Puerto de Chancay: ¿por qué la CCL no ve oportuna la intervención de Ositrán?

El puerto de Chancay mueve carga y también un debate sobre los límites de la intervención del Estado; en especial del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán).

La preocupación de fondo de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) es el impacto que esta eventual “competencia” podría tener sobre el dinero previsto para una segunda etapa de inversión. ¿Cuál es el argumento?

¿Seguridad jurídica en juego?

En detalle, Raúl Barrios, presidente del gremio, y Carlos Posada, director institucional, enfatizaron que el puerto de Chancay es una inversión privada y no una concesión del Estado. Es decir, a diferencia de otros puertos que operan bajo contratos de concesión que requieren de la vigilancia del Ositrán, la megaobra fue edificada con capital propio.

Al respecto, señalaron que interferir debilitaría la seguridad jurídica del Perú a nivel internacional.

“No sé qué va a supervisar [el Ositrán] porque como es un puerto privado, ellos pueden invertir en lo que deseen; y si quieren, invierten más. Los precios son libres para el puerto de Chancay”, indicó Barrios.

“El puerto de Chancay tiene las máquinas de rayos X para ver lo que llega y lo que sale. O sea, para que no haya drogas o armas, que no lo tiene el puerto de Callao. Está más controlado”, añadió.

Posada, por su parte, aclaró que la Cámara no se opone a la presencia del Estado, sino a que este dicte cómo manejar el negocio. Además, recordó que el Estado sí está presente a través de instituciones como Aduanas, Sunat y Senasa, por ejemplo, pero por la naturaleza de su actividad.

Disputa en el radar

Los voceros de la CCL también pusieron sobre la mesa el hecho de que este intento de intervención se perciba como un “maltrato al inversor”, lo que podría poner en riesgo la segunda etapa de inversión (CIFRA).

“Hay preocupación porque hace que los chinos no quieran seguir con la inversión de la segunda parte. Han invertido US$ 1,500 millones y falta la segunda parte, que son US$ 1,500 millones más. Hay un maltrato al inversor”, señaló Barrios.

El gremio también contó que, en una reciente reunión, le ha solicitado a la Embajada China una reducción en las tarifas de manipulación de contenedores. Actualmente, precisó, se registran en US$ 800, una cifra superior a los US$ 400 de Chile o Ecuador.

Cosco Shipping insistirá en que Ositran no supervise el Puerto de Chancay: irá al Tribunal Constitucional para revertir fallo judicial

La controversia sobre el alcance de las facultades de supervisión de Ositran en el Puerto de Chancay continuará en el Tribunal Constitucional. Luego de que la Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declarara improcedente la demanda de amparo presentada por Cosco Shipping Ports Chancay Perú, la empresa anunció que interpondrá un Recurso de Agravio Constitucional para intentar revertir la decisión.

El fallo del Poder Judicial da luz verde a Ositran a supervisar el Puerto de Chancay, ya que revocó una sentencia de primera instancia que había dado la razón a la empresa. La sala concluyó que Cosco no acreditó la existencia de una amenaza cierta e inminente contra sus derechos fundamentales, condición necesaria para que proceda una acción de amparo.

Tras conocerse la resolución, el abogado de Cosco Shipping, Ramiro Portocarrero, cuestionó la decisión judicial, durante una entrevista en Ampliación de Noticias de RPP, y afirmó que el tribunal evitó pronunciarse sobre el fondo de la controversia: determinar si Ositrán tiene competencia para ejercer una regulación integral sobre un puerto privado de uso público.

Cosco Shipping irá al Tribunal Constitucional

Tras la decisión de la Segunda Sala Constitucional, Portocarrero confirmó que Cosco Shipping presentará un Recurso de Agravio Constitucional, el único mecanismo disponible para que el Tribunal Constitucional revise el caso.

«Esto solamente es impugnable ante el Tribunal Constitucional en un recurso que se llama el Recurso de Agravio Constitucional, que lo estamos preparando y lo presentaremos, porque yo creo que al margen de la nacionalidad de los inversionistas, en este caso peruanos y chinos, y me refiero a esto porque lo utilizó el abogado de la parte contraria en el informe oral, lo que toca defender es el principio», precisó. 

El abogado sostuvo que el objetivo es defender la estabilidad del marco jurídico bajo el cual se desarrolló la inversión.

«No puede existir una ley especial que establezca determinadas reglas, que un inversionista comprometa más de US$ 1.300 millones bajo ese marco y que, antes de iniciar operaciones, esas reglas cambien», señaló.

