PNP remueve a todos los policías de la Diviac que participaron en allanamiento a casa de Dina Boluarte en Surco

Un nuevo documento, divulgado por Latina, muestra la firma de Víctor José Zanabria Angulo, general de la Policía del Perú, quien autoriza que los oficiales que estuvieron presentes en el operativo del allanamiento a la casa de la presidenta Dina Boluarte por el caso ‘Rolex’ y ‘Los Waykis en la Sombra’ sean removidos de la Diviac. Esto forma parte de la misma resolución que designa a 60 oficiales de la Diviac a comisarías, seguridad de penales, entre otros.

Resolución de la Comandancia de la PNP. Foto: X

Resolución de la Comandancia de la PNP. Foto: X

En el documento se especifica los nuevos cargos dentro de la PNP para el año 2025. Como se recuerda, hace unos días, por resolución ministerial, el ministro del Interior, Juan José Santiváñez autorizó el pase a retiro del coronel Harvey Colchado Huamán desde el 1 de enero de 2025.

Pase a retiro de Harvey Colchado habría sido una represalia por parte del Gobierno

Un informe presentado por La República reveló, días antes, las intenciones que tuvo el Gobierno de Dina Boluarte de resolver la situación juridica del coronel Colchado con su pase al retiro de manera prematura.

Esta acción estaría motivada como represalia por su accionar durante la investigación en contra de Dina Boluarte por el caso ‘Rolex’ y en la captura de su hermano, Nicanor por el caso ‘Waykis en la sombra’. La excusa que el Gobierno usó para justificar el proceso disciplinario contra Colchado fue la difusión, a través de WhatsApp, de la fotografía de una torta de cumpleaños que representaba el allanamiento contra la casa de la presidenta.

Diviac pasó a formar parte de la Dirincri

En julio de 2024, el comandante general de la PNP, Víctor Zanabria, anunció que la División de Investigación de Delitos de Alta Complejidad (Diviac) pasaba a ser incorporada a la Dirección de Investigación Criminal (Dirincri). De acuerdo con Zanabria, la medida se habría estado gestionando desde noviembre de 2023, cuando el titular de la cartera del Interior era Vicente Romero.

«Esto no es un trabajo de este año. Eso ya se decidió el año pasado. Esto se explicó con el ministro del año pasado, el general Romero. (…) sí, pasará a ser parte de la Dirección de Investigación Criminal. Con ello, evitaremos los cuestionamientos al manejo de gastos especiales de inteligencia porque esos son los niveles de control que tienen que ejecutarse operativamente», señaló Zanabria en su momento.

Tribunal Constitucional ordenó la liberación del exjefe militar Nicolás Hermoza Ríos

El Tribunal Constitucional (TC) ordenó al Poder Judicial y al Instituto Nacional Penitenciario (Inpe) tomar las acciones necesarias para la liberación del exjefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Nicolás de Bari Hermoza Ríos.

El máximo intérprete de nuestra Carta Magna adoptó esta medida al declarar fundada una demanda de habeas corpus que presentó la defensa legal del exjefe militar para que se ordene su excarcelación del penal donde está recluido.

La defensa legal de Nicolás de Bari Hermoza Ríos alega que su patrocinado, de 85 años, ha cumplido más de 18 años de prisión y padece de demencia senil y otras enfermedades, motivos que determinan que el fin constitucional de la pena de prevención especial se tenga por cumplido.

Al respecto, los tribunos determinaron que mantener a Hermoza Ríos, quien padece demencia senil desde el 2015, vulnera su dignidad humana, debido a que su mente está destruida por la enfermedad degenerativa que padece, por lo que el fin de la resocialización que tiene una pena no se puede concretar.

Declara “improcedente” extinción de condenas  

No obstante, el TC declaró “improcedente” el extremo de dicha demanda de habeas corpus en el que solicitaba la extinción de las condenas de entre 15 y 25 años de prisión que se le impuso a Hermoza Ríos por los delitos de asesinato, asociación ilícita para delinquir, desaparición forzada, homicidio calificado, colusión, entre otros ilícitos penales.

