos funcionarios incurrieron en infracción al deber de neutralidad durante el periodo previo a las Elecciones Generales 2026, al permitirse el uso de una videocámara institucional del Parlamento en un evento partidario de Fuerza Popular.

La Resolución N.° 00133-2025-JEE-PCYO/JNE, emitida el 13 de noviembre, concluye un expediente iniciado tras la denuncia por el uso indebido de bienes públicos en el evento realizado el 30 de octubre de 2025 en Huanchaco, Trujillo, donde Keiko Fujimori anunció su precandidatura presidencial.

Responsabilidades establecidas.

El JEE identificó tres niveles de responsabilidad:

1. Fernando Rospigliosi – Omisión funcional

El presidente del Congreso fue declarado responsable por omisión, al no implementar controles que impidieran el uso de bienes estatales con fines proselitistas. La resolución indica que, como máxima autoridad administrativa, tenía la obligación de resguardar el patrimonio público.

El JEE también señala que Rospigliosi es afiliado a Fuerza Popular.

2. Jaime Abensur Pinasco – Omisión en la suplencia de la Oficialía Mayor

Abensur, quien ejercía la suplencia de la Oficialía Mayor, fue hallado responsable debido a la falta de supervisión que permitió la salida de la cámara. El documento señala que no garantizó un control adecuado sobre el patrimonio del Congreso y también menciona su afiliación a Fuerza Popular.

3. Daniel Constantino Luza Amésquita – Acción directa

El servidor parlamentario fue identificado como el autor del uso de la cámara institucional, inventariada con el código 29459, para registrar el evento partidario.

Aunque alegó haber cometido un “error involuntario” al confundirla con un equipo personal similar, el JEE descartó su argumento por falta de sustento.

Su renuncia posterior no lo exime de responsabilidad en sede electoral.

Debido a que la conducta atribuida a Luza Amésquita encajaría en el presunto delito de peculado por uso, el JEE dispuso remitir copias del expediente al Ministerio Público, la Contraloría General de la República y al Congreso para las acciones correspondientes.

La resolución determinó que Giovanni Carlo Antonio Forno Flórez, oficial mayor del Congreso, no incurrió en infracción, ya que durante los hechos se encontraba de vacaciones y había delegado formalmente sus funciones.

Por ello, no existió nexo causal entre su ausencia y la infracción cometida.