Mientras el proceso continúa, la resolución judicial mantiene vigente la competencia de Ositrán para ejercer funciones de regulación, supervisión, fiscalización, solución de controversias y sanción sobre el Terminal Portuario Multipropósito de Chancay. 

«Se han cambiado las reglas de juego»

Portocarrero sostuvo que el principal problema es que la sentencia no analiza la interpretación de la Ley del Sistema Nacional de Puertos, norma bajo la cual —afirmó— se estructuró la inversión en Chancay.

Según explicó, esa legislación permite desarrollar puertos privados de uso público sin contrato de concesión con el Estado y establece que la intervención de Ositrán solo corresponde cuando existan condiciones monopólicas o problemas de competencia.

El abogado recordó que, en informes emitidos en 2017, el propio regulador habría sostenido que no podía fiscalizar, supervisar ni sancionar a un puerto que no contara con un contrato de concesión.

«Cuando la inversión ya estaba próxima a iniciar operaciones, Ositrán cambia de criterio y sostiene que tiene competencia plena para regular todos los aspectos del puerto», señaló.

A juicio de Portocarrero, ello constituye un cambio de las reglas bajo las cuales se decidió ejecutar el proyecto.

La preocupación por la regulación

El representante legal de Cosco sostuvo que el riesgo para la empresa no se limita al pago del aporte por regulación, sino al alcance de las facultades que ahora ejercerá Ositrán.

Explicó que un regulador puede establecer niveles de servicio, imponer obligaciones operativas, fijar tarifas, supervisar el funcionamiento del terminal y aplicar sanciones.

«Una cosa es tener un negocio donde uno decide sus precios y operaciones; otra muy distinta es que el regulador pueda intervenir permanentemente en esas decisiones», afirmó.

Según indicó, esa situación podría afectar el valor económico de la inversión y generar incertidumbre para otros proyectos privados de infraestructura.

Puerto de uso público con carácter exclusivo

Durante la entrevista, el abogado explicó que uno de los principales puntos de la controversia radica en la naturaleza jurídica del Puerto de Chancay.

Según Portocarrero, se trata de un puerto de titularidad privada, de uso público y con carácter exclusivo.

Esto significa que cualquier operador puede utilizar el puerto, pero todos los servicios auxiliares —como practicaje, remolque, buceo o estiba— son prestados directamente por la empresa propietaria y no por terceros.

Portocarrero sostuvo que, precisamente por esa característica, no existirían los conflictos regulatorios que suelen presentarse en terminales concesionados donde participan diversos operadores privados.

Competencia versus regulación

Consultado sobre el riesgo de un eventual trato preferencial hacia navieras vinculadas a Cosco Shipping, el abogado respondió que ese tipo de conductas deben ser supervisadas por Indecopi y no por Ositrán.

A su juicio, corresponde a la autoridad de competencia intervenir cuando existan indicios de abuso de posición de dominio o prácticas anticompetitivas, mientras que Ositrán pretende ejercer una regulación preventiva sin que exista evidencia de una falla de mercado.

Además, sostuvo que la competencia entre los puertos del Callao y Chancay ya está generando presión competitiva en el mercado portuario.

El aporte del 1%

Otro de los cuestionamientos planteados por Cosco es el aporte por regulación equivalente al 1% de los ingresos brutos que debe pagar a Ositrán.

Portocarrero indicó que ese monto se viene abonando «bajo protesta» para evitar agravar el conflicto con el Estado.

De acuerdo con sus estimaciones, actualmente representa menos de S/ 100 millones al año, aunque el monto aumentará conforme crezcan las operaciones del puerto.

Ositrán hará nuevo estudio sobre el Puerto de Chancay: ¿se regularán sus tarifas?

El debate sobre la regulación del puerto de Chancay sigue abierto a un año del inicio de su operación comercial. En el centro de la discusión está si corresponde o no que Ositrán regule las tarifas del nuevo terminal portuario. El análisis involucra también la evaluación de condiciones de competencia frente al puerto del Callao. El tema mantiene en tensión a autoridades, reguladores y al propio operador del puerto.

El Instituto de Defensa de la Competencia y Propiedad Intelectual (Indecopi) ya había emitido un informe clave sobre el caso. En dicho estudio se concluyó que no existían condiciones de competencia en algunos servicios del puerto de Chancay. Esto abrió la posibilidad de que Ositrán inicie un proceso de regulación tarifaria en el terminal. La decisión se basó en la comparación con los servicios ofrecidos en el puerto del Callao.

Origen del debate regulatorio y alcance del informe técnico
La evaluación incluyó servicios como embarque y descarga de contenedores llenos. También se analizaron servicios a la nave como amarre y desamarre. Además, se revisaron paquetes integrados de atención a contenedores vacíos y transbordo técnico. Con esos resultados, el regulador anunció el inicio de procedimientos para una posible regulación.

