A solo 21 días de haber sido designado como jefe de la Oficina General de Administración y Finanzas del Ministerio del Interior (OGAF), Ronnie Matienzo Mendoza presentó su carta de dimisión.
El episodio ocurrió pocas horas después que la Contraloría cuestionó que Matienzo aprobara la adquisición de un avión Antonov AN-74 antiguo, cuando lo requerido es una aeronave de fábrica de reciente construcción.
El 18 de octubre de este año, el gobierno de José Jerí destituyó al titular de la OGA del régimen de Dina Boluarte, Ricardo Kanashiro Romero, en medio de una serie de controversias por la compra de chalecos antibalas, pistolas de puño, rochabuses, vehículos blindados 4×4 y un avión de transporte para la Policía Nacional del Perú (PNP).
Proveedores extranjeros y la Contraloría han denunciado o han detectado graves vicios o deficiencias en los procesos de contratación de la OGAF por más de US$135,600,000, incluyendo la buena pro a la empresa de Emiratos Árabes Unidos, Aero Express FZE. Esta compañía ofertó un avión Antonov AN-74 de segundo uso y que ya no se fabrica desde hace más de 20 años.
Bajo cuestionamiento
La propia Dirección de Aviación Policial (DIRAVPOL), reportó que el modelo de Antonov AN-74 no era el que requería, pero la OGAF, bajo el mandato del renunciante Ronnie Matienzo.
Un ingeniero aeronáutico contratado por la Contraloría estudió en profundidad la propuesta de Aero Express FZE y concluyó que el Antonov AN-74 era antiguo, no contaba con información actualizada sobre su tecnología y podía poner en peligro la vida de los efectivos policiales.
Durante la gestión de Ronnie Matienzo tres empresas fabricantes de pistolas de puño presentaron una queja ante la Contraloría señalando que los funcionarios de la OGAF habían modificado las bases de la contratación en beneficio de uno de los postores, la estadounidense SIG Sauer.
Lo mismo ha sucedido respecto al concurso para la dotación de 54 vehículos blindados 4×4, que supuestamente fue reformado para que encaje la propuesta de la compañía israelí Plasan.
El Poder Judicial evaluará el lunes 17 de noviembre el pedido de la Procuraduría General del Estado para ser incorporada como actor civil o parte agraviada en la investigación preparatoria seguida al expresidente Francisco Sagasti y a los exministros del Interior, Rubén Vargas y José Elice, por el pase al retiro de altos mandos de la Policía Nacional en noviembre del 2020.
En una audiencia virtual a realizarse desde las 09:30 de la mañana, el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley analizará la solicitud que hizo la defensa legal de estado peruano para constituirse como actor civil o parte agraviada y escuchará también los argumentos de los abogados de los investigados a fin de poder emitir una decisión al respecto en los próximos días.
El magistrado programó está audiencia virtual en atención a que la defensa legal del expresidente Francisco Sagasti presentó un escrito, el último 27 de octubre en el que formula oposición al pedido que hizo la Procuraduría General del Estado dentro de este caso.
Si el juez supremo provisional Juan Carlos Checkley acepta esta solicitud, la Procuraduría General del Estado quedará habilitada para solicitar y acceder al pago de una eventual reparación civil a favor de nuestro país que se le pueda imponer a los investigados en caso sean hallados responsables del cargo de abuso de autoridad que les atribuye la Fiscalía en este proceso penal.
Investigación
El Ministerio Público inició está investigación preparatoria luego que, en abril último, el Pleno del Congreso aprobó el proyecto de resolución legislativa que declara haber lugar a la formación de causa penal contra el expresidente Francisco Sagasti y sus exministros del Interior, Rubén Vargas y José Elice, por presunto abuso de autoridad por el pase al retiro de altos mandos de la Policía Nacional en noviembre del 2020.
No obstante, la representación nacional no alcanzo los votos necesarios para aprobar el proyecto de resolución legislativa que planteaba la inhabilitación de Francisco Sagasti por 10 años para el ejercicio de la función pública por presunta infracción constitucional, a raíz de este caso.
El Congreso de la República publicó este jueves 13 de octubre el reglamento que define la organización, funciones y atribuciones del nuevo Senado, la cámara que contará con 60 integrantes y formará parte del sistema bicameral que entrará en vigencia con las Elecciones Generales 2026.
A través de la Resolución Legislativa N°006-2025-2026-CR, se indica que los representantes del Senado son elegidos por un periodo de cinco años y que su número «puede ser incrementado mediante ley orgánica».
Además, se precisa que, conforme al artículo 134 de la Constitución, el Senado no puede ser disuelto. Durante el interregno parlamentario que se produzca por una disolución constitucional de la Cámara de Diputados, “el Senado no entra en receso y ejerce plenamente sus atribuciones constitucionales, sin menoscabo de sus recursos administrativos, de personal y presupuestales”.