Asimismo, exhortó al Congreso de la República para que, al ejercer sus atribuciones legislativas, tenga en cuenta las situaciones sobrevenidas a la imposición de la condena que supongan la imposibilidad del cumplimiento de los fines constitucionales de la pena.

Fiscalía pide prolongar prisión preventiva contra Betssy Chávez por 18 meses

El fiscal supremo provisional Alcides Chinchay solicitó al Poder Judicial prolongar por 18 meses la prisión preventiva contra la expremier Betssy Chávez por el fallido golpe de Estado del expresidente Pedro Castillo, proceso penal cuyo inicio de juicio está pendiente a ser programado.

La medida fue impuesta el 20 de junio de 2023 por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, que revocó la comparecencia con restricciones que se le impuso a la excongresista en un inicio. El plazo de la prisión preventiva vencía el último jueves 19. No obstante, el miércoles 18, el Ministerio Público requirió la prolongación.

larepublica.pe

El juez supremo de la investigación preparatoria Juan Carlos Checkley programó la audiencia en la que se evaluará el pedido para el 26 de diciembre a las 12:30 p. m. En tanto, la defensa de la exjefa del gabinete solicita su inmediata libertad pues consideran que mantenerla recluida más allá del plazo es arbitrario y una afectación grave a sus derechos fundamentales.

La Fiscalía pide la prolongación de la prisión preventiva por dos motivos. El primero es el tiempo que llevará desarrollar el juzgamiento tanto a Chávez como a sus coacusados Pedro CastilloAníbal TorresWilly HuertaRoberto Sánchez y los tres efectivos de la Policía Nacional del Perú involucrados.

Se argumenta que en el plazo requerido de 18 meses adicionales se llevaría a cabo el juicio oral en primera instancia a cargo de la Sala Suprema Penal Especial, incluso, estima la Fiscalía, podría abarcar el proceso de apelación. Aunque se desliza que, debido a la cantidad considerable de medios que se deberán actuar en el juzgamiento y el número de procesados, podría solo contemplar el fallo de primera instancia.

El segundo motivo para solicitar la prolongación es el riesgo de que Betssy Chávez huya de la justicia u obstruya la averiguación de la verdad. Aquí se saca a colación de que la excongresista solicitó al chofer de la PCM que la lleve a la Embajada de México en Perú luego del fallido golpe de Estado, país que había manifestado su voluntad de otorgar asilo político al exmandatario y su familia.

La Fiscalía también recuerda que, según la declaración de la exsecretaria de la PCM, tras el fracaso del autogolpe, laptops, carteras y otros bienes eran retirados del despacho de la expremier.

Fiscalía advierte «nefastas consecuencias» si el Congreso aprueba proyecto que modifica proceso de extinción de dominio

La Fiscalía de la Nación expresó su firme rechazo al proyecto de ley 3577/2022-CR, que busca modificar la Ley de Extinción de Dominio, argumentando que esta iniciativa contraviene el orden constitucional y las políticas criminales adoptadas por el Estado en su lucha contra el tráfico ilícito de bienes y la acumulación de fortunas provenientes de actividades ilegales.

En un pronunciamiento, el organismo defendió la vigencia de la Ley de Extinción de Dominio, considerándola un instrumento clave para la lucha contra el crimen y la corrupción. Explicó que, desde su implementación en junio de 2019 hasta octubre de 2024, el subsistema de extinción de dominio ha mostrado resultados concretos en la recuperación de bienes vinculados a actividades ilícitas, como el tráfico de drogas, el lavado de activos, el contrabando, la minería ilegal, la trata de personas, la corrupción de funcionarios y las organizaciones criminales. 

Según el informe de la Fiscalía, se han dictado 1 419 sentencias fundamentadas, lo que ha permitido recuperar más de 551 millones de soles para el Estado y la sociedad.