Sin embargo, el operador Cosco Shipping Ports Chancay rechazó el informe y presentó una demanda de amparo. La empresa cuestionó la base técnica del análisis realizado por Indecopi. El caso escaló al Poder Judicial, que en primera instancia declaró infundada la demanda. El fallo respaldó las competencias de Indecopi para emitir dicha evaluación técnica.

Tras el fallo, Cosco Shipping anunció que apelará la decisión judicial. La empresa sostiene que el informe se basó en información proyectada y no en operación real del puerto. Argumenta además que existen nuevos datos que demostrarían condiciones de competencia. Por ello, insiste en que la evaluación debe ser actualizada.

Nuevo estudio de Ositrán y revisión del mercado portuario
En ese contexto, la presidenta de Ositrán, Verónica Zambrano, se pronunció sobre el caso. En declaraciones al Diario Gestión, señaló que el regulador actualizará el estudio técnico de competencia. “Nosotros vamos a hacer un estudio para determinar qué estamos viendo hoy en el mercado”, afirmó. Añadió que el resultado será remitido a Indecopi para su evaluación final.

La funcionaria remarcó que corresponde a Indecopi determinar si existe o no competencia efectiva. Además, precisó que el análisis debe reflejar la situación actual del mercado portuario. El objetivo es evitar decisiones basadas en información desactualizada. El estudio se realizaría y concluiría antes de fin de año.

Cosco Shipping también recordó que publicó una lista de 139 servicios con tarifas propias. Según su análisis, algunos precios serían incluso más bajos que los del puerto del Callao. No obstante, tras el inicio de operaciones de Chancay, los operadores del Callao reaccionaron. APM Terminals y DP World comenzaron a ofrecer rutas directas hacia Asia.

Competencia portuaria y rol del regulador
Para Ositrán, estos movimientos no son suficientes para concluir que existe competencia plena. Zambrano sostuvo que el análisis no puede hacerse “al ojo”, sino con evidencia técnica. “Debe haber un estudio que determine el efecto real en el mercado”, señaló la autoridad. Agregó que incluso en escenarios de competencia, el rol de supervisión del regulador se mantiene.

Finalmente, la titular de Ositrán precisó que la regulación y la supervisión son funciones distintas. Explicó que si no hay competencia, el regulador interviene con tarifas; si la hay, solo supervisa. Sin embargo, aclaró que en ambos casos se mantiene la vigilancia del servicio portuario. “No estamos fuera del sistema, siempre debemos garantizar condiciones adecuadas”, concluyó.

Puerto de Chancay: Poder Judicial revierte sentencia y respalda competencia de Ositrán

La Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima revocó la sentencia que había dado la razón a Cosco Shipping Ports Chancay Perú. Concluyó que el Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) puede continuar ejerciendo sus funciones de regulación, supervisión y fiscalización sobre el Terminal Portuario Multipropósito de Chancay.

Para el colegiado, la empresa no acreditó la existencia de una amenaza cierta e inminente contra sus derechos fundamentales, por lo que declaró improcedente la demanda de amparo.

La empresa alegó que, al tratarse de una infraestructura de titularidad privada, el organismo regulador no tenía facultades para supervisar sus operaciones, salvo en lo relacionado con la determinación de tarifas cuando así lo establezca la normativa portuaria.

Como parte de su demanda, también solicitó que se declararan inaplicables diversas normas utilizadas por Ositrán para sustentar sus funciones de regulación, supervisión, fiscalización y sanción sobre las actividades desarrolladas en el terminal.

El fallo de primera instancia

En enero de 2026, el Primer Juzgado Constitucional de Lima declaró fundada la demanda y ordenó que Ositrán se abstuviera de ejercer sus facultades regulatorias respecto del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay.

Asimismo, dispuso la inaplicación de diversas normas relacionadas con las competencias del organismo regulador sobre dicha infraestructura.

Frente a esa decisión, tanto Ositrán como la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), interpusieron recursos de apelación para que la sentencia fuera revisada por la Sala Superior.

Los argumentos de Ositrán y la PCM

Durante la apelación, Ositrán sostuvo que el juez había invertido indebidamente la carga de la prueba al exigirle demostrar que no existía una amenaza contra la empresa, cuando correspondía a la demandante acreditar una afectación real de sus derechos fundamentales.

También afirmó que su competencia depende de que la infraestructura sea de uso público y no de si pertenece al Estado o a un privado, ni de la existencia de un contrato de concesión.