Funciones y autonomía
El reglamento precisa que el Senado, que constituye una unidad ejecutora dentro del pliego presupuestal del Congreso de la República, es el encargado de ejercer la función legislativa, de control político, de representación y las demás que establece la Constitución.
Entre sus atribuciones, los senadores pueden revisar los proyectos de ley aprobados por la Cámara de Diputados, con la facultad de ratificarlos, modificarlos o rechazarlos. Esta revisión actúa como un segundo filtro antes de la promulgación de una norma y cumple con los fines propios de la cámara alta.
También ratificará tratados en materia de derechos humanos, soberanía, defensa nacional y obligaciones financieras del Estado.
Asimismo, señala que su sede se ubica en la ciudad de Lima, donde se realizan sus sesiones, salvo que, por razones de fuerza mayor vinculadas al resguardo de la integridad de sus miembros, estas deban efectuarse en otro lugar.
«Los recintos e instalaciones del Senado son inviolables. Ninguna autoridad ni fuerza pública puede ingresar a ellas sin autorización previa y expresa del presidente del Senado», se lee en el documento.
Juntos por el Perú anunció la precandidatura al Senado del expresidente Pedro Castillo. Al tratarse de una persona que sigue un proceso penal por el fallido autogolpe de Estado del 7 de diciembre del 2022, podría pensarse que no se encuentra habilitado para un cargo público, sin embargo no es así.
José Naupari y José Villalobos, especialistas en derecho electoral, precisaron a este diario que el estar sometido a un proceso penal no constituye un impedimento para postular a cargos de elección popular. Esto se sustenta en el artículo 34-A de la Constitución, que impide ello a personas con sentencia condenatoria en primera instancia por un delito doloso.
«El impedimento surge a partir de una sentencia condenatoria, que Pedro Castillo no tiene aún», indica Naupari. Así lo señala la referida norma que tiene por objetivo garantizar la integridad de los funcionarios públicos al impedir la candidatura de aquellos que hayan sido condenados por delitos graves.
Ambos agregan que a esto se suma el hecho de que Castillo Terrones tampoco está inhabilitado para ejercer la función pública por el Congreso.
«Si lo inhabilitan antes del 23 de diciembre no podrían inscribirlo como candidato… o si lo condenan. En su caso, ya se han realizado los alegatos de defensa, por lo que se conocerá la sentencia en unas semanas. Lo que pase primero», indicó Villalobos.
Agregó que, en caso el exmandatario no llegue a tener una sentencia condenatoria en primera instancia ni sea inhabilitado por el Congreso, podría presentarse como candidato al Senado en las Elecciones 2026. «Con condena penal firme hasta un día antes de la elección puede ser excluido», manifestó.
Congreso busca inhabilitar a Pedro Castillo
En tanto, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC), presidida por Lady Camones, aprobó, con 10 votos a favor y 3 en contra, el informe final que recomienda la procedencia de la denuncia constitucional e inhabilitación contra el expresidente Pedro Castillo, la expremier Betssy Chávez y el exministro del Interior Willy Huerta. Todos parte del proceso por el fallido autogolpe de Estado.
“Hemos determinado en la conclusión que, de conformidad con lo establecido en […] el Reglamento del Congreso y en virtud de haber seguido un debido proceso, ceñido a la Constitución, al Reglamento del Congreso, la jurisprudencia y doctrina pertinente, dando el derecho a que las partes expongan sus posiciones, consideramos [que] las conclusiones arribadas […] son constitucionalmente justas, considerando los motivos expuestos y que las medidas sugeridas a adoptarse se encuentran dentro de los parámetros normativos, y a las cuales creemos efectivos para el cumplimiento de la finalidad del proceso de acusación constitucional”, sustentó la congresista Ana Zegarra, encargada de presentar el informe final.
El extrabajador del Congreso, Daniel Luza Amésquita, fue quien utilizó una cámara institucional del Parlamento para grabar el mitin de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, en Trujillo, según concluyó el Jurado Electoral Especial (JEE) de Pacasmayo. En ese sentido, el órgano electoral le pidió sus descargos a Luza Amésquita.
En sus descargos brindados el último 12 noviembre al JEE, el excolaborador del Legislativo aseguró que debido a un «error involuntario» traslado el equipo de filmación hasta el evento fujimorista. Según sus propias declaraciones, su «error involuntario» se debe a que el aparato tecnológico «posee características muy similares» al que utiliza para sus actividades personales.
Además, Luza Mésquita contó que pudo sacar la cámara de su centro de labores y que el personal de seguridad no lo reviso en su horario de salida. La razón —cuenta— es porque «venía laborando un tiempo considerable en el Congreso, por lo que no era necesario mayor revisión sobre mi persona y porque este incidente no lo había presentado antes».