Advierte sobre «nefastas consecuencias» si se aprueba proyecto de ley

La institución también criticó el proyecto de ley por considerar que limita la autonomía e independencia del proceso de extinción de dominio. En particular, la propuesta condiciona el inicio de la indagación patrimonial a la existencia de una sentencia penal firme o consentida. Este cambio, advirtió la Fiscalía, podría resultar en la devolución de bienes y activos ilícitos a las organizaciones criminales, lo que no solo fortalecería su poder económico, sino que también incrementaría su participación en mercados ilícitos. Además, el nuevo marco legislativo podría llevar al archivo de más de 5 592 carpetas fiscales en proceso en las fiscalías especializadas en extinción de dominio a nivel nacional.

Asimismo, la Fiscalía expresó su oposición a la aprobación, en primera votación, del proyecto referido en el Congreso, al considerar que el Estado peruano retrocedería en la lucha contra las organizaciones criminales al reinstaurar figuras obsoletas como la pérdida de dominio o el comiso penal, las cuales, enfatizó, no han producido resultados positivos en la lucha contra el crimen organizado en relación con la recuperación de activos.

«Exhortamos a los representantes de todas las bancadas del Parlamento para que hagan tangibles y efectivos sus compromisos con la ciudadanía y la comunidad internacional, apartándose de las nefastas consecuencias que se puede originar con la aprobación final del referido proyecto», concluyó. 

El proyecto de ley, que modifica el Decreto Legislativo 1373 sobre extinción de dominio, fue aprobado en primera votación en el Congreso con 53 votos a favor, 44 en contra y 8 abstenciones. La propuesta establece que el proceso de extinción de dominio, aunque autónomo, debe estar sujeto a una sentencia firme o consentida, o a la resolución de un laudo emitido en un proceso penal, civil u otro de naturaleza jurisdiccional o arbitral.

Martín Vizcarra: TC rechaza amparo del expresidente para ser incorporado como congresista de 2021 – 2026

El Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda presentada por el expresidente Martín Vizcarra para ser incorporado como congresista para el periodo 2021 – 2026. En el documento expuesto por el TC, se detalla que al ser una decisión del legislativo es una decisión política, por lo que no pueden admitir su cuestionamiento judicial. 

Martín Vizcarra continuará inhabilitado

Recientemente, Alejandro Salas comentó que el expresidente Martín Vizcarra presentó el recurso de agravio constitucional ante la Corte Superior de Justicia de Lima. Este recurso, implicaría revertir la sanción interpuesta por el Congreso respecto al caso ‘Vacunagate‘, respecto a la inoculación irregular de la vacuna contra el Coronavirus

Aquella inhabilitación, interpuesta solo poco tiempo después de que el otrora mandatario fuera electo con el mayor número de votos, le interpuso la imposibilidad de participar de cargos públicos por 10 años

En el documento del Tribunal, se explica que «Reciente jurisprudencia del TC ha precisado que solo determinados actos del Legislativo son justiciables, como a) el antejuicio, por su carácter político jurisdiccional y b) el juicio público, aunque en este caso únicamente el control puede ser por la forma, ya que la decisión sustantiva es, en puridad, una decisión política», detallan. 

«En los demás casos, como ocurre con las comisiones investigadoras, no resulta admisible su cuestionamiento judicial, salvo cuando se interviene de manera directa en los derechos fundamentales del investigado o citado. En consecuencia, no se advierte vulneración alguna a los derechos fundamentales invocados», continúan.

Inhabilitaciones del Congreso

Recientemente, uno de los varios ministros de Salud que tuvo el otrora mandatario Vizcarra durante la dura época de la pandemia por el Covid-19, fue Víctor Zamora. En su informe final, la Denuncia Constitucional 367, fue aprobada por el Pleno del Congreso de la República, inhabilitándolo de todo cargo público por 10 años. 