Por su parte, la Presidencia del Consejo de Ministros argumentó que las actuaciones cuestionadas provenían exclusivamente de Ositrán y que la empresa tampoco había acreditado una amenaza cierta, actual e inminente que justificara la procedencia de un proceso de amparo.

La evaluación de la Segunda Sala

Al resolver el caso, la Segunda Sala Constitucional recordó que el proceso de amparo solo procede cuando existe una amenaza cierta e inminente contra derechos fundamentales.

Para ello, citó la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, según la cual el perjuicio alegado debe ser real, concreto, efectivo y de próxima realización, descartándose amenazas hipotéticas o futuras.

El colegiado analizó las declaraciones públicas, oficios y requerimientos emitidos por Ositrán que fueron presentados por la empresa como prueba de la supuesta amenaza. Sin embargo, concluyó que esos documentos correspondían al ejercicio regular de las competencias atribuidas por ley al regulador y que todavía no existía un acto administrativo definitivo que materializara una vulneración de derechos constitucionales.

Puerto de uso público y competencias de Ositrán

La Segunda Sala también sostuvo que el Terminal Portuario Multipropósito de Chancay constituye una infraestructura de uso público, independientemente de que su titularidad sea privada.

En consecuencia, indicó que la empresa califica como una entidad prestadora y se encuentra sujeta a las funciones regulatorias, supervisoras, fiscalizadoras y sancionadoras que la legislación atribuye a Ositrán

Si en el futuro alguna actuación del organismo concluye en un acto administrativo que vulnere derechos de la empresa, este podrá ser cuestionado mediante los recursos administrativos correspondientes y, posteriormente, a través de un proceso contencioso-administrativo, mas no mediante un amparo preventivo sustentado únicamente en actuaciones preliminares, resaltó.

La decisión final

Con estos argumentos, la Segunda Sala Constitucional revocó la decisión que había declarado fundada la demanda de Cosco Shipping Ports Chancay Perú y, reformándola, declaró improcedente el proceso de amparo.

De esta manera, Ositrán mantiene sus facultades para ejercer la regulación, supervisión y fiscalización sobre el Terminal Portuario Multipropósito de Chancay, mientras no exista una decisión firme que determine lo contrario.

Con esta noticia, el organismo regulador emitió un comunicado: “Ositrán expresa su respeto por la decisión del Poder Judicial y reafirma su compromiso de continuar ejerciendo las funciones que la Constitución y las leyes le confieren para proteger los derechos de los usuarios, promover la transparencia, fortalecer la seguridad jurídica y contribuir al adecuado funcionamiento de la infraestructura de transporte de uso público en beneficio del país”.

Puerto de Chancay cumplió su primer año y China ya pone la mira en infraestructura aledaña

El puerto de Chancay cumplió su primer año de operaciones comerciales y avanza en su consolidación como un eje estratégico para el intercambio entre Sudamérica y Asia. Según Cosco Shipping, desde el inicio de sus actividades ha movilizado más de 500,000 TEU (capacidad de un contenedor estándar de 20 pies) y 2.4 millones de toneladas de carga.

Durante la ceremonia conmemorativa, el embajador de China en Perú, Song Yang, informó que el valor acumulado de las importaciones y exportaciones gestionadas a través del terminal asciende a US$ 3,600 millones. Asimismo, el gerente general adjunto de Cosco Shipping Ports, Jason Guillén, señaló que entre los principales productos importados figuran el cemento, los graneles y los vehículos, mientras que las exportaciones están lideradas por uvas, paltas, arándanos y pescados.

También destacó que la conexión entre Chancay y Shanghái se realiza en 23 días, lo que facilita el acceso de los agroexportadores peruanos al mercado asiático. El diplomático chino precisó además que los arándanos, las uvas, las paltas y otros productos frescos de alta calidad representan el 50% de las mercancías exportadas mediante el puerto.

Crecimiento del movimiento portuario

Entre enero y mayo de este año, el movimiento de naves registró un incremento estimado de 44% respecto al mismo periodo del año anterior. Por tipo de servicio, los buques portacontenedores crecieron 51%, la carga a granel aumentó 20% y las embarcaciones de carga rodante duplicaron su movimiento, con un avance de 100%.

Si bien la primera etapa del proyecto evidencia avances significativos, Cosco Shipping aún no ha definido una fecha para el inicio de la segunda fase del puerto. La compañía precisó que actualmente cuenta con una capacidad instalada de un millón de TEU y seis millones de toneladas de carga, con posibilidad de expansión rápida hasta 1.5 millones de TEU. No obstante, cualquier decisión sobre una nueva etapa dependerá del comportamiento del mercado y del volumen de carga movilizada.