«El día 30 de octubre, en horas de la tarde, participé en un evento de carácter privado, sin percatarme en ese momento de que la videocámara correspondía a la institución en la que laboraba. Esta situación se originó por la inercia y la rutina propia de mis labores audiovisuales, en las que manejo con frecuencia equipos de similares características», narró y luego aseguró que, al darse cuenta de su «confusión» devolvió la cámara al día siguiente «en las mismas condiciones en que fue recibido».
El extrabajador del Congreso, Daniel Luza Amésquita, fue quien utilizó una cámara institucional del Parlamento para grabar el mitin de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, en Trujillo, según concluyó el Jurado Electoral Especial (JEE) de Pacasmayo. En ese sentido, el órgano electoral le pidió sus descargos a Luza Amésquita.
Inteligencia Artificial
En sus descargos brindados el último 12 noviembre al JEE, el excolaborador del Legislativo aseguró que debido a un «error involuntario» traslado el equipo de filmación hasta el evento fujimorista. Según sus propias declaraciones, su «error involuntario» se debe a que el aparato tecnológico «posee características muy similares» al que utiliza para sus actividades personales.
Además, Luza Mésquita contó que pudo sacar la cámara de su centro de labores y que el personal de seguridad no lo reviso en su horario de salida. La razón —cuenta— es porque «venía laborando un tiempo considerable en el Congreso, por lo que no era necesario mayor revisión sobre mi persona y porque este incidente no lo había presentado antes».
«El día 30 de octubre, en horas de la tarde, participé en un evento de carácter privado, sin percatarme en ese momento de que la videocámara correspondía a la institución en la que laboraba. Esta situación se originó por la inercia y la rutina propia de mis labores audiovisuales, en las que manejo con frecuencia equipos de similares características», narró y luego aseguró que, al darse cuenta de su «confusión» devolvió la cámara al día siguiente «en las mismas condiciones en que fue recibido».
Descargos de Daniel Luza Amésquita ante el JEE
«Una confusión involuntaria producto del cansancio», se justifica el extrabajador del Congreso
El extrabajador justificó su «error involuntario» al indiciar que «el hecho se debió exclusivamente a una confusión involuntaria, producto del cansancio acumulado de la larga jornada laboral» y que su equipo es similar al del Congreso.
En esa misma línea, según el relato de Luza Amésquita, también limpió al responsable de comunicaciones y la jefatura de la Oficina de Participación Ciudadana al indicar que no tenían conocimiento de su «error involuntario» hasta el momento en que se reveló que usó la cámara del Congreso para el mitín de Keiko Fujimori.
«Reconozco plenamente que, como servidor público del Congreso de la República, tenía la obligación de no emplear bienes, equipos o recursos institucionales para fines ajenos a mis funciones laborales; sin embargo, de manera no intencionada se produjo dicha confusión», dijo.
El Poder Judicial evaluará este jueves 13 de noviembre si vuelve a dictar mandato de prisión preventiva contra la exjefa del Gabinete Ministerial, Betssy Chávez, como parte del proceso penal que se le sigue por su presunta participación en el fallido golpe de Estado que encabezó el expresidente, Pedro Castillo, el 7 de diciembre del 2022.
En una audiencia virtual a realizarse desde las 9 de la mañana, el juez supremo provisional, Juan Carlos Checkley, analizará el requerimiento que hizo la fiscal suprema titular, Zoraida Ávalos, el último 5 de noviembre, para que se revoque el mandato de comparecencia con restricciones que pesa sobre Chávez Chino a fin de que afronte bajo prisión preventiva este proceso penal.
El magistrado también escuchará este jueves los argumentos de la defensa legal de Betssy Chavez a fin de emitir una decisión respecto al requerimiento presentado por la titular de la Segunda Fiscalía Suprema Transitoria Especializada en Delitos cometidos por Funcionarios Públicos en este caso.
Sobre el pedido de la fiscal suprema titular, Zoraida Ávalos, la exjefa del Gabinete Ministerial incumplió con asistir a tres controles biométricos obligatorios los días 29 de setiembre, 27 de octubre y 3 de noviembre y también por no asistir a cuatro sesiones del juicio oral que afronta junto al expresidente Pedro Castillo y otros por el fallido golpe de Estado del 7 de diciembre del 2022.
Tras recuperar su libertad a raíz de una sentencia del Tribunal Constitucional, Chávez Chino se encontraba bajo mandato de comparecencia con restricciones que le impuso el Poder Judicial sujeta a reglas de conducta como la obligación de no ausentarse de la localidad de Lima sin autorización judicial, comparecer para el control biométrico y la obligación de presentarse a la autoridad judicial o fiscal, en la hora y fecha, que sea requerida para cualquier actuación del proceso.
La Fiscalía solicito 25 años de prisión contra Betssy Chávez así como su inhabilitación por dos años y seis meses para ejercer cargo público al acusarla como presunta coautora del delito de rebelión en agravio del estado por este caso.