«Asimismo publicó el 30 de marzo de 2020, la resolución ministerial 139-2020- MINSA, con el fin de brindar un marco procedimental para el uso de la prueba rápida, avalando los actos irregulares para la adquisición de pruebas rápidas realizadas desde el 18 de marzo de 2020, que tenían como argumento principal, la supuesta detección del virus COVID-19«, comentan.

Con 68 votos a favor, se aceptó la denuncia que critica duramente su papel en la crisis del oxígeno y la adquisición de 1’400 millones de pruebas rápidas en medio de la pandemia. Los principales delitos que recaen sobre él son de Omisiónrehusamiento o demora en sus actos funcionales.  Por su lado, el ex alto funcionario resaltó ser parte de un juicio político que carece de pruebas. 

De este modo se pudo conocer que el Tribunal Constitucional declaró infundado el pedido del expresidente Martín Vizcarra respecto a su inhabilitación por 10 años del Congreso de la República.

Tribunal Constitucional facilita la libertad de Vladimiro Montesinos

La sentencia del Tribunal Constitucional que ordenó la inmediata libertad del ex jefe del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE) Juan Rivero Lazo, también asegura la excarcelación por pena cumplida del ex asesor presidencia y jefe de facto del Servicio de Inteligencia Nacional (SIN), Vladimiro Montesinos Torres, el 24 de junio de 2026.

Es decir que dentro de un año y seis meses, en pleno proceso nacional de Elecciones, Montesinos Torres volverá a la calle, sin que nada se lo pueda impedir, pues habrá cumplida todas y cada una de las condenas que se le ha impuesto o se le podría imponer por delitos de corrupción de funcionarios y graves violaciones a los derechos humanos.

Al igual que sucedía con Rivero Lazo, en la sentencia por la desaparición forzada y ejecución extrajudicial de Fortunato Gómez Palomino, caso «El Evangelista», el Poder Judicial rechazó la refundición de penas y estableció que esta condena se cumple independientemente, a partir de su propio mandato de detención, que para este crimen fue el 29 de enero de 2008.

De tal manera que, la sentencia del caso Gómez Palomino se cumplían el año 2031, recién dentro de nueve años. En el caso de Rivero Lazo hasta diciembre de 2031 y para el caso de Montesinos, agosto de 2031. Ambos recurrieron a la vía constitucional, que en primer y segunda instancia, les dijeron no.

Las llaves a la libertad del Tribunal Constitucional

Sentencia del TC facilita la libertad de Vladimiro Montesinos

Sentencia del TC facilita la libertad de Vladimiro Montesinos

Juan Rivero Lazo llegó primero al Tribunal Constitucional. Montesinos está en la antesala del TC. Al ser casos similares, deben tener respuestas similares. En este sentido, la sentencia a favor de Rivero Lazo crea un precedente jurisdiccional y permite conocer que es lo que piensan los jueces sobre la refundición de penas, sobre lo que en el Poder Judicial hay opiniones contradictorias.

En algunos casos, por ejemplo, en la sentencia anticipada del caso Caraqueño-Pativilca (6 asesinatos) y La Cantuta (10 asesinatos y desaparición forzada), la Cuarta Sala Penal Nacional Liquidadora si acogió la refundición de pena, por lo que dio por cumplida la condena impuesta a Vladimiro Montesinos de 19 años y 8 meses de prisión, contados desde que ingresó a prisión, en junio del 2001.

Lo mismo sucedió respecto de la condena por el secuestro y asesinato de Mariella Barreto Riofano, una agente del Servicio de Inteligencia del Ejército (SIE) acusada y ejecutada extrajudicialmente por revelar los crímenes del Grupo Colina y los planes que tenía para matar a periodistas detractores del Gobierno de Alberto Fujimori.

Al respecto el TC precisa que «la refundición de la pena es un instituto jurídico (…) que tiene como función unificar sentencias recaídas en procesos distintos, que, referidas a hechos vinculados por algún factor de conexión, debieron haber sido objeto de un solo proceso, pero que, por algún tratamiento incidental, no lo fueron. En virtud de ello, se acumulan las causas y, por ende, se tiene una sola pena».