En ese contexto, el megaproyecto de Chancay contempla cuatro etapas de desarrollo y, una vez concluido, contará con 15 muelles en total: 11 destinados al manejo de contenedores y cuatro de carácter multipropósito, lo que permitirá ampliar significativamente su capacidad operativa y fortalecer su rol como hub logístico regional.

Retos pendientes para el desarrollo

Pese a los resultados operativos alcanzados, el puerto aún enfrenta desafíos estructurales vinculados a decisiones del Estado peruano. Uno de los principales es la aprobación del Plan de Desarrollo Urbano (PDU) de Chancay, que sigue pendiente. Jason Guillén, gerente general adjunto de Cosco Shipping Ports, señaló al diario Gestión que este instrumento será clave para ordenar el crecimiento urbano, logístico y comercial de la zona, mientras empresarios esperan su aprobación para concretar inversiones.

Por su parte, el alcalde de Chancay, Juan Álvarez Andrade, estimó que el próximo mes podrían registrarse avances en el PDU, iniciativa que busca ordenar la expansión física del distrito y habilitar las áreas donde se proyecta la instalación de grandes industrias.

Cosco Shipping añadió que el futuro del terminal también depende de la ejecución de proyectos nacionales de infraestructura, entre ellos la interconexión con Brasil mediante un tren bioceánico y la mejora de las vías que conectan la sierra y la selva peruana a través de los corredores de Sayán, Churín y Oyón.

Interés chino en nuevas inversiones

La Embajada de China en Perú destacó que las inversiones privadas permanecen a la expectativa de la implementación de instrumentos políticos, como las Zonas Económicas Especiales Privadas (ZEEP), así como de la creación de parques industriales que permitan impulsar proyectos de largo plazo. El embajador Song Yang indicó que los inversionistas chinos muestran un especial interés en participar en proyectos de infraestructura ubicados en la zona norte del país.

Señaló que el desarrollo de Chancay no debe limitarse al crecimiento del puerto, sino que debe complementarse con otras obras de conectividad e infraestructura. En ese contexto, afirmó que empresas chinas están preparadas para intervenir en procesos de licitación relacionados con la mejora de la infraestructura en el área del puerto de Chancay, el Parque Industrial de Ancón y la expansión del puerto del Callao.

Asimismo, han expresado su interés en desarrollar proyectos vinculados a las energías renovables. El diplomático reiteró que el capital privado continúa a la espera de la implementación de marcos normativos, entre ellos las ZEEP, y de la puesta en marcha de parques industriales que favorezcan las inversiones de largo plazo en el país.

Contraloría General de la República hace observaciones al puerto de Chancay

La auditoría de cumplimiento al proceso de construcción del puerto de Chancay que realizó la Contraloría concluyó que hubo irregularidades que llevaron a la devolución de S/ 527 millones a la empresa Cosco Shipping porque accedió al Régimen Especial de Recuperación Anticipada del IGV (RERA).

El informe de auditoría concluye que ProInversión validó, tramitó y suscribió un contrato de inversión para que la empresa pueda acogerse al RERA pese a que los representantes de Terminales Portuarios Chancay S.A. (hoy Cosco Shipping Ports Chancay Perú) no tenían el poder que acreditaba su capacidad legal para suscribir el documento, requisito exigido por la norma vigente, según El Comercio.

Posterior al aval de Proinversión se suscribieron cinco adendas al contrato, precisó el citado diario.

Tomando en consideración lo anterior, la Contraloría recomendó iniciar acciones civiles, trasladar hallazgos a la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Corrupción y determinar eventuales responsabilidades administrativas (en este caso Proinversión).

APN y MTC

El órgano de control también recomendó promover acciones penales por presuntas irregularidades relacionadas con autorizaciones y controles durante la construcción y puesta en marcha del terminal.

En ese sentido, la Contraloría realizó auditorías de cumplimiento a la participación de la Autoridad Portuaria Nacional (APN) y a la del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), encontrando observaciones en la aprobación de permisos del puerto, cambios en el trazado del túnel.

Así, concluye también que la APN aprobó el expediente técnico y otorgó habilitaciones portuarias para el proyecto pese a que existían discrepancias entre el expediente y la certificación ambiental vigente respecto al trazo del túnel.

Además, concluye que el MTC no realizó una evaluación técnica integral de la información obtenida durante las acciones de supervisión ambiental relacionadas con la variación del trazo del túnel, la suspensión del trasvase de arena y el mantenimiento correctivo de los geotubos (retienen elementos sólidos y filtran líquidos).

Según el informe, ello restringió el ejercicio oportuno de la potestad sancionadora frente a presuntos incumplimientos de obligaciones ambientales.